Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (07/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 193796 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de octubre de 2000 La tarjeta de circulación será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Artículo Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguien- tes a la fecha de su notificación. Artículo Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Artículo 17º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procede- rá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del referido Reglamento. Artículo Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 11098 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones inherentes al Registro de Estado Civil en municipalidades de diversos cen- tros poblados menores del país RESOLUCION JEFATURAL Nº 567-2000-JEF-RENIEC Lima, 20 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 475-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 26 de junio del 2000 y la solicitud de fecha 26/1/2000 del Alcalde del Centro Poblado Menor de PHINAYA, distrito de Pitumarca, provin- cia de Canchis, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitución Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Natura- les e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la norma citada dispone que el Sistema Registral está integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demás funcio- nes inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de PHINAYA, reúne los requisitos exigidos para autorizar la delegación de funciones registra- les establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regula- rización a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menorde PHINAYA, comprensión del distrito de Pitumarca, provincia de Canchis, departamento de Cusco, de las funciones registrales señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de PHINAYA, queda encargado de las acciones admi- nistrativas que correspondan para llevar adelante la delega- ción funcional dispuesta por la presente Resolución, ceñida a la normatividad registral vigente y bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 11393 RESOLUCION JEFATURAL Nº 568-2000-JEF-RENIEC Lima, 20 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 476-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 27 de junio del 2000 y el Oficio Nº 060-2000/MCPM-H/PPA/RC, de fecha 19/6/2000 del Alcalde del Centro Poblado Menor de HUIPOCA, distrito de Padre Abad, provincia de Padre Abad, departa- mento de Ucayali; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitución Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Natura- les e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la norma citada dispone que el Sistema Registral está integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demás funcio- nes inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de HUIPOCA, reúne los requisitos exigidos para autorizar la delegación de funciones registra- les establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regula- rización a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de HUIPO- CA, comprensión del distrito de Padre Abad, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, de las funciones registrales señaladas en la parte considerativa de la presen- te Resolución. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de HUIPOCA, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta por la presente Resolución, ceñida a la normatividad registral vigente y bajo la supervi- sión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 11394