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Pág. 193793 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de octubre de 2000 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ningu- na clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 11541 Designan delegación que participará en la V Reunión Ministerial sobre Ni- ñez y Política Social en las Américas, a realizarse en Jamaica RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0727-2000-RE Lima, 5 de octubre de 2000 Debiendo realizarse la V Reunión Ministerial sobre Niñez y Política Social en las Américas, en la ciudad de Kingston, Jamaica, del 9 al 13 de octubre del año 2000; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2630, del Gabinete de Coordinación del señor Viceminis- tro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 4 de octubre del año 2000; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Designar a la Delegación peruana que participará en la V Reunión Ministerial sobre Niñez y Política Social en las Américas, a realizarse en la ciudad de Kingston, Jamaica, del 9 al 13 de octubre del año 2000, la que estará conformada por los siguientes funcionarios: · Señora Luisa María Cuculiza Torre, Ministra de Pro- moción de la Mujer y del Desarrollo Humano, quien la presidirá; · Doctor William Toro Cabrera, Viceministro de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano y Secretario Pro Tempore; · Ministro (r) Humberto Urteaga Dulanto, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Jamaica; · Doctora María Teresa Montes Rengifo, Presidenta del Consejo Directivo del INABIF; · Licenciada Patricia Crosby Crosby, Gerenta de Promo- ción de la Niñez y la Adolescencia del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano; · Señora Karla Schaefer, Asesora del Despacho Ministe- rial del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano; · Consejero Oscar González Carmona, funcionario de la Embajada del Perú en Jamaica; · Consejero Alfredo Chuquihuara Chil, funcionario de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas; · Primer Secretario Eduardo González Mantilla, Jefe del Departamento de la Mujer, Pobreza de la Dirección de Asuntos Sociales y Humanitarios; · Señorita Mirella Crippa Ulloa, Coordinadora de la Secretaría Pro-Tempore Americana; y, · Señorita Lissie Annette Chiarot González, Represen- tante de la Red de Líderes Adolescentes del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Artículo 2º.- La presente Resolución no ocasiona gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, ni da derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 11494TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Ingreso Mínimo Legal Indexado corres- pondiente al mes de octubre del año 2000 COMUNICADO OFICIAL Nº 10-2000-SG/OCSRP Conforme a la Cuarta Disposición Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-97-TR, el INGRESO MINIMO LEGAL INDEXADO correspondiente al mes de octubre del 2000, para los efectos de determinar los topes indemnizatorios aplicables a los trabajadores empleados sujetos al régimen laboral de la actividad priva- da, en concordancia con lo establecido por el Artículo 4º de la Ley Nº 25223, es el siguiente: INGRESO MINIMO MES AÑO LEGAL INDEXADO (Nuevos Soles) ENERO 2000 S/. 384.00 FEBRERO 2000 S/. 384.27 MARZO 2000 S/. 386.12 ABRIL 2000 S/. 388.20 MAYO 2000 S/. 390.18 JUNIO 2000 S/. 390.26 JULIO 2000 S/. 390.49 AGOSTO 2000 S/. 392.52 SETIEMBRE 2000 S/. 394.37 OCTUBRE 2000 S/. 396.58 Lima, 2 de octubre del 2000 Elaboración: OFICINA DE ECONOMIA DEL TRABAJO Y PRODUCTIVIDAD MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL 11498 M T C Precisan que la Ley General de Trans- porte y Tránsito Terrestre derogó dispo- sición complementaria del Reglamen- to Nacional del Servicio Público de Transporte Urbano e Interurbano de Pasajeros DECRETO SUPREMO Nº 046-2000-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, se viene observando que diversas municipalidades provinciales otorgan autorizaciones para prestar servicio público de transporte de pasajeros fuera de su jurisdicción, generando dificultades a la planificación, ordenamiento y seguridad del transporte urbano, así como congestión de tránsito y contaminación ambiental en las ciudades; Que, el numeral 1 del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú señala que toda persona tiene derecho a la vida y a su integridad física y el numeral 15 del mismo artículo, establece que el derecho al trabajo es libre pero se realiza con sujeción a la ley; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1) del Artículo 6º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Munici-