Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2001 (05/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES
MORDAZA DE UNIDAD Automoviles Microbus Omnibus

MORDAZA, miercoles 5 de diciembre de 2001 % UIT 0.036 0.072 0.107 TASA EN S/. 1.00 2.00 3.00

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Disponen la aplicacion de tasas establecidas en las Ordenanzas Nºs. 004 y 00599-MDSR de estacionamiento vehicular en playas del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 040 MORDAZA MORDAZA, 22 de noviembre del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Publica de la fecha, ha dictado, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APLICASE para todo el ano 2002, los montos del tributo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 004-99-MDSR de fecha 16 de enero de 1999 y modificada por la Ordenanza Nº 005-99-MDSR de fecha 2 de febrero de 1999, que crea las tasas de Estacionamiento Vehicular (PARQUEO) en las playas del distrito de MORDAZA Rosa; dejandose MORDAZA que dichas ordenanzas fueron publicadas en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 13 de febrero de 1999, habiendo sido ratificadas por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 032-MML de fecha 5 de febrero de 1999, y por Acuerdo Metropolitano Nº 010 para ser aplicado en el ano 2000. Asimismo fue ratificada para ser aplicado en el ano 2001. Los montos del tributo tasa por estacionamiento de vehiculos, establecidos en dichas ordenanzas son los siguientes: Estableciendose por vehiculo y por cada media hora o fraccion, en:

estableciendose la tasa unica de estacionamiento vehicular cuando se haga un uso del servicio mayor de cinco horas por cada vehiculo, de la siguiente manera: MORDAZA DE UNIDAD Automoviles Microbus Omnibus % UIT 0.357 0.715 1.070 TASA EN S/. 10.00 20.00 30.00

Articulo Segundo.- MODIFICASE el parrafo del Articulo Tercero de la Ordenanza Nº 005-99-MDSR en los terminos siguientes: "En caso de verificarse el pago conforme se senala o negarse a efectuarlo sera sujeto pasivo a una sancion de multa equivalente al 2% de la Unidad Impositiva Tributaria UIT vigente y, los infractores que se presenten en los primeros siete dias tendran una condonacion del 50% de la multa aplicada, procediendose con los omisos de acuerdo a ley". Articulo Tercero.- REMITASE con la documentacion pertinente, la presente Ordenanza Municipal al Servicio de Administracion Tributaria (SAT), a la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y al Instituto de Defensa del Consumidor y de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Cuarto.- ENCARGASE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Direccion Municipal y a las Oficinas de Administracion y Rentas en los que es pertinente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 35387

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extension mayor de tres (3) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de diskette. 3.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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