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Pág. 213459 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de diciembre de 2001 dad sean administradas por el Servicio de Administración Tributaria - SAT; Que, conforme a la Primera Disposición Final de las Ordenanzas Nº 010-MDA y 011-MDLV, se facultó al SAT a reajustar mensualmente los factores de actualización de las Tablas aprobadas en el Artículo 4º de las referidas nor- mas, aplicando el Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (IPC), publicado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI; Que, se requiere aprobar la Tabla de Factores, reajus- tada al 30 de noviembre de 2001, para actualizar las deu- das de los deudores que se acojan a los citados BERTRI- MUN, en el mes de diciembre de 2001; De conformidad con lo expuesto;SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar la Tabla de Factores, reajus- tada al 30 de noviembre de 2001, la misma que se utilizará para actualizar las deudas de los contribuyentes y deudo- res que se acojan al BERTRIMUN ATE y BERTRIMUN LA VICTORIA, en el mes de diciembre de 2001. La Tabla de Factores reajustada se publica como Anexo de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ ARIST A ARBILDO Jefe del Servicio de Administra ción Tributaria Tabla de Factores de Actualización para el Beneficio de Regularización Tributaria Municipal - ATE y LA VICTORIA Reajustada al 30 de noviembre de 2001 (Aprobada por Ordenanza Nº 010-MDA y Ordenanza Nº 011-MDLV) MES 1986 1987 1988 1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 ENE 184,170.14 160,801.11 50,626.36 3,412.23 269.91 6.08 3.63 2.44 1.92 1.60 1.36 1.22 1.13 FEB 184,170.14 156,296.45 44,546.11 2,658.99 238.24 5.76 3.53 2.37 1.89 1.57 1.35 1.20 1.12 MAR 184,170.14 148,684.67 36,407.15 1,944.02 145.33 5.46 3.37 2.32 1.85 1.55 1.35 1.19 1.10 ABR 184,170.14 140,497.58 28,268.23 1,542.74 117.65 5.21 3.24 2.28 1.82 1.53 1.35 1.19 1.09 MAY 184,037.76 128,718.67 20,129.28 1,318.39 67.17 4.96 3.11 2.23 1.79 1.50 1.32 1.18 1.09 JUN 183,905.38 114,380.74 17,816.80 1,155.70 45.31 4.76 3.00 2.19 1.76 1.49 1.30 1.17 1.08 JUL 183,772.99 104,018.58 15,585.69 1,014.14 18.28 4.55 2.88 2.15 1.73 1.47 1.30 1.16 1.08 AGO 183,640.61 93,656.57 12,141.24 817.48 9.13 4.36 2.79 2.11 1.70 1.44 1.29 1.15 1.07 SET 182,382.08 83,294.47 8,922.86 561.53 7.82 4.20 2.72 2.06 1.68 1.43 1.28 1.15 1.08 OCT 178,112.50 76,674.91 6,405.21 523.77 7.29 4.05 2.66 2.03 1.66 1.41 1.24 1.15 1.08 NOV 171,955.64 69,856.53 4,795.43 439.15 6.83 3.90 2.57 1.99 1.63 1.39 1.23 1.15 1.08 DIC 167,550.38 62,399.22 4,042.18 354.53 6.42 3.77 2.51 1.95 1.61 1.37 1.23 1.14 1.08 Fuente :Instituto Nacional de Estadística e Informática Elaboración :SAT - Gerencia de Planeamiento 35670 Designan Ejecutor Coactivo del Servi- cio de Administración Tributaria SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 079-2001-SAT-MML Lima, 3 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, el inciso h) del Artículo 2º del Edicto Nº 225, esta- blece que corresponde al Servicio de Administración Tribu- taria - SAT, realizar la ejecución coactiva para el cobro de deudas tributarias, considerando todas aquellas derivadas de obligaciones tributarias municipales, así como el cobro de multas y otros ingresos de derecho público; Que, el Artículo 7º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedi- miento de Ejecución Coactiva, dispone que la designación del Ejecutor se efectuará mediante Concurso Público de Méritos; Que, mediante Resolución Nº 059-2001-SAT-MML, del 3 de octubre de 2001, se convocó a Concurso Público de Méritos a fin de cubrir plazas para Ejecutores Coactivos del SAT, aprobándose las Bases Administrativas del Con- curso Público correspondiente; Que, habiendo concluido el proceso de selección respec- tivo el señor Paul Corvetto Del Alamo, ha aprobado satisfac- toriamente los exámenes correspondientes, el mismo que debe ser designado como Ejecutor Coactivo del SAT; Estando a lo dispuesto en el literal d) del Artículo 6º del Edicto Nº 227; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar a partir de la fecha, como Eje- cutor Coactivo del Servicio de Administración Tributaria - SAT, al Sr. PAUL CORVETTO DEL ALAMO. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ ARISTA ARBILDO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 35673MUNICIPALIDAD DE LURÍN Aprueban el Programa Especial de Regularización del Pago de Arbitrios Municipales ORDENANZA MUNICIPAL Nº 052/ML Lurín, 4 de octubre del 2001 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria del día 3.octubre.2001, el In- forme Nº 183-01-OST/ML presentado por la Oficina de Secretaría Técnica sobre "Evaluación Semestral, Medidas de Austeridad y Reactivación Económica" de fecha 10 de setiembre del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el referido informe, la Oficina de Secre- taría Técnica propone establecer el programa especial de regularización del pago de arbitrios municipales, disposición municipal que busca recuperar parte de las deudas que tienen los contribuyentes por Arbitrios de Limpieza Públi- ca, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana; Que, dicho programa consiste en la condonación de intereses moratorios y de parte de la deuda por los arbi- trios de años anteriores y está sujeta a que se pongan al día en sus obligaciones tributarias del presente ejercicio presupuestal, para lo que los contribuyentes cuentan con cuatro modalidades de pago; Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia; Que, el Artículo 41º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº