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Pág. 208589 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de agosto de 2001 Establecen procedimiento operativo para llevar a cabo traspaso de afilia- dos de las AFP CIRCULAR Nº AFP-010-2001 Lima, 9 de agosto del 2001 Ref.: Procedimiento operativo aplicable a las AFP de origen y de destino en el proceso de traspaso de un afiliado en el SPP Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atribu- ciones conferidas por el numeral 9 del Artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, y la Primera Disposición Final y Transitoria de la Resolución SBS Nº 589-2001, y con la finalidad de establecer al procedimien- to operativo para llevar a cabo el traspaso de un afiliado de una AFP denominada de origen a otra AFP denomi- nada de destino, esta Superintendencia dispone lo si- guiente: 1. Alcance La presente norma se aplica a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante AFP, y a los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, en adelante SPP, que presenten solicitudes de traspaso.29053 Anexo II LOGO DE LA AFP DESTINO SOLICITUD DE TRASPASO (impreso) (impreso) 1. IDENTIFICACIÓN DEL AFILIADO Apellido Paterno Apellido Materno o de Casada Primer Nombre Segundo Nombre Tipo Documento de Identidad Nro. Documento de Identidad Código Unico de Identificación del SPP - CUSPP DOMICILIO PARTICULAR Avenida (Av.) / Calle (Cl.) / Pasaje (Pj.) / Jirón (Jr.) Número (Nº) / Departamento (Dpto.) / Interior (Int.) / Manzana (Mz.) / Lote (Lte.) Urbanización (Urb.) Distrito Provincia Departamento Teléfono 2. DATOS DEL EMPLEADOR Número de empleadores (en números) : ______ de _____ Nombre o Razón Social N° RUC Avenida (Av.) / Calle (Cl.) / Pasaje (Pj.) / Jirón (Jr.) Número (Nº) / Departamento (Dpto.) / Interior (Int.) / Manzana (Mz.) / Lote (Lte.) Urbanización (Urb.) Distrito Provincia Departamento Teléfono 3. IDENTIFICACIÓN DEL PROMOTOR (AFP Destino) Código Apellido Paterno Apellido Materno o de Casada Primer Nombre Segundo Nombre 4. VERIFICACION DE LA SOLICITUD 4.1 Verificación de la retención de aportes (a ser llenado por la AFP de Origen) 4.2 Recepción de la Solicitud de Traspaso verificada (a ser llenado por la AFP Destino) Comprobación de boletas de pago de dos últimos meses (para el dependiente) Copia simple del documento de identidad Pago de dos últimos aportes (para el independiente) Copia de las cuatro boletas de pago inmediatamente anteriores a las del 4.1. (dependiente) Otros (especificar) Firma y sello del Representante AFP Origen Lugar y fecha 5. DECLARACION DE TRASPASO 6. RESULTADO DE LA SOLICITUD (a ser llenado por la AFP de Destino) A través de la presente solicitud, declaro mi decisión de trasladar la Procede No procede administación de mi cuenta individual de capitalización de la AFP ........................... Motivo de la improcedencia: (de Origen) a la AFP de Destino. Fecha (dd/mm/aaaa) Firma del Afiliado Firma del Promotor AFP Sello de recepción Huella digital (afiliado) Nota. - En caso el afiliado no estuviese satisfecho con relación al servicio brindado por la AFP de origen, podrá presentar su reclamo o queja a la Plataforma de Atención al Usuario de la SBS (Teléfono 470 9919) Firma representante de la AFP Sello de la AFPNº Solicitud 2. Procedimiento operativo Una vez presentada la solicitud de traspaso se proce- derá del modo siguiente: 2.1. La AFP de destino, dentro de los cinco (5) prime- ros días de cada mes “t+1”, comunicará a la Superinten- dencia vía red, la relación de afiliados que hayan presen- tado su solicitud de traspaso en el mes “t”. 2.2. Dentro del día siguiente de vencido el plazo a que se refiere el numeral precedente, la Superintendencia notificará vía red a la AFP de origen la relación de los afiliados que han solicitado traspaso, a fin de que ésta verifique lo siguiente: i) Que se cumpla con el requisito de las aportaciones a que se refiere el Artículo 27º del Título V; y, ii) Que el afiliado no se encuentre comprendido bajo ninguno de los supuestos previstos en el Artículo 29º del referido Título. En caso de incumplimiento de la condición prevista en el subinciso i) que antecede, la AFP de origen deberá precisar cuál o cuáles de los seis (6) aportes referidos son los que no han sido pagados ni retenidos. 2.3. La AFP de origen tendrá hasta el duodécimo día del mismo mes, para informar a la Superintendencia acerca del resultado de la verificación practicada, ha- ciendo mención de la causal aplicable en caso de rechazo, lo que se pondrá en conocimiento de la AFP de destino por medio de la Superintendencia, bajo un proceso de conciliación vía red; 2.4. Dentro de los tres (3) días siguientes a dicha información, la Superintendencia notificará vía red a la AFP de ori gen y a la AFP de destino la procedencia o