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Pág. 208602 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de agosto de 2001 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 043 -2001-SUNASS/CD Lima, 8 de agosto del 2001 VISTOS: El Oficio Nº GG-239-2001, del 15.6.2001, con el cual la “Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Sanea- miento de las Provincias Alto Andinas Sociedad Anóni- ma” EMPSSAPAL S.A., presenta su Plan Financiero y una propuesta de incremento tarifario; El Informe Nº 067-2001-SUNASS-110, y el Informe Nº 073-2001-SUNASS-110, que evalúan la propuesta de EMPSSAPAL S.A.; El Oficio Nº 309-2001-GG-EPS, de fecha 1.8.2001, mediante el cual comunica que el Directorio de EMPSS- APAL S.A. otorga su conformidad a las fórmulas tarifa- rias elaboradas por la SUNASS; CONSIDERANDO: Que, EMPSSAPAL S.A. ha procedido a formular su Plan Maestro para el período 2000 - 2025, el mismo que cuenta con la aprobación de la empresa por Acuerdo de Directorio Nº 10-01-EMPSSAPAL S.A. del 11.6.2001 y la conformidad de la SUNASS, dada a conocer mediante Oficio Nº 1161-2001-SUNASS-030, del 18.6.2001; Que, en base a su Plan Maestro EMPSSAPAL S.A. ha procedido a formular su correspondiente Plan Financie- ro para el período 2001 - 2005, de acuerdo a los linea- mientos metodológicos dados a conocer por la SUNASS; Que, en esta etapa corresponde a la SUNASS apro- bar las fórmulas tarifarias; así como determinar los Niveles de Cobertura y Calidad del Servicio y las metas de gestión para el período 2001 - 2005; Que, mediante el Informe Nº 067-2001-SUNASS- 110 y el Informe Nº 073-2001-SUNASS-110 de vistos se proponen las correspondientes fórmulas tarifarias de EMPSSAPAL S.A. las que definen los incrementos tarifarios para dicha empresa en los próximos 5 años; así como los respectivos niveles de cobertura y cali- dad del servicio, las metas de gestión y la modifica- ción de la estructura tarifaria aprobada mediante Resolución de Superintendencia Nº 1200-99-SUNASS, Anexo Nº 29A; Que, con Oficio Nº 1411-2001-SUNASS-030, de fecha 20.7.2001, SUNASS da a conocer las fórmulas tarifarias que debe aplicar EMPSSAPAL S.A., la misma que mani- fiesta su conformidad mediante Oficio Nº 309-2001-GG- EPS; Que, en virtud a dichas fórmulas EMPSSAPAL S.A. debe proceder a aprobar las tarifas correspondientes al período 2001 - 2005, lo cual le permitirá alcanzar los niveles de cobertura y calidad del servicio, así como las metas de gestión para dicho período, en condiciones de eficiencia en la gestión empresarial; Estando a lo acordado en la sesión de Consejo Direc- tivo Nº 12-2001-SUNASS, del 20.7.2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el Anexo Nº 29A de la Resolución de Superintendencia Nº 1200-99-SUNASS, de fecha 29 de diciembre de 1999, que aprueba la estructura tarifaria de la Empresa Municipal Presta- dora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas Sociedad Anónima” EMPSSAPAL S.A., conforme al Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Aprobar las fórmulas tarifarias aplica- bles a EMPSSAPAL S.A., para el período comprendido del 2001 al 2005, que se encuentran contenidas en el Anexo Nº 02, de la presente Resolución, el que forma parte integrante de la misma. Artículo 3º .- Establecer que en base a las fórmulas tarifarias a que se refiere el artículo anterior la Junta General de Accionistas de EMPSSAPAL S.A., deberá proceder a la aprobación de las tarifas correspondientespara el período 2001 - 2005; tomando como base la estructura tarifaria aprobada en el Articulo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Establecer los Niveles de Cobertura y Calidad del Servicio y las Metas de Gestión que deberá alcanzar EMPSSAPAL S.A., en el período 2001-2005 y que conjuntamente con sus correspondientes indicado- res figuran en el Anexo Nº 03 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 5º.- EMPSSAPAL S.A., presentará a la SUNASS un informe trimestral sobre el cumplimiento de los Niveles de Cobertura y Calidad del Servicio, así como de las Metas de Gestión. Artículo 6º.- Encargar a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización la verificación del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 7º.- En caso que EMPSSAPAL S.A., no cumpla con los niveles y metas a que se refiere el Artículo 4º, no podrá aplicar los subsiguientes incrementos tari- farios. Artículo 8º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE OLIVEROS MEZA Presidente Consejo Directivo ANEXO Nº 01 EPS EMPSSAPAL S.A. Estructura Tarifaria para el Servicio de Agua potable y Alcantarillado Localidad de Sicuani A.- Servicio de Agua potable Sicuani Categoría Rangos Consumo Asignación de Consumo Tarifas Mínimo de Consumo m3/mes S/. / m3 m3/mes m3/mes Social 0 a más 0.4833 7 18 Doméstica0 -15 0.48336 1516 a más 0.7000 Comercial0 a 24 0.70009 2425 a más 1.0000 Industrial0 a 60 1.000024 6061 a más 1.8000 Estatal0 a 20 0.70008 2021 a más 1.0000 B.- Cargo por el Servicio de Alcantarillado Equivale al 40% del importe a facturar por el servicio de agua potable. Localidad de Santo Tomás A.- Servicio de Agua potable Santo Tomás Categoría Rangos Tarifas Consumo Asignación de Consumo S/. / m3 Mínimo de Consumo m3/mes m3/mes m3/mes Social0 -10 0.25004 1011 a más 0.3500 Doméstica0 -15 0.26846 1516 a más 0.3800 Comercial 0 - 20 0.45008 20Industrial 21 a más 0.6400 Estatal0 - 20 0.27008 2021 a más 0.3800 B.- Cargo por el Servicio de Alcantarillado Equivale al 40% del importe a facturar por el servicio de agua potable.