Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2001 (15/08/2001)


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NORMAS LEGALES
VISTOS:

MORDAZA, miercoles 15 de agosto de 2001

acciones judiciales respectivas contra los presuntos responsables; Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 240-2000JUS, y 241-2000-JUS se designo al doctor MORDAZA MORDAZA Ugaz Sanchez-Moreno como Procurador Publico Ad Hoc, a fin que ejerza la defensa de los derechos e intereses del Estado respecto de los delitos perpetrados por el ex asesor del Servicio de Inteligencia Nacional - SIN, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los demas que resulten responsables; Que, con el fin de contribuir con la investigacion que lleva a cabo el Congreso de la Republica para determinar el origen, el movimiento y el monto actual del dinero existente en las cuentas bancarias que tiene el ex asesor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el Peru y en el extranjero, como producto de los presuntos Delitos de Enriquecimiento Ilicito, Narcotrafico, MORDAZA de Dinero, Trafico de MORDAZA y Corrupcion de Funcionarios, en el Periodo comprendido entre 1990 y el cese de sus funciones como asesor del Servicio de Inteligencia Nacional, es pertinente hacer de conocimiento de la misma, los hechos MORDAZA descritos; y, De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 12º del D. L. Nº. 17537, modificado por el D. L. Nº 17667, y el Articulo 19º inciso f) del D. L. Nº 26162; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al senor Procurador Publico de la Contraloria General de la Republica, para que en coordinacion con el senor Procurador Publico Ad Hoc, designado mediante Resoluciones Supremas Nºs. 240-2000-JUS, y 241-2000-JUS formule y/o gestione la denuncia constitucional correspondiente contra el ex Presidente de la Republica MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI, propiciando la acusacion constitucional regulada en los Articulos 99º y 100º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con la Ley Nº 26231 de 25.SET.93, conforme a lo establecido en el Articulo 89º del Reglamento del Congreso de la Republica y lo dispuesto por la Ley Nº 27399 del 12.ENE.2001. Articulo Segundo.- Autorizar al senor Procurador Publico de la Contraloria General de la Republica, para que en coordinacion con el senor Procurador Publico Ad Hoc, designado mediante Resoluciones Supremas Nºs. 240-2000-JUS, y 241-2000-JUS formule las acciones legales por los hechos expuestos, contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los ex Jefes del Servicio de Inteligencia Nacional - SIN, comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al senor Presidente del Congreso de la Republica, asi como a la Comision Investigadora que designe para determinar el origen, el movimiento y el monto actual del dinero existente en las cuentas bancarias que tiene el ex asesor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el Peru y en el extranjero, como producto de los presuntos Delitos de Enriquecimiento Ilicito, Narcotrafico, MORDAZA de Dinero, Trafico de MORDAZA y Corrupcion de Funcionarios, en el Periodo comprendido entre 1990 y el cese de sus funciones como asesor del Servicio de Inteligencia Nacional, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HIGAONNA DE MORDAZA Contralora General de la Republica 29262

El Expediente Nº 753-2001 recibido el 21 de junio de 2001, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el cual interpone recurso de revision contra el Acuerdo de Concejo Nº 005-2001-MPH-A de fecha 29 de MORDAZA de 2001, que declara la vacancia de su cargo de Regidor del Concejo Provincial de Huanta, departamento de Ayacucho; de igual modo comunica el fallecimiento del MORDAZA don MORDAZA MORDAZA La Torre; y, solicita se le proclame MORDAZA del Concejo Provincial de Huanta; El Expediente Nº 765-2001 recibido el 22 de junio de 2001, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Municipal del Concejo Provincial de Huanta, por el cual comunica el fallecimiento del MORDAZA y remite el expediente sobre la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chambi; El escrito recibido el 28 de junio de 2001, por el cual el Regidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita se le extienda la credencial que lo acredite como MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huanta; El Expediente Nº 807-2001 recibido el 11 de MORDAZA de 2001, presentado por los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Zonia MORDAZA La Fuente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Lama Ozejo y MORDAZA MORDAZA Tutaya MORDAZA, por el cual comunican que el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA se ha autoproclamado MORDAZA encargado del municipio; CONSIDERANDO: Que con el Acta de Defuncion Nº 00295420 que en MORDAZA certificada obra a fojas 12, expedida por el Jefe de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Vinchos, se constata que don MORDAZA MORDAZA La MORDAZA fallecio el dia 12 de junio de 2001; y, conforme lo establece el Articulo 61º del Codigo Civil, la muerte pone fin a la persona; Que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en sesion de fecha 27 de MORDAZA de 2001, el Concejo Provincial de Huanta que esta constituido por un MORDAZA y nueve Regidores acordo con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros declarar la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las causales de inconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo y cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion de la Municipalidad, previstas en los numerales 4) y 5) del Articulo 26º de la Ley Nº 23853; segun consta del acta que en MORDAZA certificada obra de fojas 47 vuelta a 51, expidiendose el Acuerdo de Concejo Nº 0052001/MPH/A que obra a fojas 4; Que los cargos de las citaciones que obran de fojas 21 a 24, para concurrir a las sesiones de Concejo de fechas 25, 30 de MORDAZA, 13 y 21 de MORDAZA de 2001, vinculados al Oficio Nº 007/01/ASCH de fojas 5, por el cual con fecha 16 de MORDAZA de 2001 don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA comunica la imperiosa necesidad de separarse del Concejo Municipal por razones de indole personal, y, comprobada la inasistencia del citado Regidor a las sesiones de las mismas fechas, segun consta las copias de las actas que obran de fojas 34 vuelta a 47, se concluye que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en la causal de vacancia por inconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo; Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el cargo del MORDAZA es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, que es el Regidor habil que le sigue en la lista electoral, esto es, del Movimiento Independiente Vamos Vecino a la cual pertenecia el Alcalde; sin embargo, teniendo en cuenta que el Regidor que le sigue no esta habil, en aplicacion supletoria del Articulo 30º de la citada ley, corresponde al Concejo Municipal determinar al Alcalde; y, para completar el numero legal de miembros se debe convocar a dos candidatos no proclamados de la ya citada agrupacion politica, en la que tambien postulo como candidato el Regidor vacado; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundado el recurso de revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA

JNE
Convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargos de regidores de los Concejos Provinciales de Huanta, Talara y MORDAZA
RESOLUCION Nº 573-2001-JNE MORDAZA, 14 de agosto de 2001

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