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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (30/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 209350 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de agosto de 2001 Anexo 02 - Indicadores (8) Mensual 15 días XXX XX Anexo 03 - Cuadro de Liquidez por Plazos de Vencimiento Anexo 16-A Manual de Contabilidad y Semanal martes XX de Corto Plazo (9) Circ. SBS Nº B-2093-2001 0116 Anexo 04 - Simulación de Escenario de Estrés y Plan de Anexo 16-B Trimestral 15 días XXX XX Banca Contingencia (8) Cuadro de Liquidez por Plazo de Vencimiento (hasta el mes de agosto de 2001) (10) Anexo 16 Manual de Contabilidad y Mensual 15 días XXX XX Anexo 01 - Cuadro de liquidez por plazos de vencimiento Circ. SBS Nº B-2056-99 Anexo 02 - Indicadores. Obligaciones Sujetas a Encaje en Moneda Nacional y Moneda Extranjera 0121 Anexo 01 - Obligaciones sujetas a encaje en moneda Anexo 21 Circulares BCR Nºs. 027-2000- Mensual 15 días XXX X Informática nacional. EF/90 y 038-2000-EF/90, y Circ. (**) Anexo 02 - Obligaciones sujetas a encaje en moneda SBS Nº B-2083-2000 extranjera. 0122 Contratos de Arrendamiento Financiero por Tipo de Anexo 22 Manual de Contabilidad y Mensual 15 días XX X Banca Bien Resolución SBS Nº 468-2001 Anexo 01 - Contratos de arrendamiento financiero por tipo de bien. 0123 Requerimiento Patrimonial Mínimo por Riesgo de Precio de las Posiciones en Valores Representativos de Capital Anexo 01 – Por riesgo general Anexo 02 – Por riesgo específico Anexo 23 Manual de Contabilidad y Mensual 15 días X Banca Circ. SBS Nº B-2063-99 Anexo 03 – Por opciones Anexo 04 – Requerimiento patrimonial total 0205 Cotización de Oferta y Demanda de Moneda Extranjera (11) Anexo 01 - Cotización de Oferta y Demanda de Moneda Reporte 05 Manual de Contabilidad, Circ. Diaria En el día XXX XX Estudios Extranjera SBS Nº B-2032-99 y Circ. SBS Nº Económicos G-092-2001 Anexo 02 - Cotización de Oferta y Demanda – Dólar Americano 0206 Reporte diario de Tasas de Interés Activas y Pasivas y Tasas para Productos Financieros Derivados (12) Anexo 01 – Reporte diario de tasas de interés activas Reporte 06-A Estudios Económicos Anexo 02 – Reporte diario de tasas de interés pasivas Reporte 06-B Manual de Contabilidad, Circ. Diaria En el día XXX XX SBS Nº B-2031-99 y Resol. SBS Nº 468-2001 Anexo 03 – Reporte diario de tasas para productos Reporte 06-C Banca financieros derivados 0207 Tarjetas de Crédito Reporte 07 Manual de Contabilidad, Res. Mensual 15 días XX Estudios SBS Nº 271-2000 y Res. SBS Nº Económicos 468-2001 Anexo 01 – Tarjetas de crédito Anexo 02 – Montos atrasados de las tarjetas de crédito 0216 Determinantes del Costo Efectivo Anual por Operaciones Activas (13) Anexo 01 - Determinantes del costo efectivo anual para Reporte 16-A Semanal Día sgte. XXX XX créditos comerciales en moneda nacional Anexo 02 - Determinantes del costo efectivo anual para Reporte 16-B Manual de Contabilidad y Circ. créditos comerciales en moneda extranjera SBS Nº B-2049-99 ————— Anexo 03 - Determinantes del costo efectivo anual para Reporte 16-C XXX XX créditos hipotecarios y de consumo en moneda nacional Anexo 04 - Determinantes del costo efectivo anual para Reporte 16-D Mensual Día sgte. créditos hipotecarios y de consumo en moneda extranjera (*) Días calendario. Si la fecha prevista de presentación corresponde a un día no laborable, la obligación corresponderá al siguiente día hábil. Adicionalmente a la transferencia electrónica, las empresas deberán presentar dentro de los plazos señalados la información impresa. (**) Días hábiles. (1) Formato que será generado e impreso por el software SUCAVE luego de haber recibido la conformidad del Balance de Comprobación, por lo que no está sujeto a transferencia electrónica. Dicho formato será enviado a esta Superintendencia con las firmas correspondientes. (2) Aplicable a empresas autorizadas por esta Superintendencia a operar con instrumentos financieros derivados por cuenta propia. (3) A partir de la información correspondiente al mes de agosto de 2001 se deberá presentar de acuerdo con las disposiciones contenidas en la Circ. SBS Nº B-2095-2001. (4) A partir de la información correspondiente al mes de setiembre se deberá presentar todos los días del mes hasta las 15.00 horas del día siguiente, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la Resol. SBS Nº 472-2001. La información correspondiente a los días 1 y 2 de setiembre se presentarán el día 3 de setiembre. (5) La información correspondiente a partir del mes de setiembre de 2001 deberá ser presentado de acuerdo con las disposiciones contenidas en la Resol. SBS Nº 472-2001. (6) La información correspondiente hasta el 31 de agosto de 2001 deberá ser presentado hasta las 15.00 horas del día siguiente, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la Resol. SBS Nº 744-99. (7) La información correspondiente hasta el mes de agosto de 2001 deberá ser presentado de acuerdo a las disposiciones contenidas en la Resol. SBS Nº 744-99. (8) A partir de la información correspondiente al mes de setiembre se presentará de acuerdo a las disposiciones contenidas en la Circ. SBS Nº B-2093-2001. (9) Este anexo deberá ser remitido hasta las 15.00 horas del día martes inmediato posterior al cierre de la semana, tomando como base la información correspondiente al cierre de la semana anterior. Dicho anexo deberá ser enviado a partir del día 4 de setiembre de 2001 y deberá reportar la información con los saldos al cierre del viernes 31 de agosto de 2001. (10) La información correspondiente hasta el mes de agosto de 2001 se presentará de acuerdo a las disposiciones vigentes a dicha fecha contenidas en la Circ. SBS Nº B-2056-99 y el Manual de Contabilidad. (11) Para la remisión diaria, las empresas harán un corte del movimiento a las 13.30 horas y la remitirán hasta las 14.00 horas del mismo día. Las operaciones efectuadas después de la hora de corte deberán ser incluidas en la información a reportarse al día siguiente. Las Cajas Municipales, Cajas Rurales y EDPYMEs remitirán la información correspondiente a todas las operaciones realizadas durante el mes, hasta las 14.00 del última día del mes. (12) El reporte deberá ser remitido a más tardar hasta las 13.30 horas, considerando todas las operaciones realizadas hasta el día anterior. Las Cajas Municipales, Cajas Rurales y EDPYMEs remitirán los Reportes 6-A y 6-B con información referida al último día del mes, así como cada vez que se produzca variación, a más tardar hasta las 13.30 horas del día siguiente a la fecha de la información. El Reporte 6-C es aplicable para empresas autorizadas a operar con Instrumentos Financieros Derivados por cuenta propia. (13) Deberá ser presentado hasta las 13.30 horas del día siguiente a la fecha de reporte. Para la información semanal, las fechas de reporte son los días 7, 15, 22 y el último día del mes; para la información mensual, la fecha de reporte es el último día del mes. Su presentación es únicamente a través del SUCAVE, no siendo un reporte impreso. 30035FORMATOS - SUCAVE PLAZO APLICACIÓN CODIGO MÁXIMO BFCECEF REPORTE DE DENOMINACION REFERENCIA PERIODI- DE MARDO IMPRESO FORMATO CIDAD PRESENTACION F PG DESTINADO (*) YA A: MP EI