Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2000 (10/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 10 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- DISPONER, que el propietario de la Habilitacion quede obligado a insertar en los contratos de Compraventa, Cesion y Transferencia que celebren, la Clausula que establezca la indivisibilidad de los lotes. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario a partir de la notificacion de la presente. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Muncipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, al Servicio de Parques de MORDAZA, SERPAR-LIMA y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT para su conocimiento y fines y a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Directora Municipal Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 10241

Articulo 2º.- El presente beneficio, consistira en la Condonacion de los factores de Ajustes e intereses, por deudas de Arbitrios Municipales, Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario, correspondiente a todos los anos, para los predios ubicados en la MORDAZA tradicional del distrito (Este de la Av. MORDAZA Amaru) y/o en las Urbanizaciones Residenciales de la MORDAZA Industrial. Articulo 3º.- Facultese al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza y la prorroga, si fuera necesario. Articulo 4º.- El presente dispositivo entrara en vigencia, al dia siguiente de su publicacion encargando a la Oficina de Imagen Institucional una MORDAZA de difusion masiva y a la Oficina de Rentas su cumplimiento. Dado en el local del Concejo a los 31 dias del mes de agosto del 2000. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA CHACALTANA YEREN MORDAZA 10337

Amplian vigencia de la Ordenanza Establecen beneficio especial de regu- Nº 018-MDI, relativa al cobro del Arlarizacion tributaria para el pago de bitrio de Limpieza Publica en mercados del distrito arbitrios municipales
ORDENANZA Nº 020-MDI EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Independencia, en Sesion Ordinaria de fecha 22 de agosto del 2000, aprobo por mayoria el Dictamen Nº 003-2000-CEP/MDI emitida por la Comision de Economia y Presupuesto, que establece el Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria en la Jurisdiccion de Independencia; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades y el D.S. Nº 065-EF Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y por lo tanto mediante Ordenanza, pueden crear, modificar o exonerar sus contribuciones, arbitrios y derechos conforme a Ley, dentro de su jurisdiccion, ademas excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones de los tributos que administren; Que, con el objetivo de mejorar el servicio de limpieza publica y buscando una solucion integral a este problema, el Concejo Municipal ha aprobado la adquisicion de nuevas unidades, compactadoras y volquetes, con la cual renovaremos nuestra obsoleta flota; Que, debido a los problemas economico-social que atraviesan los contribuyentes del distrito, existe dificultad para el pago de sus obligaciones tributarias e impide que se pongan al dia en sus obligaciones vencidas, en especial por Arbitrios Municipales, por lo es conveniente otorgar facilidades e incentivos a los contribuyentes que deseen regularizar su situacion, motivo por el cual la Oficina de Rentas, ha elevado una propuesta de ordenanza, sobre beneficios tributarios por Arbitrios Municipales; De conformidad con lo expresado en el Dictamen Nº 032000-CEP/MDI, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Establezcase un Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria, en favor de los contribuyentes del distrito de Independencia, a fin que puedan cumplir con ponerse al dia en el pago de sus Arbitrios Municipales, por un lapso de 30 dias. ORDENANZA Nº 021-MDI EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Independencia, en Sesion Ordinaria de fecha 22 de agosto del 2000, aprobo por unanimidad el Dictamen Nº 004-2000-CEP/MDI, emitida por la Comision de Economia y Presupuesto, que establece ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 018-MDI; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica, y administrativa en los asuntos de su competencia; y otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos, y el D. Leg. Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal y la Ley Nº 26725, disponen que las tasas por Servicios Publicos o Arbitrios se calcularan dentro del primer trimestre de cada ejercicio fiscal, en funcion del costo real del servicio a prestar; Que, mediante Ordenanzas Nºs. 002 y 005-99/MDI, se MORDAZA el regimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines, el cual fue ratificado por el Acuerdo Nº 186 del Concejo Municipal de MORDAZA Metropolitana, para el presente ano, y mediante Ordenanza Nº 018MDI, se ha establecido su vigencia, reajustado con la variacion acumulada del I.P.C. del ano 1999, de conformidad con lo dispuesto por el D. Leg. Nº 776; Que, los mercados del distrito han venido pagando por Arbitrios de Limpieza Publica, de acuerdo con un Acta de Compromiso, suscrita en el ano 1996, la misma que ha venido siendo ratificada para los anos 1997, 1998 y 1999, cuyo monto es de Sesenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 60.00) por Tonelada Metrica de residuos; Que, la actual Gestion es consciente de la problematica economico-social de los contribuyentes del distrito, lo cual dificulta que cumplan con sus obligaciones tributarias; De conformidad con lo expresado en el Dictamen Nº 0042000-CEP/MDI, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 018MDI, para el cobro de la tarifa del Arbitrio de Limpieza Publica del presente ano, a los mercados de la jurisdiccion de Independencia.

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA

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