Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2000 (08/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 8 de octubre de 2000

SBS
Autorizan a persona natural actuar como representante en el Peru de MORDAZA Bank N.A.
RESOLUCION SBS Nº 687-2000 MORDAZA, 29 de setiembre del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada con fecha 6 de enero del 2000 por la entidad bancaria extranjera MORDAZA Bank N.A. para que se acredite al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como su representante en el Peru; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 18 de agosto de 1999, MORDAZA Bank N.A. otorgo un poder especial en favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el objeto de que represente a la entidad bancaria en el Peru; Que la aceptacion de poder que otorga el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA consta en la Escritura Publica de fecha 13 de setiembre de 1999 ante Notario de MORDAZA doctor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, y corre inscrita en la Partida Nº 11085025 del Registro de Personas Juridicas de Lima; Que, con fecha 22 de MORDAZA del 2000, MORDAZA Bank N.A. a fin de adecuarse a lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, modificada mediante Leyes Nº 27008, Nº 27102 y Nº 27331, en adelante Ley General, revoco parcialmente el poder especial otorgado en favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en lo referido a la facultad contenida en el inciso f) de la clausula tercera del mismo; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 915-2000-LEG de fecha 12 de setiembre del 2000, a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "B" mediante Informe Nº DESF "B"-114OT/2000 de fecha 26 de setiembre del 2000, contando con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Banca; y, De acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 43º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante en el Peru de la entidad bancaria extranjera no domiciliada MORDAZA Bank N.A. El representante en el ejercicio de sus actividades debera sujetarse a lo establecido en el Capitulo V del Titulo II de la Seccion Primera de la Ley General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 11523

NIA ARGUMEDO MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para su participacion en el mencionado curso; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.2 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas y Entidades bajo el ambito de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado -OIOE-, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15, de fecha 31 de diciembre de 1998; y, En uso de las facultades establecidas por Resolucion Suprema Nº 251-2000-EF de fecha 26 de agosto de 2000 y de conformidad con el Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 000021 de fecha 13 de enero de 1997, que aprueban la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas, respectivamente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ESTELINDA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA GANOZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ARGUMEDO MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a Espana y MORDAZA del 13 al 26 de octubre de 2000, donde participaran en el curso a que se hace referencia en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion seran asumidos en su totalidad por la Empresa Supervisora SGS Societe Generale de Surveillance S.A., no significando gasto alguno al Estado. Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de Impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas 11433

CONSUCODE
Relacion de proveedores, postores o contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones en el mes de setiembre del ano 2000
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 170/2000-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 6 de octubre de 2000 VISTO: El Memorandum Nº 178-2000-RNC del Gerente de Registros, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 8º de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establece la obligatoriedad de publicarse en el Diario Oficial El Peruano la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el Articulo 186º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, publicara mensualmente la relacion de proveedores, postores o contratistas que, en ese periodo, hayan sido sancionados con inhabilitacion para contratar con el Estado; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Registros respecto de los proveedores, postores o contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del CONSUCODE durante el mes de setiembre; y, De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 59º inciso "d" de la Ley Nº 26850 y el Articulo 5º inciso "b" y Articulo 7º inciso "g" del Decreto Supremo Nº 047-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de la relacion de proveedores, postores o contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del CONSUCODE correspondiente al mes de setiembre, que es la siguiente: 1. INTERNATIONAL SUPPLY INC. S.A. - ISISA - Inhabilitacion temporal de sesenta (60) dias en su derecho a presentarse en Licitaciones y Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas y a contratar con el Estado, por incumplimiento de contrato, segun Resolucion Nº 278/2000.TC-S1 de 8.9.2000. Publicacion: 18.9.2000. 2. TOP TECH S.A. - Inhabilitacion temporal de seis (6) meses en su derecho a participar en procesos de seleccion y a contratar con el Estado, por incumplimiento de obligaciones contractuales, segun Resolucion Nº 283/2000.TC-S2 de 15.9.2000. Publicacion: 23.9.2000.

ADUANAS
Autorizan viaje de funcionarios para participar en el curso "Acuerdo sobre Valoracion en Aduana de la OMC", a realizarse en Espana y MORDAZA
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 001489 Callao, 3 de octubre de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento para las Empresas Supervisoras aprobado por Decreto Supremo Nº 038-92-EF establece en los puntos 4.1 y 4.2 que las Empresas Supervisoras, dentro de la Cooperacion Tecnica con la Aduana, deben implementar un Programa de Capacitacion para el personal de ADUANAS; Que, dentro del Programa de Capacitacion preparado por la Empresa Supervisora SGS Societe Generale de Surveillance S.A., para el presente ano, se encuentra el curso referido al "Acuerdo sobre Valoracion en Aduana de la OMC" a realizarse en Espana y MORDAZA del 13 al 26 de octubre del ano en curso; Que, la mencionada Empresa Verificadora asumira los gastos por capacitacion, hospedaje, alimentacion, y pasajes aereos; Que, la Superintendencia Nacional de Aduanas ha designado a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ESTELINDA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA GANOZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, SO-

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