Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2001 (10/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, viernes 10 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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contratacion de las servidoras mencionadas, precisandose su afectacion a nivel de la Cadena Funcional Programatica y Meta Presupuestaria determinada en el mismo; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone en el inciso f) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones de bienes y servicios cuando no admiten sustitutos; Que, mediante Informe Nº 549-2001-INC/GL, se establece que en razon a que la contratacion de los servicios materia del presente Informe, deben realizarse con personas que cuentan con las encargaturas correspondientes para el desempeno de sus funciones, en tal virtud no admite sustituto, carece de objeto llevar a cabo los Procesos de Seleccion correspondientes, por lo que procede expedirse previamente la Resolucion Directoral Nacional que exonere sus contrataciones del MORDAZA de Seleccion pertinente; Estando a lo visado por la Gerencia Administrativa, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209, "Ley de Gestion Presupuestaria del Estado", el Decreto Legislativo Nº 909-2000 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2001", Ley Nº 27427, Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y el Decreto Supremo Nº 0272001-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR la exoneracion al MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa la Contratacion de las servidoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subgerente de Contabilidad y Eloyza MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subgerente de Tesoreria, desde el 1 de MORDAZA hasta el 31 de diciembre del 2001, segun se detalla en Anexo adjunto, las mismas que cuentan con encargaturas para el desempeno de sus funciones, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Administrativa del Instituto Nacional de Cultura la contratacion de las servidoras a que se contrae la presente Resolucion, bajo la modalidad de Servicios No Personales, mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo 3º.- El egreso que origine la presente Resolucion se afectara a las metas Presupuestales y Cadena Funcional Programatica del ano 2001, cadena del Gasto 5.3.11.27, Fuente de Financiamiento segun disponibilidad Presupuestal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CARRE Director Nacional 28939 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 747/INC MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 089-2001-INC/DN, Memorandum Nº 167-2001-INC/DE, Oficio Nº 0812001-INC/GPP, Memorandum Nº 189-2001-INC/GA, Oficio Nº 111-2001-INC/DIGESNAMU, Oficio Nº 0332001-INC/OSN, Memorandum Nº 073-2001-ING/GL, Informe Nº 099-2001-INC/DGPA-D y Oficio Nº 033-

2001-INC/OSN se requiere a la Gerencia Administrativa disponga la renovacion de los contratos de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tudela, MORDAZA Pomareda Degregori, MORDAZA Pena MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Sandiga MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Rufasto, MORDAZA MORDAZA Ganoza MORDAZA, MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maggiolo Dibos, desde el 1 de junio al 31 de diciembre del presente ano, personal que viene prestando sus servicios a esta Entidad y del senor MORDAZA Kundicevic, desde el 1 de junio hasta el 31 de agosto del presente ano; Que, mediante Informes Nºs. 102 y 110-2001-INC/ GA-SGL, la Subgerencia de Logistica da cuenta que se encuentran exonerados del MORDAZA de Seleccion correspondiente, las contrataciones que se realicen "para servicios personalisimos" cuando para dicha contratacion se tiene en cuenta la persona del locador, por sus caracteristicas inherentes, particulares o esenciales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio, y que en este caso, con el fin de garantizar el cumplimiento de las actividades propias de la Entidad, se ha tenido en cuenta las labores que cumplen las personas MORDAZA referidas, determinandose que se ajustan a lo requerido en el Articulo 111º del Reglamento del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; Que, por Informes Nºs. 146 y 152-2001-INC/GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto senala que existen los recursos presupuestales para realizar la contratacion del servidor precitado, precisandose en ellos su afectacion a nivel de meta presupuestaria y cadena funcional programatica; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone en el inciso h) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones para servicios personalisimos; Que, mediante Informe Nº 529-2001-INC/GL, se senala que habiendose determinado que las contrataciones MORDAZA mencionadas deben realizarse con personas que posean conocimientos particulares o esenciales, y en este caso, los mismos se han desarrollado en las actividades propias en la Entidad, debe necesariamente tenerse en cuenta la persona del locador, por ser de caracter personalisimo, careciendo de objeto llevarse a cabo los Procesos de Seleccion correspondientes; Estando a lo visado por la Gerencia Administrativa, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209, "Ley de Gestion Presupuestaria del Estado", el Decreto Legislativo Nº 909-2000 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2001", Ley Nº 27427, Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y el Decreto Supremo Nº 0272001-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR la exoneracion de los Procesos de Seleccion de Adjudicacion Directa, las contrataciones de los servidores del Instituto Nacional de Cultura, segun se detalla en Anexo adjunto, por la modalidad de Servicios No Personales, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Administrativa del Instituto Nacional de Cultura la contratacion de los servidores a que se contrae la presente Resolucion, bajo la modalidad de Servicios No Personales, mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo 3º.- El egreso que origine la presente Resolucion se afectara a las metas Presupuestales y Cadena Funcional Programatica del ano 2001, Cadena del Gasto

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