Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2000 (26/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR"
ANO XVIII - Nº 7430

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Pag. 194323

MORDAZA, jueves 26 de octubre de 2000

AGRICULTURA
Establecen documentos que deben presentar personas inscritas en el Registro de Comerciante Exportador de Productos Forestales del INRENA que soliciten permisos de exportacion para MORDAZA aserrada de caoba y cedro
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0849-2000-AG MORDAZA, 24 de octubre de 2000 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27308 - Ley Forestal y de Fauna MORDAZA tiene por objeto normar, regular y supervisar el uso sostenible y la conservacion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA del MORDAZA, compatibilizando su aprovechamiento con la valorizacion progresiva de los servicios ambientales del bosque, en MORDAZA con el interes social, economico y ambiental de la Nacion, de acuerdo a lo establecido en los Articulos 67º y 68º de la Constitucion Politica del Peru; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 085-2000 se autoriza al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, a otorgar permisos de exportacion para MORDAZA aserrada de las especies caoba (Swietenia macrophylla) y cedro (Cedrela odorata) hasta por los volumenes totales de Catorce Mil Diez metros cubicos (14,010 m3) y Cinco Mil Doscientos Noventisiete metros cubicos (5,297 m3), respectivamente, hasta el 31 de diciembre del ano 2000, a favor de las personas naturales o juridicas que tengan volumenes comprometidos para exportacion con anterioridad a la dacion de la Ley Nº 27308 - Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, bajo diversas condiciones alli estipuladas; Que, el Articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 085-2000 autoriza al Ministerio de Agricultura a emitir las normas complementarias necesarias para establecer los mecanismos de asignacion de los referidos permisos de exportacion; De conformidad con la Ley Nº 27308 - Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, y el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Las personas naturales o juridicas inscritas en el Registro de Comerciante Exportador de Productos Forestales del Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA, que soliciten permisos de exportacion - CITES, para MORDAZA aserrada de las especies caoba (Swietenia macrophylla) y cedro (Cedrela odorata) al MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 085-2000, deberan cumplir con presentar los siguientes documentos: a) Compromiso de transaccion economico - financiera para la exportacion o carta de credito, si fuera el caso. b) Factura o boleta de venta que acredite la compra de la MORDAZA, en los casos que la MORDAZA provenga de contratos o permisos de extraccion de terceros, con anterioridad al 16.7.2000. c) Los exigidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 049-2000-AG. Articulo 2º.- El INRENA otorgara permisos de exportacion - CITES a todas las personas naturales o juridicas que soliciten permisos y cumplan con lo dispuesto en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, de acuerdo a los siguientes criterios:

a) Los volumenes autorizados por el Decreto de Urgencia Nº 085-2000 se dividiran entre el numero de personas naturales o juridicas que cumpliendo los requisitos senalados en el punto 1 presenten sus requerimientos de permisos de exportacion hasta el 3 de noviembre del ano 2000. La cifra resultante representara el volumen MORDAZA a otorgarse a cada uno de los solicitantes; se considerara una solicitud por persona natural o juridica. b) De existir saldos de libre disponibilidad al 6 de noviembre del ano 2000, estos seran distribuidos en partes iguales entre las nuevas solicitudes de permisos de exportacion presentadas hasta el 15 de diciembre del 2000, las que deben cumplir con lo dispuesto en el Articulo 1º y de acuerdo al mismo criterio establecido por el inciso precedente. c) Los saldos no comprometidos hasta el 15.12.00 podran adjudicarse en partes iguales entre las empresas que lo soliciten, siendo de aplicacion lo dispuesto en el Art. 1º. Articulo 3º.- Para el otorgamiento de los permisos de exportacion - CITES a que se contrae la presente Resolucion Ministerial, el INRENA tendra en cuenta que las personas naturales o juridicas no hayan infringido la legislacion forestal y de fauna silvestre. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHLIMPER ACKERMAN Ministro de Agricultura 12291

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan Presidente y miembros de la Comision Administradora de Carteras
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 150-2000-EF/10 MORDAZA, 25 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 032-95 se constituyo una Comision Administradora de Carteras y se dispuso que sus integrantes serian designados por Resolucion del Titular de Economia y Finanzas; Que, por Resolucion Ministerial Nº 191-98-EF, expedida en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º del indicado Decreto de Urgencia, se fija en cinco el numero de miembros de la referida Comision designandose y ratificandose a sus integrantes por Resolucion Ministerial Nº 051-99EF/10; Que, la Resolucion Ministerial Nº 171-99-EF/10 del 5 de agosto de 1999 designo al Sr. MORDAZA Thorne MORDAZA, Presidente de la Comision y a los senores MORDAZA Ferrer Wurst, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Cavassa Russo y MORDAZA Pflucker Martinez; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo- y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 6º y 9º del Decreto de Urgencia Nº 032-95; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar las renuncias de los senores MORDAZA Thorne MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Cavassa Russo, MORDAZA Ferrer Wurst y MORDAZA Pflucker MORDAZA, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados.

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