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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (15/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 208773 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de agosto de 2001 Iniciativas de Transición" entre la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América, suscrito en Lima, el 12 de julio del año 2001. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la Repúbli- ca. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de agosto del año dos mil uno. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores CONVENIO DE COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL Y ASISTENCIA PARA LAS INICIATIVAS DE TRANSICION ENTRE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA La Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), en lo sucesivo denominada "la Agencia", por una parte y el Gobierno de la República del Perú, en lo sucesivo denominado "el Gobierno del Perú, representado por el Ministerio de Relaciones Exterio- res, por otra parte, en conjunto denominadas "las par- tes". Considerando que el Convenio General entre el Perú y los Estados Unidos de América sobre Cooperación Técnica, firmado en Lima con fecha 25 de enero de 1951, prevé que se pueden llevar a cabo programas y proyectos determinados de cooperación técnica de acuerdo a las estipulaciones de los convenios o entendimientos cele- brados entre las partes. Considerando el ofrecimiento efectuado por la Agen- cia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacio- nal (USAID), para desarrollar un programa de coopera- ción técnica internacional y asistencia para las iniciati- vas de transición. De acuerdo con lo establecido en las normas legales peruanas de cooperación técnica internacional en parti- cular, y la legislación nacional en general, Han convenido lo siguiente: ARTICULO 1: OBJETIVO El presente Convenio tiene por objetivo describir la asistencia rápida y flexible al Perú en el marco del presente proceso de transición política. ARTICULO 2: EJECUCION, SEGUIMIENTO Y CONSULTAS 1. El Gobierno del Perú adoptará todas las medidas necesarias para garantizar la buena ejecución del pre- sente Convenio, y designa a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional (SECTI) de la Presi- dencia del Consejo de Ministros, como contraparte téc- nica del mismo. Las partes acuerdan las medidas y acciones necesa- rias para la implementación de las actividades descritas en el Proyecto adjunto, en el marco de la legislación local sobre cooperación técnica internacional, el Convenio General sobre Cooperación Técnica y el derecho interna- cional público. 2. La Agencia y el Gobierno del Perú consultarán, por la vía diplomática, con el fin de lograr una utilización óptima de la cooperación y asistencia descrita en el presente Convenio. Asimismo, procederán periódicamente a un examen e intercambio de información sobre la marcha del mismo. 3. En materia de seguimiento de la cooperación, la Agencia y el Gobierno del Perú se mantendrán regular- mente informados sobre la ejecución de las actividades descritas en este Convenio, y adoptarán las medidas necesarias con el fin de garantizar la buena ejecución del mismo.ARTICULO 3: COOPERACION TECNICA Y ASISTENCIA La cooperación técnica y asistencia de la Agencia incluirá pequeñas donaciones de bienes y servicios, destinados princi- palmente a instituciones reconocidas no gubernamentales pudiendo otorgarlas también a entidades gubernamentales. El aporte financiero otorgado por la Agencia al Perú, a través de la implementación de este programa, podrá ascender hasta $ 10.5 millones sujeto a la disponibilidad de fondos de USAID para este propósito. ARTICULO 4: ADMINISTRACION El manejo financiero de estos recursos se hará a través del establecimiento de una cuenta bancaria en un banco local. Dicha cuenta tendrá el nombre de "Convenio para las Iniciativas de Transición AID/Perú". La USAID designará una persona para el manejo y administración de esta cuenta en representación de la Agencia, lo cual será comunicado al Gobierno del Perú por la vía diplomática. ARTICULO 5: CLASES DE ASISTENCIA TECNI- CA Las donaciones otorgadas bajo el marco de este Con- venio estarán orientadas a las siguientes líneas: - Descentralización y Fortalecimiento de Gobiernos Locales: pueden darse a través de actividades de capaci- tación como organización de seminarios, talleres y gru- pos de participación ciudadana. - Reforma Congresal: actividades de capacitación para autoridades recién electas y foros comunitarios con la participación de funcionarios del gobierno. - Relaciones Civiles-Militares: pueden ejecutarse a través de la capacitación de comités de monitoreo sobre asuntos claves; forums y discusiones sobre asuntos rela- cionados a la defensa; capacitación a periodistas en temas como ética de los periódicos en informes sobre asuntos relacionados con la defensa. - Comisión de la Verdad: campañas de información; capacitación, asistencia técnica a la Comisión de la Ver- dad en temas específicos. - Anticorrupción. - Otras áreas que se consideren apropiadas. ARTICULO 6: REGIMEN FISCAL El régimen fiscal aplicado por el Gobierno del Perú es el contenido en la legislación tributaria nacional, el Convenio General sobre Cooperación Técnica, así como en lo estable- cido en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomá- ticas y otros Tratados en lo que fuere aplicable. ARTICULO 7: MODIFICACIONES Las disposiciones del presente Convenio pueden ser modificadas mediante acuerdo escrito entre las partes. ARTICULO 8: ENTRADA EN VIGOR El presente Convenio entrará en vigor a la firma del Convenio. ARTICULO 9: ANEXO El presente Convenio contiene un Anexo relativo a la descripción específica del proyecto de iniciativas de tran- sición, el cual forma parte integrante del mismo. ARTICULO 10: NUMERO DE EJEMPLARES El presente Convenio se suscribe en ambos idiomas español e inglés igualmente auténticos. Suscrito en Lima el 12 de julio del 2001 REPUBLICA DEL PERU JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Ministro de Relaciones Exteriores UNITED STATES OF AMERICA JOHN R. HAMILTON Ambassador THOMAS L. GEIGER USAID/Peru Mission Director 29280