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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (26/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 194329 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de octubre de 2000 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 828-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 11 de octubre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 004754-2000-MITINCI presenta- do por la Empresa DISCOTECA TRAGAMONEDAS JUMBO S.R.L., en el que solicita autorización para la explotación de máquinas tragamonedas en la Discoteca: "Las Vegas", ubicada en Av. Raymondi Nº 461, provincia de Tingo María, departa- mento de Huánuco; y los Informes Técnico Nº 258-2000-MI- TINCI/VMT/DNT-DE-JCMT/AT-L.Z., Financiero Nº 149-2000- DEJCMT/LAT y Legal Nº 109-2000-DEJCMT/MB; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estable- ciendo los requisitos y documentos requeridos para obte- ner una autorización para explotar máquinas tragamone- das e indicando como autoridad competente para esta materia a la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales; Que, de la evaluación de la documentación e información presentada por la empresa solicitante en el citado expediente se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la autorización para explotar máqui- nas tragamonedas; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autori- dad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar máquinas tragamonedas en el país, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante los Informes Técnico Nº 258-2000-MITIN- CI/VMT/DNT/DE-JCMT/AT-h.r., Financiero Nº 149-2000- DEJCMT/LAT y Legal Nº 109-DEJCMT/MB; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa DISCOTECA TRA- GAMONEDAS JUMBO S.R.L., la explotación de máquinas tragamonedas en la Discoteca "Las Vegas", ubicada en Av. Raymondi Nº 461, provincia de Tingo María, departamento de Huánuco. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empre- sa DISCOTECA TRAGAMONEDAS JUMBO S.R.L., a explo- tar 31 (treinta y uno) máquinas tragamonedas y 207 (doscien- tos siete) memorias de solo lectura, cuyas características aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolu- ción, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento dis- tinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Para efectos de la explotación de máquinas tragamonedas téngase presente lo dispuesto por el Artículo 13.2 de la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre de 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROCÍO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 12219 Modifican resoluciones que autoriza- ron a Arulib S.A. e Inversiones Fortu- nia S.A. la explotación de juegos de máquinas tragamonedas en estableci- mientos ubicados en las provincias de Lima e Ica RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 814-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 11 de octubre del 2000 Vistos, los Expedientes Nº 026042 y Nº 026044-2000- MITINCI presentados por la empresa Arulib S.A. solicitandoincremento de memorias de solo lectura y reemplazo de máquinas tragamonedas para la Sala de Juego del Bingo "Luxor" y el Informe Nº 215-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE- JCMT-DAR-CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante los Expedientes Nº 026042 y Nº 026044- 2000-MITINCI, la empresa Arulib S.A. pretende incremen- tar la cantidad de memorias de solo lectura y reemplazar máquinas tragamonedas en el Bingo "Luxor", con lo cual se estaría buscando la modificación del Artículo 2º de la Resolu- ción Directoral Nº 147-2000-MITINCI/VMT/DNT; Que, existe conexidad objetiva y subjetiva entre los Expe- dientes Nº 026042 y Nº 026044-2000-MITINCI, en consecuen- cia, de conformidad con el Artículo 67º de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos procede su acumulación; Que, la documentación e información requerida para efectuar incrementos de memorias de solo lectura y reem- plazos de máquinas tragamonedas en las salas de juego autorizadas se encuentra establecida en el Artículo 25º del Reglamento para la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y en el Procedimiento Nº 79 del TUPA del Ministerio de Industria, Turismo, Inte- gración y Negociaciones Comerciales Internacionales apro- bado mediante el Decreto Supremo Nº 014-2000-ITINCI; Que, de la evaluación de la documentación e información presentada por la empresa solicitante se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para apro- bar sus solicitudes; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autori- dad administrativa competente para otorgar autorizacio- nes para explotar máquinas tragamonedas en el país, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que corres- pondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI, Nº 014-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante el Informe Nº 215-2000-MITIN- CI/VMT/DNT/DEJCMT-DAR-CFS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dispóngase la acumulación de los Expe- dientes Nº 026042 y Nº 026044-2000-MITINCI. Artículo 2º.- Modifícase el Artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 147-2000-MITINCI/VMT/DNT, el cual queda redactado con el siguiente texto: "Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empre- sa ARULIB S.A. a explotar ciento veinte (120) máquinas tragamonedas y cuatrocientas noventisiete (497) memorias de solo lectura, cuyas características aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolución, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados". Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROCÍO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 12207 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 819-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 11 de octubre del 2000 Vistos, los Expedientes Nº 020025 y Nº 020026-2000- MITINCI presentados por la empresa Inversiones Fortunia S.A. solicitando incremento de máquinas tragamonedas y memorias de solo lectura para la Sala de Juego del Bingo "Salón de Juegos Merlín" y el Informe Nº 211-2000-MITINCI/ VMT/DNT/DEJCMT-DAR-CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante los Expedientes Nº 020025 y Nº 020026- 2000-MITINCI, la empresa Inversiones Fortunia S.A. pre- tende incrementar la cantidad de máquinas tragamonedas y de memorias de solo lectura en el Bingo "Salón de Juegos Merlín", con lo cual se estaría buscando la modificación del Artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 157-2000-MITIN- CI/VMT/DNT;