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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (04/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 208265 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de agosto de 2001 dependencias de la entidad determinará sus necesidades de bienes, servicios en general, de consultoría y ejecución de obras, en función de sus respectivas metas y señalando prioridades; el Artículo 6º señala que el Plan Anual de Adquisiciones deberá contener la información referida a las licitaciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones directas que se realizarán durante el año fiscal, la programa- ción respectiva, una síntesis de las especificaciones técnicas, niveles de centralización y desconcentración de la facultad para adquirir o contratar y las fechas probables de las convocatorias de los procesos de selección; y, el Artículo 7º del mismo cuerpo legal establece que el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa; Que, la Subgerencia de Abastecimiento y Patrimonio Fiscal de la Gerencia Regional de Administración, ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes del CTAR PUNO para el Ejercicio Fiscal 2001, sobre la base de sus lineamientos de política, presupuesto insti- tucional aprobado y necesidades de bienes y servicios de las diferentes unidades orgánicas de la Institución; En el marco de las funciones y atribuciones confe- ridas mediante Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descen- tralización, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; y, En uso de las atribuciones conferidas por los Artícu- los 197º y 198º de la Constitución Política del Perú y Resolución Suprema Nº 104-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES del Con- sejo Transitorio de Administración Regional Puno, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2001, el mismo que en dos (2) folios forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado, sea puesto a disposición de los interesados en la Subgerencia de Abastecimiento y Patrimonio Fiscal, instancia a través de la cual se tramitará la publicación correspondiente. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE PERCY REYES MARTINEZ Presidente Ejecutivo CTAR PUNO 28602 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Declaran cumplidas obras de habilita- ción urbana de terreno para uso resi- dencial ubicado en el distrito de San- tiago de Surco RESOLUCIÓN Nº 308-2001-MML-DMDU Lima, 27 de junio de 2001 EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Visto, el Documento Simple Nº 029283-87, Nº 13337- 99, Nº 14072-2000, Anexo Nº 000146-2000, Codificado Nº 48359-99 y acumulados seguidos por la JUNTA DE PROPIETARIOS RESIDENCIAL LOS ROSALES SUR- CO, en representación de MAX AGÜERO FERNAN- DEZ, su cónyuge IRENE BUSTAMANTE WAKAMAT- SU y Otros, por los que solicitan la Recepción de Obras de Habilitación Urbana del terreno de DOS MIL QUI- NIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRA- DOS (2,546.00 m2), para Uso Residencial de Alta Densi- dad "R-5" (Conjunto Residencial), denominado Sublote "A-1", Sector "A" ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima;CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 439-MLM/AM-SMDU de fe- cha 16 de mayo de 1988, se aprobó, de conformidad con el plano signado con el Nº 045-88-MLM/DGO-DU-DRD los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana, para Uso de Vivienda (Conjunto Residencial), del terreno de 6,700.00 m2, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, debiendo cancelarse el déficit de los aportes para Recreación Pública de 554.21 m2, Ministerio de Educación de 134.00 m2, Otros Fines de 268.00 m2 y Servicios de Parques de 67.00 m2; Que, el terreno de 2,546.00 m2, materia de trámite, formó parte del terreno descrito en el párrafo que ante- cede, encontrándose independizado en la Ficha Nº 364091 de la Oficina Registral de Lima y Callao; Que, con Oficio Nº 787-2000-MML-DMDU-DHU, de fecha 18 de setiembre del 2000, se ha informado a la Dirección de Fiscalización y Control de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la imposición de multas corres- pondientes al presente trámite; Que, con Informe Nº 177-2000-MML-DMDU-DHU- DCO, de fecha 21 de agosto del 2000, de la División Control de Obras de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, se concluye que se ha cumplido con presentar la documenta- ción que el trámite requiere, abonando los derechos corres- pondientes señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos TUPA, y el Reglamento Nacional de Cons- trucciones, habiendo ejecutado las Obras de Habilitación Urbana el terreno materia de trámite y habiendo cancelado los déficit de aportes reglamentarios; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y con lo recomendado por la Dirección de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997; Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997, Ordenanza Nº 273 del 18 de mayo del 2000, Decreto de Alcaldía Nº 055 del 11 de julio del 2000 y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLÁRESE, cumplidas en Vías de Regularización por la JUNTA DE PROPIETARIOS RE- SIDENCIAL LOS ROSALES SURCO, en representación de MAX AGÜERO FERNANDEZ, su cónyuge IRENE BUSTA- MANTE WAKAMATSU y Otros de conformidad con el plano signado con el Nº 060-2000-MML-DMDU-DHU, las Obras de Habilitación Urbana del terreno de DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (2,546.00 m2), para Uso Residencial de Alta Densidad "R-5" (Conjunto Residencial), denominado Sublote "A-1", Sector "A" ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima y autorízase la libre venta del área útil de 1,737.60 m2 según el siguiente detalle: Manzana Nº Lotes Numeración Area Util Total= 1,737.60 m2 Libre Ocupada por Estaciona- Edificación miento Unica 01 01 658.60 m2 750.00 m2 329.00 m2 De la diferencia de 808.40 m2, corresponde 358.40 m2 a áreas de circulación y vías públicas y 450.00 m2 a área destinada a Recreación Pública conformada por el Par- que Nº 01 con 142.00 m2, Parque Nº 02 con 140.00 m2 y Parque Nº 03 con 168.00 m2. Las vías de acceso a las áreas de Recreación Pública tendrán la condición de Uso Público. Artículo Segundo.- DISPONER, que los propieta- rios de la Habilitación queden obligados a insertar en los contratos de Compraventa que celebren las Cláusulas que establezcan la indivisibilidad de lote sin la debida autorización municipal, debiendo sujetarse a lo estable- cido en la Ley Nº 27157 y su Reglamento aprobado por Resolución Viceministerial Nº 004-2000-MTC/15.04. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Reso- lución a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco