Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2001 (15/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 15 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Vista, la Carta C. 1175-GG.GF/2001 de fecha 16 de octubre de 2001 formulada por el OSIPTEL para la emision de la resolucion ministerial de otorgamiento de concesion a la adjudicataria de la buena pro del Proyecto Centro Norte de la Licitacion Publica OSIPTEL/FITEL/001-2000; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 077-2000-MTC/ 15.03 de fecha 10 de febrero de 2000, se aprobo el Proyecto de Telecomunicaciones Rurales: Centro Norte, para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en las areas rurales de los departamentos de MORDAZA, La MORDAZA y MORDAZA, siendo el OSIPTEL el encargado de la convocatoria y conduccion del concurso publico de ofertas; Que, mediante Sesion de Comite Especial de la Licitacion Internacional OSIPTEL/FITEL/001-2000 de fecha 26 de setiembre de 2001 se acordo otorgar la buena pro al consorcio formado por AVANTEC - C&G TELECOM S.A.C. para el Proyecto Centro Norte; Que, el numeral 5.4 de la Seccion I de las Bases de la Licitacion Publica Internacional OSIPTEL/FITEL/001-2000, establece que los consorcios, en el caso de obtener la buena pro y para la suscripcion de los contratos, deberan constituirse como persona juridica domiciliada en el Peru cuyo objeto sea la operacion de sistemas de telecomunicaciones que cuente con los asociados como accionistas. La persona juridica asi constituida sera la contraparte de OSIPTEL y del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion en los contratos de financiamiento y de concesion, respectivamente; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 5.4 de la Seccion I de las Bases, las empresas: AVANTEC S.A.C. y CONSULTORIA & GESTION DE TELECOMUNICACIONES S.A. mediante escritura publica de fecha 3 de octubre de 2001, constituyeron la empresa AVANTEC C&G TELECOM S.A.C., cuyo objeto social es la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el inciso 3) del Articulo 75º de Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el Articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios publicos portadores y finales se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, el Articulo 32º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos portadores se encuentran los servicios portadores de larga distancia nacional; Que, asimismo el Articulo 50º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos finales se encuentra el servicio publico telefonico; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 572-2001-MTC/ 15.03.UECT, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion para la prestacion del servicio publico de telefonia fija local, telefonos publicos y portador de larga distancia nacional, es procedente el otorgamiento de la concesion; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa AVANTEC - C&G TELECOM S.A.C. concesion para la prestacion del servicio publico de telefonia fija local, telefonos publicos y por-

tador de larga distancia nacional por el plazo de veinte (20) anos en las areas rurales de los departamentos de MORDAZA, La MORDAZA y Lambayeque. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa AVANTEC - C&G TELECOM S.A.C. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) clausulas y cuatro (4) anexos que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente resolucion. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 36303

Dejan sin efecto resolucion que aprobo contrato de cesion en uso entre Austral Television S.A. y Red Bicolor de Comunicaciones S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 577-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 12 de diciembre de 2001 Vista, la solicitud formulada por la empresa RED BICOLOR DE COMUNICACIONES S.A.A. para dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 432-97-MTC/15.19; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 069-97-MTC/15.17, se renovo la autorizacion otorgada a favor de la empresa RED BICOLOR DE COMUNICACIONES S.A. - RBC TV, para la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion por television, MORDAZA 11, en la MORDAZA de MORDAZA, por el plazo de diez anos, con vigencia hasta el ano 2006; Que, por Resolucion Ministerial Nº 432-97-MTC/15.19 de fecha 1 de setiembre de 1997, se aprobo el Contrato de Cesion en Uso celebrado entre las empresas AUSTRAL TELEVISION S.A. y RED BICOLOR DE COMUNICACIONES S.A. - RBC TV, en virtud del cual se faculto a la primera, la operacion de la estacion de television MORDAZA 11 en la MORDAZA de MORDAZA, autorizada por la Resolucion Ministerial Nº 069-97-MTC/15.17; Que, la empresa RED BICOLOR DE COMUNICACIONES S.A.A. (RBC) representada por su Gerente General MORDAZA Belmont Vallarino, solicita dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 432-97-MTC/15.19 y en consecuencia se restituya la plena vigencia de la Resolucion Ministerial Nº 069-97-MTC/15.17, que autorizo a su representada la explotacion del MORDAZA 11 de TV, en merito al laudo arbitral dictado el 22 de octubre de 2001 por el Centro de Arbitraje Nacional e Internacional de la Camara de Comercio de MORDAZA, Arbitro Unico Dr. MORDAZA Aramburu Izaga; Que, la Resolucion Ministerial Nº 432-97-MTC/15.19, fue expedida sobre la base del contrato de cesion en uso de la autorizacion y arrendamiento de equipos de fecha 16 de junio de 1997 celebrado entre las empresas RED BICOLOR DE COMUNICACIONES S.A. - RBC TV y AUSTRAL TELEVISION S.A., en virtud del cual se faculto a esta MORDAZA, la operacion de la estacion de television MORDAZA 11 de MORDAZA, de acuerdo a las caracteristicas autorizadas por la Resolucion Ministerial Nº 069-97-MTC/15.17, asumiendo el cumplimiento de los terminos, condiciones y plazos previstos en la autorizacion materia de aprobacion, pero

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