Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2000 (08/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, MORDAZA 8 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES
CAPITULO III

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La UNIDAD INMOBILIARIA se encuentra destinada a un uso ............... (especificar si se trata de uso residencial, comercial, industrial, mixto, etc.). Articulo 3º.- Secciones independizadas Las secciones independizadas que forman parte de la UNIDAD INMOBILIARIA son: Denominacion ............................... ............................... ............................... ............................... Designacion ....................... ....................... ....................... ....................... Area Ocupada .................... m .................... m2 .................... m2 .................... m2
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DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS COPROPIETARIOS Articulo 7º.- Derechos de los copropietarios Son derechos de los copropietarios, los siguientes: a) Usar y servirse de los bienes en copropiedad, sin afectar el destino de los mismos ni el derecho de los demas copropietarios. La Junta de Copropietarios podra acordar, respecto de los copropietarios morosos, la suspension en el acceso y goce del derecho de uso de determinados bienes y servicios comunes no esenciales. b) Vender, hipotecar, arrendar, y en general, practicar cualquier acto de disposicion o gravamen de su cuota ideal, conjuntamente con la disposicion de su derecho de propiedad sobre la seccion independizada, salvo que la transferencia sea efectuada a favor de otro de los copropietarios. El copropietario debera poner en conocimiento de la Junta de Copropietarios la realizacion de cualquiera de estas operaciones dentro de los treinta (30) dias siguientes a su realizacion, siempre y cuando las mismas impliquen ceder el uso de los bienes o areas comunes o determinen la extincion del derecho de copropiedad por transferencia del dominio. c) Participar en la Junta de Copropietarios, y votar, elegir y ser elegido dentro de ella. d) Poner en consideracion de la Junta de Copropietarios las acciones de otros copropietarios o poseedores, cuando estas resulten perjudiciales a sus intereses o a los de la UNIDAD INMOBILIARIA en general. Articulo 8º.- Obligaciones de los copropietarios Son obligaciones de los copropietarios, las siguientes: a) Destinar su seccion independizada al uso indicado en el presente reglamento. b) Contribuir oportunamente, en el porcentaje que le corresponde, segun lo indicado en el Articulo 6º del presente Reglamento, a cubrir los gastos que demande la atencion de los servicios comunes, la conservacion, el mantenimiento, y la administracion de las areas y/o los bienes en copropiedad, la reposicion de estos ultimos, asi como los tributos y cargas que los afecten. Esta obligacion se mantendra vigente aun cuando el propietario no ocupe o no use su seccion. c) Acatar las disposiciones y resoluciones que se adopten en la Junta de Copropietarios. d) No afectar la seguridad o salubridad de los bienes en copropiedad o de la UNIDAD INMOBILIARIA; ni perturbar la tranquilidad y normal convivencia de los demas copropietarios y vecinos, ni atentar contra la moral y las buenas costumbres. e) Efectuar las reparaciones de su respectiva seccion independizada y asumir la responsabilidad por los danos y perjuicios que cause a las demas secciones o a las areas o los bienes de dominio comun, sea por accion, omision o negligencia. f) Hacer constar en el contrato de arrendamiento u otro por el que otorgue la posesion inmediata a terceros, los derechos y obligaciones que corresponden al arrendatario o poseedor inmediato y el sometimiento expreso de este a las normas del presente reglamento. El incumplimiento de esta obligacion solo generara responsabilidad para el propietario mas no afectara en absoluto la obligatoriedad del presente Reglamento respecto de quien asuma la posesion inmediata. g) Cumplir con todas y cada una de sus obligaciones aun cuando su seccion se encuentre o permanezca desocupada, cualquiera que sea el tiempo de desocupacion. (En este articulo podran incluirse, previo acuerdo, otras limitaciones especiales en aspectos que, por su naturaleza, puedan afectar la seguridad, tranquilidad o el uso de la edificacion en su conjunto, tales como prohibir la crianza de animales domesticos; condiciones especiales para conservar sustancias explosivas o inflamables si estas fueran autorizadas; tener maquinarias o artefactos que generen ruidos; etc.). CAPITULO IV JUNTA DE COPROPIETARIOS Articulo 9º.- Constitucion de la junta. La Junta de Copropietarios se constituye con el solo otorgamiento de este Reglamento. La Junta necesariamente estara presidida por uno de sus integrantes que ejercera el cargo de Presidente de la Junta de Copropietarios. Articulo 10º.- Atribuciones de la junta. Corresponde a la Junta de Copropietarios: a) Decidir sobre la conservacion y mantenimiento de las areas y los bienes en copropiedad, los servicios de uso comun, y disponer la administracion de los bienes en copropiedad. Ninguna accion que afecte a estos, sera efectuada sin su previa aprobacion. b) Elegir cada dos anos al Presidente de la Junta, entre sus integrantes. c) Adoptar por mayoria absoluta, medidas de caracter general o extraordinario, de oficio o a peticion de parte, para dar cabal cumplimiento a las disposiciones legales que rigen el Regimen de Independizacion y Copropiedad, asi como para la mejor conserva-

Uso ....................... ....................... ....................... .......................

(En la columna referida a la designacion se indicara el numero o la letra de identificacion de la seccion correspondiente). Articulo 4º.- Areas y bienes comunes en copropiedad Las areas y bienes en copropiedad que forman parte de la UNIDAD INMOBILIARIA son los siguientes: Areas en copropiedad ............................................... ............................................... ............................................... Bienes en copropiedad ..................................................................... ..................................................................... ..................................................................... Area Ocupada .............. m .............. m2 .............. m2
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Destino .................................. .................................. .................................. Destino ................................. ................................. .................................

(Indicar las areas y bienes comunes en copropiedad, senalando su uso o destino ­p. ej. circulacion, recreacion, estacionamiento de visitas, MORDAZA de luz, etc.­, salvo que su propia denominacion lo contenga; usando como referencia, de ser el caso, lo senalado por los articulos 40° de la Ley Nº 27157 y 134º de su Reglamento; e indicando expresamente, en cada caso, su condicion de transferible o intransferible.). Las areas MORDAZA indicadas estan afectadas, en calidad de predios sirvientes, a una servidumbre de uso a favor de las secciones independizadas. La copropiedad que se establece sobre estas areas y bienes es obligatoria e indivisible mientras subsista el Regimen de Copropiedad e Independizacion que se establece mediante el presente Reglamento Interno (Articulo 11° de la Ley N° 27333). Articulo 5º.- Cuotas ideales sobre las areas y bienes en copropiedad. Las cuotas ideales de cada uno de los propietarios de las secciones independizadas, respecto de las areas y los bienes en copropiedad se atribuye en funcion de .................... (Indicar el criterio adoptado ). Segun el criterio MORDAZA senalado, los porcentajes de participacion de los propietarios en las areas y bienes comunes en copropiedad, son los siguientes: Seccion ....................................................... ....................................................... ....................................................... Total Porcentaje de Participacion ................. % ................. % ................. % _______________ 100.00 %

(Indicar los porcentajes ­expresados con dos decimales­ que corresponden a todas las secciones independizadas). Articulo 6º.- Participacion en los gastos comunes El porcentaje de participacion que corresponde a cada uno de los propietarios de las secciones independizadas, respecto de los gastos que demande la atencion de los servicios comunes, la conservacion, el mantenimiento, y la administracion de las areas y/o los bienes en copropiedad, la reposicion de estos ultimos, asi como los tributos y cargas que la afecten, es determinado con base en ............... (En MORDAZA el criterio debera ser identico al que sirvio para fijar la cuota ideal. Sin embargo puede adoptarse un criterio distinto basado en: el uso, el espacio ocupado, la demanda de servicios, el numero de personas que pueden ocupar la seccion, la ubicacion o la accesibilidad de la misma, etc.). Segun el criterio MORDAZA senalado, los porcentajes de participacion de los propietarios en los gastos comunes, son los siguientes: Seccion ....................................................... ....................................................... ....................................................... Total Porcentaje de Participacion ................. % ................. % ................. % _______________ 100.00 %

(Indicar los porcentajes ­expresados con dos decimales­ que corresponden a todas las secciones independizadas.).

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