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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (10/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 192828 NORMAS LEGALES Lima, domingo 10 de setiembre de 2000 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Municipal y a los órganos administrativos correspondientes analizar y resol- ver los problemas que vienen afrontando los mercados de la jurisdicción de Independencia. Dado en el local del Concejo, a los 31 días del mes de agosto del 2000. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GUILLERMO CHACALTANA YEREN Alcalde 10333 MUNICIPALIDAD DE LURIN Suspenden el servicio de seguridad ciudadana en la Zona Sur "A" del dis- trito ACUERDO DE CONCEJO Nº 124-2000/ML Lima, 12 de julio del 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR TANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada el día miércoles 12 de julio del 2000, en la Agencia Municipal de la Zona Norte "D", el Informe Nº 096-2000-AG-ZA/ML de la Administradora de la Agencia Municipal de la Zona Sur "A", referente a los cuadros de Costos, Cuadro de Ingresos y Egresos al 30.Abril.2000 y Cuadro de Costos Operativos del Servicio Seguridad Ciudadana de la citada zona; CONSIDERANDO: Que, este informe fue analizado por el Concejo por lo que en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el voto unánime de los señores regidores el Concejo aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- SUSPENDER el Servicio de Segu- ridad Ciudadana, a partir del 1 de julio del año en curso en la jurisdicción de la Zona Sur "A". Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la Adminis- tración de la Agencia Municipal, de la Zona Sur "A" y a quienes corresponda el presente acuerdo para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSE ARAKAKI NAKAMINE Teniente Alcalde 10384 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban Reglamento de Separación o Segregación de Residuos Sólidos ORDENANZA Nº 201-2000-CDSB-C San Borja, 25 de agosto de 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA Visto, en la XIII-2000 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23.8.2000, el Proyecto de Ordenanza sobre el Regla- mento de Separación o Segregación de Residuos Sólidos.Con el voto unánime del pleno de miembros del Concejo Municipal, estando a lo dispuesto en el Artículo 109º de la Ley Orgánica de Municipalidad, se aprobó la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO DE SEPARACION O SEGREGACION DE RESIDUOS SOLIDOS TITULO I BASE LEGAL, AMBITO DE APLICACION Y OBJETIVO Artículo 1º.- BASE LEGAL - Constitución Política del Perú de 1993. - Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853. - Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, D. Leg. Nº 613. - Reglamento de Aseo Urbano, D.S. Nº 033-81-SA y sus modificatorias. - Ordenanza Nº 082-95-MML. - Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314. Artículo 2º.- AMBITO DE APLICACION La presente Ordenanza será de aplicación en toda la jurisdicción del distrito de San Borja. Artículo 3º.- OBJETIVO Es objetivo del presente Reglamento, fomentar la protec- ción y conservación del medio ambiente a fin de mejorar la calidad de vida del vecino Sanborjino, a través de la adopción de las medidas necesarias para controlar la separación o segregación no autorizada de los residuos sólidos orgánicos e inorgánicos, ejerciendo las acciones legales contra la violación de las disposiciones relativas al servicio de recolec- ción, transporte, transferencia y disposición final de los Residuos Sólidos Urbanos Orgánicos e Inorgánicos. TITULO II OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO Artículo 4º.- OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO La recolección y almacenamiento de los residuos só1idos intradomiciliarios son de obligación y responsabilidad de los usuarios del servicio. Estos residuos deberán almacenarse en cada hogar en condiciones higiénicas, hasta el momento del depósito o colocación en los puntos de acopio, para la recolección a cargo de los vehículos compactadores. Para el efecto se recomiendan las siguientes prácticas: A. Los desechos sólidos orgánicos deberán ser preferen- temente escurridos y envueltos en papel antes de ser puestos en la bolsa de plástico. Con esta práctica se reducirá el olor durante el almacenamiento, recolección, transporte y dispo- sición final. Asimismo disminuirá la destrucción del reci- piente y la presencia de roedores e insectos. B. De preferencia, deberá colocarse en el recipiente portaba- sura una bolsa plástica, en buenas condiciones, de tal manera que luego de llenada la misma, se pueda amarrar. También puede optarse por colocar en el fondo y lados del recipiente hojas de papel, de preferencia periódico, para facilitar el posterior vaciado de desechos y evitar el deterioro de dicho recipiente. C. Los usuarios están obligados a poner a disposición los residuos sólidos en bolsas plásticas y/o recipientes adecua- dos, debidamente protegidos para evitar su dispersión con- servando de esta manera la limpieza de las calles y avenidas. D. Poner a disposición de los vehículos recolectores los residuos sólidos, dentro del horario establecido por la Auto- ridad Municipal para su recojo y disposición final. TITULO III PROHIBICIONES Artículo 5º.- SEGREGACION DE RESIDUOS SOLI- DOS Está terminantemente prohibido la segregación o sepa- ración de los residuos sólidos fueren éstos orgánicos o inorgánicos, desde el momento en que se hubieran deposita- do por los vecinos, para su recolección por el servicio que presta la Municipalidad. Artículo 6º.- PROHIBICION DE RECOLECCION Está prohibida la recolección, domiciliarios, así como el almacenamiento de residuos sólidos, en vehículos o realiza- das por personas no autorizadas por la Municipalidad, deviniendo en clandestina la actividad que éstos realicen, haciéndose acreedores a las sanciones correspondientes.