TEXTO PAGINA: 3
Pág. 194325 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de octubre de 2000 Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROCÍO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 12202 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 810-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 11 de octubre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 002911-2000-MITINCI presen- tado por la empresa Crystal Palace S.A. solicitando autoriza- ción para la explotación de máquinas tragamonedas en el Bingo "Crystal Palace", ubicado en la Avda. General Garzón Nº 1243; distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima y los Informes Técnico Nº 006-2000-DEJCMT/HR, Fi- nanciero Nº 152-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 216-2000- MITINCI/VMT/DNT-DEJCMT-DAR-CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estableciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autorización para explotar máquinas tragamonedas e indican- do como autoridad competente para esta materia a la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, de la evaluación de la documentación e información presentada por la empresa solicitante en el citado expediente se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la autorización para explotar máqui- nas tragamonedas; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autori- dad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar máquinas tragamonedas en el país, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante los Informes Técnico Nº 006-2000-DEJCMT/HR, Fi- nanciero Nº 152-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 216-2000-MI- TINCI/VMT/DNT-DEJCMT-DAR-CFS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa CRYSTAL PALACE S.A. la explotación de máquinas tragamonedas en el Bingo "Crystal Palace", ubicado en la Avda. General Garzón Nº 1243; distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empre- sa CRYSTAL PALACE S.A. a explotar ciento veinte (120) máquinas tragamonedas y doscientas ochentitrés (283) me- morias de solo lectura, cuyas características aparecen descri- tas en los Anexos I y II de la presente Resolución, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Para efectos de la explotación de máquinas tragamonedas, téngase presente lo dispuesto por el Artículo 13.2 de la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre del 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROCÍO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 12203 Autorizan a Dakota Gaming Perú S.A.C. la explotación de máquinas tragamone- das en establecimientos ubicados en las provincias de Lima, Arequipa, Hua- ral, Huancayo y Chiclayo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 811-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 11 de octubre del 2000Vistos, el Expediente Nº 003038-2000-MITINCI presentado por la empresa DAKOTA GAMING PERÚ S.A.C. solicitando autorización para la explotación de máquinas tragamonedas en la Discoteca "Palacio Real Tiahuanaco" ubicada en Av. La Marina Nºs. 2893-2895, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima y los Informes Técnico Nº 086-2000- MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/AT-FAP, Financiero Nº 055- 2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 286-2000-MITINCI/VMT/DNT/ DEJCMT/DAR-MB; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estableciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autoriza- ción para explotar máquinas tragamonedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Dirección Nacio- nal de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Inte- gración y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, de la evaluación de la documentación e información presentada por la empresa solicitante en el citado expediente se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la autorización para explotar máqui- nas tragamonedas; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autori- dad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar máquinas tragamonedas en el país, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante los Informes Técnico Nº 086-2000-MITIN- CI/VMT/DNT/DEJCMT/AT-FAP, Financiero Nº 055-2000- DEJCMT/LAT y Legal Nº 286-2000-MITINCI/VMT/DNT/ DEJCMT/DAR-MB; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa DAKOTA GAMING PERÚ S.A.C. la explotación de máquinas tragamonedas en la Discoteca "Palacio Real Tiahuanaco" ubicada en Av. La Ma- rina Nºs. 2893-2895, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empre- sa DAKOTA GAMING PERÚ S.A.C. a explotar 120 (Ciento Veinte) máquinas tragamonedas y 536 (Quinientas Treinti- séis) memorias de solo lectura, cuyas características apare- cen descritas en los anexos I y II de la presente Resolución, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Para efectos de la explotación de máquinas tragamonedas, téngase presente lo dispuesto por el Artículo 13.2 de la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre de 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROCÍO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 12204 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 818-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 11 de octubre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 003033-2000-MITINCI presen- tado por la empresa Dakota Gaming Perú S.A.C. solicitando autorización para la explotación de máquinas tragamonedas en la Discoteca "Palacio Royal", ubicada en calle Mercaderes Nºs. 104-106-108-112; distrito, provincia y departamento de Arequipa y los Informes Técnico Nº 179-2000-DEJCMT/HR, Financiero Nº 130-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 212-2000- MITINCI/VMT/DNT-DEJCMT-DAR-CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estableciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autorización para explotar máquinas tragamonedas e indi- cando como autoridad competente para esta materia a la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Interna- cionales;