Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2001 (15/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, miercoles 15 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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Chambi; en consecuencia, declarar validos el acuerdo tomado en la sesion de fecha 27 de MORDAZA de 2001 por el Concejo Provincial de Huanta, departamento de MORDAZA y, el Acuerdo de Concejo Nº 005-2001-MPH/A que declaran la vacancia del cargo de Regidor del impugnante. Articulo Segundo.- Declarar improcedente el pedido formulado por el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fajardo. Articulo Tercero.- Convocar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidatos no proclamados del Movimiento Independiente Vamos Vecino, para que asuman los cargos de Regidor del Concejo Provincial de Huanta, departamento de Ayacucho; por fallecimiento del MORDAZA MORDAZA MORDAZA La MORDAZA y vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chambi; debiendo otorgarseles las respectivas credenciales a los convocados. Articulo Cuarto.- Ordenar que los miembros del Concejo Provincial de Huanta mediante acuerdo de Concejo adoptado con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de miembros, determine al Regidor que asumira el cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Huanta, departamento de Ayacucho; debiendo poner en conocimiento de este organo electoral la decision adoptada. Articulo Quinto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese.

mir el cargo de Regidor al senor Rogger MORDAZA MORDAZA, candidato del Movimiento Independiente "Vamos Vecino"; Al MORDAZA de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado y la ley, el Pleno del MORDAZA Nacional del Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar al senor Rogger MORDAZA MORDAZA para que asuma el cargo de Regidor en el Concejo Provincial de Talara, en reemplazo del cargo del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, vacado por fallecimiento. Articulo Segundo.- Otorgar la credencial correspondiente al Regidor convocado, quien debera jurar y asumir el cargo, para ejercerlo en el periodo municipal 1999 a 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 29289

SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 29285 RESOLUCION Nº 577-2001-JNE Exp. Nº 864-2001-Talara MORDAZA, 14 de agosto de 2001

RESOLUCION Nº 579-2001-JNE MORDAZA, 14 de agosto de 2001 Visto el Expediente Nº 820-2001 sobre vacancia del cargo de Regidor del Concejo Provincial de MORDAZA que ejerce don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, iniciado el 20 de MORDAZA de 2001 a solicitud de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del referido Concejo, quien solicita se convoque al candidato suplente al haberse declarado la vacancia del citado cargo municipal por la causal de ausencia de la localidad por mas de 30 dias sin contar con la autorizacion correspondiente; CONSIDERANDO:

VISTO: El Oficio Nº 311-07-2001-MPT presentado el 31 de MORDAZA del 2001, por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Provincial de Talara, mediante el cual informa la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el referido Concejo; y solicita se convoque al llamado por ley; y, CONSIDERANDO: Que se advierte en la MORDAZA del Acuerdo Municipal Nº 051-07-2001-MPT, que el Concejo Provincial de Talara en sesion de fecha 24 de MORDAZA del 2001, al MORDAZA de lo dispuesto en el numeral 10) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, ha declarado por causal de fallecimiento, la vacancia del cargo de Regidor que ejercia en el mencionado concejo el senor MORDAZA MORDAZA Sanchez; Que con el certificado de defuncion de fojas 7, expedido por la Municipalidad Provincial de Talara, se ha acreditado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha fallecido en la referida provincia, el dia 19 de MORDAZA del presente ano; Que de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 61º del Codigo Civil, la muerte pone fin a la persona humana; consiguientemente en el presente caso procede la declaratoria de vacancia; Que segun lo establece el numeral 2) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en caso de vacancia de un Regidor, lo reemplaza el suplente respectivo; y revisada la lista de candidatos postulados en el Concejo Provincial de Talara, remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Talara, corresponde asuQue en el presente caso se ha configurado la causal de vacancia prevista en el numeral 2) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 referida a la ausencia de la localidad por mas de 30 dias consecutivos sin la autorizacion correspondiente del Concejo Municipal, respecto del cargo de Regidor del Concejo Provincial de MORDAZA que ejercia don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme se indica en la MORDAZA extendida por el Secretario General de la citada Municipalidad, que corre a fojas 12, en la que se indica que en la revision de las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias celebradas por dicha corporacion MORDAZA se comprueba que el Regidor en mencion no ha solicitado permiso para ausentarse de la localidad, habiendose advertido su ausencia desde la sesion ordinaria del 14 de diciembre del ano 2000 a la que no asistio, situacion que se viene prolongando sobrepasando en exceso los 30 dias consecutivos a que se refiere la MORDAZA MORDAZA acotada, tal como lo certifican el Juez de Paz y el Gobernador, en sendas constancias que corren a fojas 18 y 19, respectivamente, en las que se senala la ausencia de la localidad por parte del ciudadano MORDAZA MORDAZA Quispe; Que con la MORDAZA legalizada del acta de la Sesion Ordinaria Nº 13 del 9 de MORDAZA de 2001 que corre de fojas 7 a 11, se acredita que el Concejo Provincial de MORDAZA declaro la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante acuerdo aprobado con siete (7) votos, de un total de ocho (8) miembros del Concejo, quedando cumplida la disposicion en cuanto a la mayoria calificada que exige el primer parrafo del Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, al encontrarse ausente de la localidad el interesado, el Concejo Municipal ha procedido a publicar el

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