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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (08/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 193830 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de octubre de 2000 CPM SANTA MARIA DE HUACHÍPA Reducen monto de multas administra- tivas pendientes de pago comprendi- das en la R.A. Nº 240-00-MCPMSMH ORDENANZA Nº 007-2000 MCPMSMH C.P.M. Santa María de Huachipa, 14 de setiembre de 2000 VISTO: El Concejo en Sesión Ordinaria del 29 de agosto del presente año; CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú establece que las Muni- cipalidades Provinciales, Distritales y Delegadas conforme a Ley, son órganos de Gobierno Local con autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que en virtud de dicha autonomía Administrativa las Muni- cipalidades están facultadas para regular aquellas materias que se encuentre dentro de su competencia pudiendo de conformidad al Art. 115º y 116º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipa- lidades, establecer Sanciones de Multas que se aplican a las personas naturales o jurídicas que infringen los dispositivos Municipales u otras disposiciones cuya aplicación y/o control es de competencia municipal y también lo están para otorgar beneficios respecto a su aplicación y ejecución de las mismas; Que es objetivo de la actual gestión edil, instaurar una ágil y moderna administración cimentando en criterios de Justicia, equidad y calidad institucional con la finalidad de dar fluidez a los procedimientos administrativos, eliminando toda traba o carga innecesaria e improductiva; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo dicta la siguiente: ORDENANZA: Artículo 1º.- Rebájese en un 75% el importe de las Multas Administrativas giradas de acuerdo al reglamento impuestas al 15-6-2000 que se encuentren pendientes de pago y estén compren- didas en la Resolución de Alcaldía Nº 240-00-MCPMSMH cual- quiera sea su estado, incluido Cobranza Ordinario o Coactiva y Expedientes de Reconsideración, Apelación o Revisión. Artículo 2º.- Dejar sin efecto las Notificaciones-Multas que estén comprendidas en la Resolución de Alcaldía Nº 241-00, según relación de la Dirección de Administración y Rentas las mismas que han sido impuestas sin observar el reglamento correspondiente. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Administración y Rentas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ROGELIO RUIZ PORTOCARRERO Alcalde 11524 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Fijan tarifa para venta de nichos en el Cementerio Municipal de Virgen de Lourdes ORDENANZA Nº 013-2000/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 18.SETIEM- BRE.2000, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Washington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los señores regidores, Sr. Wilfredo Enríquez Palomino, Sra. Aurora Heredia C., Sra. Ana Sinche Rosales, Sr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. RaquelBarriga Velazco, Sra. Francisco Zea Arancibia, Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Mejía Esca- jadillo, Sra. María Lora Figueroa, Sr. Javier Salas Zamalloa y Sr. David Romero Ríos; se trató sobre fijación de tarifas para venta de Nichos en el Cementerio Municipal de Virgen de Lourdes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 089-00-CEM/MVMT, la Adminis- tración del Cementerio Municipal de Virgen de Lourdes propone el Cuadro de Tarifas para venta de Nichos recientemente cons- truidos; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3); 90º, Inc. 5) y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; y con el voto Mayoritario de los señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- FIJAR la siguiente tarifa para venta de Nichos en el Cementerio Municipal de Virgen de Lourdes; de acuerdo al siguiente detalle: Nivel Tarifa A S/. 1,200.00 Nuevos Soles B " 1,350.00 " " C " 1,350.00 " " D " 1,220.00 " " E " 1,100.00 " " F " 980.00 " " G " 800.00 " " Artículo Segundo.- El Despacho de Alcaldía emitirá las Disposiciones complementarias para el mejor cumplimiento de esta Ordenanza. Villa María del Triunfo, 18 de setiembre del 2000 Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 11522 Fijan provisionalmente tarifa de alqui- ler de losa deportiva "Miguel Grau" ORDENANZA Nº 014-2000/MVMT Villa María del Triunfo, 18 de setiembre del 2000 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 18.SETIEM- BRE.2000, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Washington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los señores regidores, Sr. Wilfredo Enríquez Palomino, Sra. Aurora Heredia C., Sra. Ana Sinche Rosales, Sr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Francisca Zea Arancibia, Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Mejía Escajadillo, Sra. María Lora Figueroa, Sr. Javier Salas Zamalloa y Sr. David Romero Ríos; se trató sobre fijación de tarifa para alquiler de losa deportiva; y, CONSIDERANDO: Que, la Losa Deportiva "Miguel Grau" ha sido mejorada en sus instalaciones que cuentan con todos los servicios que requieren los usuarios de la misma; Que, es necesario - y mientras las Comisiones de Deportes y Juventud, así como Economía, Planificación y Presupuesto - culminen la elaboración del Reglamento de utilización de dicha instalación - se fije provisionalmente tarifa de alquiler en horario nocturno que permita costear su mantenimiento y consumo de alumbrado y agua; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3); 90º, Inc. 5) y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; y con el voto Mayoritario de los señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- FIJAR provisionalmente como tarifa de alquiler de las instalaciones de la Losa Deportiva "Miguel Grau" en S/. 15.00 Nuevos Soles la Hora (a partir de las 6 p.m.). Artículo Segundo.- El Despacho de Alcaldía emitirá las Disposiciones complementarias para el mejor cumplimiento de esta Ordenanza. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 11525