Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2000 (10/09/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 10 de setiembre de 2000

Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Municipal y a los organos administrativos correspondientes analizar y resolver los problemas que vienen afrontando los mercados de la jurisdiccion de Independencia. Dado en el local del Concejo, a los 31 dias del mes de agosto del 2000. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA CHACALTANA YEREN MORDAZA 10333

Con el MORDAZA unanime del pleno de miembros del Concejo Municipal, estando a lo dispuesto en el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidad, se aprobo la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO DE SEPARACION O SEGREGACION DE RESIDUOS SOLIDOS TITULO I BASE LEGAL, AMBITO DE APLICACION Y OBJETIVO Articulo 1º.- BASE LEGAL - Constitucion Politica del Peru de 1993. - Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853. - Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, D. Leg. Nº 613. - Reglamento de Aseo MORDAZA, D.S. Nº 033-81-SA y sus modificatorias. - Ordenanza Nº 082-95-MML. - Ley General de Residuos Solidos, Ley Nº 27314. Articulo 2º.- AMBITO DE APLICACION La presente Ordenanza sera de aplicacion en toda la jurisdiccion del distrito de San Borja. Articulo 3º.- OBJETIVO Es objetivo del presente Reglamento, fomentar la proteccion y conservacion del medio ambiente a fin de mejorar la calidad de MORDAZA del vecino Sanborjino, a traves de la adopcion de las medidas necesarias para controlar la separacion o segregacion no autorizada de los residuos solidos organicos e inorganicos, ejerciendo las acciones legales contra la violacion de las disposiciones relativas al servicio de recoleccion, transporte, transferencia y disposicion final de los Residuos Solidos Urbanos Organicos e Inorganicos. TITULO II OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO Articulo 4º.- OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO La recoleccion y almacenamiento de los residuos so1idos intradomiciliarios son de obligacion y responsabilidad de los usuarios del servicio. Estos residuos deberan almacenarse en cada hogar en condiciones higienicas, hasta el momento del deposito o colocacion en los puntos de acopio, para la recoleccion a cargo de los vehiculos compactadores. Para el efecto se recomiendan las siguientes practicas: A. Los desechos solidos organicos deberan ser preferentemente escurridos y envueltos en papel MORDAZA de ser puestos en la bolsa de plastico. Con esta practica se reducira el olor durante el almacenamiento, recoleccion, transporte y disposicion final. Asimismo disminuira la destruccion del recipiente y la presencia de roedores e insectos. B. De preferencia, debera colocarse en el recipiente portabasura una bolsa plastica, en buenas condiciones, de tal manera que luego de llenada la misma, se pueda amarrar. Tambien puede optarse por colocar en el fondo y lados del recipiente hojas de papel, de preferencia periodico, para facilitar el posterior vaciado de desechos y evitar el deterioro de dicho recipiente. C. Los usuarios estan obligados a poner a disposicion los residuos solidos en bolsas plasticas y/o recipientes adecuados, debidamente protegidos para evitar su dispersion conservando de esta manera la limpieza de las calles y avenidas. D. Poner a disposicion de los vehiculos recolectores los residuos solidos, dentro del horario establecido por la Autoridad Municipal para su recojo y disposicion final. TITULO III PROHIBICIONES Articulo 5º.- SEGREGACION DE RESIDUOS SOLIDOS Esta terminantemente prohibido la segregacion o separacion de los residuos solidos fueren estos organicos o inorganicos, desde el momento en que se hubieran depositado por los vecinos, para su recoleccion por el servicio que presta la Municipalidad. Articulo 6º.- PROHIBICION DE RECOLECCION Esta prohibida la recoleccion, domiciliarios, asi como el almacenamiento de residuos solidos, en vehiculos o realizadas por personas no autorizadas por la Municipalidad, deviniendo en clandestina la actividad que estos realicen, haciendose acreedores a las sanciones correspondientes.

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Suspenden el servicio de seguridad ciudadana en la MORDAZA Sur "A" del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 124-2000/ML MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR TANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo celebrada el dia miercoles 12 de MORDAZA del 2000, en la Agencia Municipal de la MORDAZA Norte "D", el Informe Nº 096-2000-AG-ZA/ML de la Administradora de la Agencia Municipal de la MORDAZA Sur "A", referente a los MORDAZA de Costos, Cuadro de Ingresos y Egresos al 30.Abril.2000 y Cuadro de Costos Operativos del Servicio Seguridad Ciudadana de la citada zona; CONSIDERANDO: Que, este informe fue analizado por el Concejo por lo que en uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades y contando con el MORDAZA unanime de los senores regidores el Concejo aprobo el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- SUSPENDER el Servicio de Seguridad Ciudadana, a partir del 1 de MORDAZA del ano en curso en la jurisdiccion de la MORDAZA Sur "A". Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento a la Administracion de la Agencia Municipal, de la MORDAZA Sur "A" y a quienes corresponda el presente acuerdo para su cumplimiento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA ARAKAKI NAKAMINE MORDAZA MORDAZA 10384

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento de Separacion o Segregacion de Residuos Solidos
ORDENANZA Nº 201-2000-CDSB-C San MORDAZA, 25 de agosto de 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA Visto, en la XIII-2000 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 23.8.2000, el Proyecto de Ordenanza sobre el Reglamento de Separacion o Segregacion de Residuos Solidos.

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