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Pág. 193799 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de octubre de 2000 Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la norma citada dispone que el Sistema Registral está integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demás funcio- nes inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de BOROGUEÑA, reúne los requisi- tos exigidos para autorizar la delegación de funciones regis- trales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regula- rización a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de BOROGUE- ÑA, comprensión del distrito de ILABAYA, provincia de JORGE BASADRE, departamento de TACNA, de las funcio- nes registrales señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de BOROGUEÑA, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta por la presente Resolución, ceñida a la normatividad registral vigente y bajo la supervi- sión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 11400 RESOLUCION JEFATURAL Nº 575-2000-JEF-RENIEC Lima, 20 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 505-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 30 de julio del 2000 y el Oficio Nº 001-2000-CPMP, del Alcalde de la Municipa- lidad del Centro Poblado Menor de PAHAMAYA, distrito de OLLARAYA, provincia de YUNGUYO, departamento de PUNO; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitución Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Natura- les e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la norma citada dispone que el Sistema Registral está integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demás funcio- nes inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de PAHAMAYA, reúne los requisitos exigidos para autorizar la delegación de funciones registra- les establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regula- rización a la Oficina de Registro de Estado Civil que funcionaen la Municipalidad del Centro Poblado Menor de PAHAMA- YA, comprensión del distrito de OLLARAYA, provincia de YUNGUYO, departamento de PUNO, de las funciones regis- trales señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de PAHAMAYA, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta por la presente Resolución, ceñida a la normatividad registral vigente y bajo la supervi- sión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 11401 RESOLUCION JEFATURAL Nº 576-2000-JEF-RENIEC Lima, 20 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 449-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 9 de junio del 2000 y el Oficio Nº 0022-99-MCPM-T-C-U, del Alcalde del Centro Poblado Menor de HUALANGO, distrito de Cumba, provin- cia de Utcubamba, departamento de Amazonas; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitución Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Natura- les e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la norma citada dispone que el Sistema Registral está integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demás funcio- nes inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de HUALANGO, reúne los requisitos exigidos para autorizar la delegación de funciones registra- les establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regula- rización a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de HUALAN- GO, comprensión del distrito de Cumba, provincia de Utcu- bamba, departamento de Amazonas, de las funciones regis- trales señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de HUALANGO, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta por la presente Resolución, ceñida a la normatividad registral vigente y bajo la supervi- sión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 11402