Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2000 (20/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, miercoles 20 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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c) Garantia que cubra el monto de la deuda tributaria objeto del fraccionamiento y de sus intereses. La garantia debera tener vigencia hasta el pago total de la deuda y sera constituida segun lo dispuesto en el articulo siguiente. d) Poliza de seguro con cobertura que cubra todo riesgo sobre el (los) vehiculo(s) materia de importacion. Esta disposicion no es aplicable para los obligados que acrediten la posibilidad de sustituir dicha garantia a satisfaccion de ADUANAS, en caso de perdida o deterioro. Articulo 4º.- La garantia a que se refiere el inciso c) del articulo inmediato anterior, podra tener cualquiera de las siguientes formas: a) Carta fianza irrevocable, solidaria, incondicional y de realizacion inmediata, emitida por una entidad bancaria, financiera, de Fondos de Sociedades de Garantia o companias de seguros expresadas en dolares de los Estados Unidos de Norteamerica. b) Poliza de caucion irrevocable, solidaria, incondicional y de realizacion inmediata una vez ocurrido el siniestro, emitida por una Compania de Seguro, expresada en dolares de los Estados Unidos de Norteamerica, debidamente endosada a favor de ADUANAS. c) Certificado bancario en dolares de los Estados Unidos de Norteamerica. En este caso, ADUANAS sera responsable de la custodia de dicho titulo. d) Primera hipoteca sobre bienes inmuebles de propiedad del beneficiado o de terceros, con arreglo a las disposiciones vigentes, a favor de ADUANAS. Por resolucion del Ministerio de Economia y Finanzas se podra ampliar el MORDAZA de garantias a que se refiere el presente articulo. Conforme se realicen los pagos, la garantia sera reducida proporcionalmente pudiendo incluso ser sustituida por otra que cubra el saldo del adeudo fraccionado. Articulo 5º.- El beneficiado con los alcances de la presente MORDAZA perdera el derecho al fraccionamiento en caso que: a) No utilice exclusivamente los vehiculos en el servicio publico de transporte terrestre, MORDAZA e interurbano, interprovincial e internacional de pasajeros por carretera, en el transporte turistico o en el transporte terrestre de carga. b) De uso distinto al declarado a los bienes materia de importacion. c) Transfiera, sin autorizacion previa de ADUANAS, el (los) bien (es) importado (s) con el beneficio del fraccionamiento, siempre que esten comprendidos dentro de los vehiculos prendados conforme a lo previsto en el presente decreto supremo. d) No mantenga en vigencia la garantia con el monto adeudado. e) No mantenga en vigencia la poliza de seguro contra todo riesgo en los casos en que esta sea exigible. f) No cancele dos cuotas consecutivas o alternas del fraccionamiento otorgado. g) Incumpla con las obligaciones derivadas en las disposiciones contempladas en el presente decreto supremo, asi como en las establecidas en las normas complementarias que se originen como consecuencia de su aplicacion. Articulo 6º.- ADUANAS dictara las normas que resulten necesarias para la mejor aplicacion del presente decreto supremo. Articulo 7º.- El presente decreto supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de setiembre del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion MORDAZA BOLONA BEHR Ministro de Economia y Finanzas 10803

Aceptan renuncia de miembro del Directorio de la CONASEV
RESOLUCION SUPREMA Nº 274-2000-EF MORDAZA, 19 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 187-99-EF de 6 de MORDAZA de 1999, se nombro al senor MORDAZA Zolezzi MORDAZA como miembro del Directorio de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; Que, el senor Zolezzi ha formulado renuncia al cargo mencionado en el considerando precedente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y en el Articulo 4º del Decreto Ley Nº 26126, Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA Zolezzi MORDAZA al cargo de miembro del Directorio de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores CONASEV, expresandole el agradecimiento por los servicios prestados durante el desempeno de dicha funcion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA BOLONA BEHR Ministro de Economia y Finanzas 10807

Dan por concluidos nombramientos de miembros del Directorio de la CONASEV
RESOLUCION SUPREMA Nº 275-2000-EF MORDAZA, 19 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 025-97-EF de 19 de febrero de 1997, se nombro, entre otros, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro del Directorio de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; Que, a la fecha, se encuentra concluido el periodo para el que fue designada la mencionada persona; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y en el Articulo 4º del Decreto Ley Nº 26126, Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluido el encargo efectuado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro del Directorio de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, expresandole el agradecimiento por los servicios prestados durante el desempeno de dicha funcion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA BOLONA BEHR Ministro de Economia y Finanzas 10808

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