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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (26/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 194327 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de octubre de 2000 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 827-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 11 de octubre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 003042-2000-MITINCI presen- tado por la empresa DAKOTA GAMING PERÚ S.A.C. solici- tando autorización para la explotación de máquinas tragamo- nedas en la Discoteca "Palacio Real Inca" ubicada en Av. Aviación Nº 2789, distrito de San Borja, provincia y departa- mento de Lima y los Informes Técnico Nº 072-2000-MITIN- CI/VMT/DNT/DEJCMT/AT-h.r., Financiero Nº 148-2000- DEJCMT/LAT y Legal Nº 283-2000-MITINCI/VMT/DNT/ DEJCMT/DAR-MB; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estableciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autoriza- ción para explotar máquinas tragamonedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Dirección Nacio- nal de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Inte- gración y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, de la evaluación de la documentación e información presentada por la empresa solicitante en el citado expediente se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la autorización para explotar máqui- nas tragamonedas; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autori- dad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar máquinas tragamonedas en el país, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante los Informes Técnico Nº 072-2000-MITIN- CI/VMT/DNT/DEJCMT/AT-h.r., Financiero Nº 148-2000- DEJCMT/LAT y Legal Nº 283-2000-MITINCI/VMT/DNT/ DEJCMT/DAR-MB; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa DAKOTA GAMING PERÚ S.A.C. la explotación de máquinas tragamonedas en la Discoteca "Palacio Real Inca" ubicada en Av. Aviación Nº 2789, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empre- sa DAKOTA GAMING PERÚ S.A.C. a explotar 119 (ciento diecinueve) máquinas tragamonedas y 503 (quinientas tres) memorias de solo lectura, cuyas características aparecen descritas en los anexos I y II de la presente Resolución, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Para efectos de la explotación de máquinas tragamonedas, téngase presente lo dispuesto por el Artículo 13.2 de la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre de 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROCÍO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 12218 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 830-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 11 de octubre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 003041-2000-MITINCI presen- tado por la empresa Dakota Gaming Perú S.A.C. solicitando autorización para la explotación de máquinas tragamonedas en la Discoteca "Palacio Royal", ubicada en calle Elías Agui- rre Nº 598; distrito y provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque y los Informes Técnico Nº 158-2000-DEJCMT/ HR, Financiero Nº 147-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 213- 2000-MITINCI/VMT/DNT-DEJCMT-DAR-CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estableciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autorización para explotar máquinas tragamonedas e indi-cando como autoridad competente para esta materia a la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Interna- cionales; Que, de la evaluación de la documentación e información presentada por la empresa solicitante en el citado expediente se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la autorización para explotar máqui- nas tragamonedas; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autori- dad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar máquinas tragamonedas en el país, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante los Informes Técnico Nº 158-2000-DE- JCMT/HR, Financiero Nº 147-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 213-2000-MITINCI/VMT/DNT-DEJCMT-DAR-CFS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa DAKOTA GA- MING PERÚ S.A.C. la explotación de máquinas traga- monedas en la Discoteca "Palacio Royal", ubicada en calle Elías Aguirre Nº 598; distrito y provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empre- sa DAKOTA GAMING PERÚ S.A.C. a explotar setentinueve (79) máquinas tragamonedas y trescientas dieciocho (318) memorias de solo lectura, cuyas características aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolución, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Para efectos de la explotación de máquinas tragamonedas, téngase presente lo dispuesto por el Artículo 13.2 de la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre del 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROCÍO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 12221 Autorizan a Discoteca Tragamonedas Jumbo S.C.R.L. la explotación de máquinas tragamonedas en estableci- mientos ubicados en la provincia de Huánuco RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 812-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 11 de octubre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 004753-2000-MITINCI pre- sentado por la empresa DISCOTECA TRAGAMONEDAS JUMBO S.C.R.L., solicitando autorización para la explota- ción de máquinas tragamonedas en la Discoteca "Gran Aladino's" ubicada en jirón Dos de Mayo Nº 1092-1098, distrito, provincia y departamento de Huánuco y los Infor- mes Técnico Nº 264-2000-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT- DICF/e.b.m., Financiero Nº 153-2000-DEJCMT/LAT y Le- gal Nº 284-2000-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/DAR-MB; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estableciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autori- zación para explotar máquinas tragamonedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, de la evaluación de la documentación e información presentada por la empresa solicitante en el citado expediente se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la autorización para explotar máqui- nas tragamonedas; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autori- dad administrativa competente para otorgar autorizaciones