Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2000 (10/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 10 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES
3.2 Valor normal

Pag. 192813

· (-) Flete interno: Flete de la fabrica al puerto de embarque en Manzanillo. Este ajuste ha sido re-estimado en US$ 21,33, el que difiere del valor senalado por ARANCIA (US$ 6,60), y que fuera consignado en los Hechos Esenciales. Cabe indicar que este ajuste fue cuestionado por DEMSA durante la audiencia del 20 de MORDAZA del 2000 y, mediante su escrito del 26 de MORDAZA del 2000 que contiene los comentarios realizados durante la misma. Por ello, se procedio a revisar dicho calculo. Para estos efectos se dispuso de una muestra de diez (10) facturas por flete proporcionadas por ARANCIA como sustento del ajuste y se verifico que de estas solo dos (2) facturas8 corresponden al pago por transporte de Guadalajara (Estado de Jalisco), lugar de ubicacion de una de las plantas de ARANCIA, a Manzanillo (Estado de Colima), lugar donde se ubica el puerto de embarque. Mientras, las otras ocho (8) facturas presentadas corresponden a traslados de las mercaderias exportadas en el interior de Guadalajara9 . Por tanto, estas ocho (8) facturas no sustentan el valor del flete por el traslado de la mercaderia al puerto de embarque ubicado en Manzanillo. Por este motivo, atendiendo a la mejor informacion disponible, el flete al puerto de embarque ha sido re-estimado sobre la base de las facturas en las cuales se consigna como lugar de destino la MORDAZA de Manzanillo, obteniendose un ajuste por flete interno promedio de US$ 21,33 por TM. · (-) Gastos de Aduanas: Gastos aduanales en Mexico incurridos en las exportaciones a Peru. Ajuste estimado en US$ 6,50 por TM sobre la base de la informacion proporcionada por ARANCIA en su escrito del 26 de MORDAZA de 1999, sustentada mediante facturas. · (-) Flete externo: : Flete maritimo del puerto de Manzanillo al puerto del Callao. Ajuste estimado en US$ 58,90 por TM10 sobre la base de la informacion proporcionada por ARANCIA en su escrito del 26 de MORDAZA de 1999, cotejada mediante facturas y con la base de ADUANAS. Luego de realizar los ajustes correspondientes el precio ex fabrica ha sido estimado en US$ 236,18 por TM. 3.1.2. Jarabe de glucosa

El Acuerdo Antidumping de la OMC, en la nota numero 2 al pie de pagina del numeral 2.2 establece que se considera una cantidad suficiente para determinar el valor normal a partir de las ventas en el MORDAZA interno, si la empresa investigada comercializa en su MORDAZA interno al menos el 5% del total exportado al MORDAZA que realiza la investigacion. En ese sentido, la Secretaria Tecnica ha comprobado, segun la informacion que consta en el expediente, que las ventas al MORDAZA interno mexicano tanto del MORDAZA de maiz como del jarabe de glucosa representan mas del 5% de las ventas de exportacion a Peru. A efectos de determinar el valor normal se dispuso de la lista de ventas de ARANCIA en el MORDAZA mexicano, en la cual se detalla el precio de venta y el flete correspondiente. Esta lista ha sido cotejada con una muestra de copias de facturas correspondientes a ventas que en su conjunto representan mas de la tercera parte del total de ventas efectuadas12 . Los datos contenidos en esta lista coinciden con los contenidos en las facturas, por lo que la lista resulta fiable. El precio de venta interno ha sido calculado como un promedio ponderado del valor del producto13 incluido el flete14 . Debido a ello, a efectos de llevar el precio a nivel ex fabrica se ha realizado el ajuste por flete interno.15 En el escrito del 7 de MORDAZA del 2000 DEMSA16 ha cuestionado dicho ajuste. Sin embargo, para no efectuarlo se debe considerar directamente el valor del producto, lo cual lleva al mismo resultado. 3.2.1. MORDAZA de maiz DEMSA ha senalado que deberia excluirse del calculo del valor normal las ventas efectuadas a la empresa Cerveceria Modelo S.A. aduciendo una supuesta vincu-

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Sobre la base del precio promedio ponderado de exportacion de ARANCIA al Peru estimado en US$ US$ 375,80 por TM, se ha calculado el precio de exportacion del jarabe de glucosa a nivel ex fabrica, realizando los ajustes correspondientes, cuyos valores en dolares por tonelada se detallan a continuacion. · (-) Certificado fitosanitario: Gastos incurridos en las exportaciones a Peru. Ajuste estimado en US$ 0,96 por TM11 sobre la base de la informacion recabada durante la visita de inspeccion a Mexico, relativa al Reglamento de la Secretaria de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo. · (-) Flete interno: Flete de la fabrica al puerto de embarque en Manzanillo. Ajuste estimado en US$ 28,09 por TM sobre la base de la informacion proporcionada por ARANCIA en su escrito del 26 de MORDAZA de 1999, cotejada mediante facturas. · (-) Gastos de Aduanas: Gastos aduanales en Mexico incurridos en las exportaciones a Peru. Ajuste estimado en US$ 9,19 por TM sobre la base de la informacion proporcionada por ARANCIA en su escrito del 26 de MORDAZA de 1999, sustentada mediante facturas. · (-) Flete externo: Flete maritimo del puerto de Manzanillo al puerto del Callao. Ajuste estimado en US$ 55,75 por TM sobre la base de la informacion proporcionada por ARANCIA en su escrito del 26 de MORDAZA de 1999, cotejada mediante facturas y con la base de ADUANAS. Luego de realizar los ajustes correspondientes el precio ex fabrica ha sido estimado en US$ 281,77 por TM. Cuadro 1 Precio de exportacion US$/TM Precio de exportacion Flete externo FOB Flete interno Gastos aduanales Certificado fitosanitario Precio ex fabrica MORDAZA de maiz 323,22 57,90 265,30 21,33 6,50 0,31 236,18 jarabe de glucosa 375,76 55,75 320,05 28,09 9,19 0,96 281,77

Ventas consignadas en las facturas E003316 y E003398. Facturas E003185, E003239, E003300, E003355, E003469, E003473, E003548 Y E000016. Cabe indicar que en Guadalajara ARANCIA dispone de dos plantas de produccion y 4 bodegas (ver folio 03067).

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Para el calculo del flete externo correspondiente a la factura de exportacion E003469 de ARANCIA se consigno inicialmente US$ 1100, estimandose un flete externo promedio de US$ 57,9 por TM. Sin embargo, segun la informacion de ADUANAS y la remitida por ARANCIA se ha podido constatar que el valor del flete de dicha operacion asciende a US$.2200, y, en consecuencia, el valor del flete promedio equivale a US$ 58,9 por TM. Ver nota de pie de pagina numero 9. Aproximadamente 38% del total de ventas. Sin impuesto. Denominado flete nacional. El precio de venta interno se ha calculado como un promedio ponderado del valor total sin impuesto (valor del producto mas flete). De igual manera, el flete interno se ha calculado sobre la base del promedio ponderado del flete interno (denominado en las facturas como flete nacional). En consecuencia, al realizar el ajuste se obtiene unicamente el valor del producto. En este sentido esta metodologia no difiere de calcular el precio de venta interna directamente del valor del producto sin realizar ningun ajuste. A manera de ilustrar este hecho se presenta el siguiente ejemplo:
Ejemplo Producto = Flete nacional = IVA = TOTAL = Cantidad 2 Precio unitario ($/kilo) 50,0 2,5 Importe (valor $) 100,0 5,0 15,8 120,8

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100 (precio del producto) = 105 (precio producto y flete) ­ 5 (precio del flete).
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En el escrito del 7 de MORDAZA del 2000 que contiene los comentarios a los Hechos Esenciales DEMSA ha senalado: "Ajustes por concepto de flete interno: MORDAZA de Maiz US$ 7.19/TM y Jarabe de Glucosa US$ 11.02/TM. Consideramos que no son procedentes ambos ajustes, pues tal como consta en el expediente Arancia cobra por separado el valor del flete. Al respecto citamos como ejemplo la Factura N° H60145 contenida en el folio 03227 donde se aprecia claramente que la mencionada empresa desagrega ambos conceptos: valor del producto y el valor del flete (... )".

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