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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2001 (12/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 48

Pág. 197202 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de enero de 2001 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1124-2000-MDE La Esperanza, 13 de diciembre del 2000 VISTO, el Informe Nº 389-2000-MDE-UASG, emitido por la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales, proponiendo la exoneración de proceso de selección de Adjudicación Directa Sin Publicación; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Concejo Nº 089-2000-MDE, se aprobó el Expediente Técnico de la Obra: Asfaltado de Calles- 2000 II Etapa La Esperanza, ascendente a la suma de CIENTO CUARENTIUN MIL CUATROCIENTOS NOVENTICINCO Y 29/100 NUEVOS SOLES (S/. 141,495.29); Que, con Resolución de Alcaldía Nº 1076-2000-MDE, se aprobó las Bases Generales de la Adjudicación Directa Sin Publicación Nº 004-2000-MDE-DDU, para la selección y contra- tación del Contratista para la ejecución de la Obra: Asfaltado de Calles-2000 II Etapa La Esperanza; Que, mediante el Informe Nº 447-2000-MDE-DDU, emitido por el Responsable de la División de Desarrollo Urbano, hace de conocimiento que habiéndose otorgado la Buena Pro a la Em- presa Ganadora HS Contratistas Generales S.A., como resulta- do del referido Proceso de Selección, se hace necesario y urgente la adquisición de 32,209.34 Galones de Asfalto RC-250 para la construcción de 16,854.80 m2 de Colocación de Carpeta Asfál- tica de 2" de Espesor; Que, la referida adquisición tendría que materializarse a través de una Adjudicación Directa Sin Publicación, por cuanto su costo total de S/. 124,225.59, se encuentra dentro de los márgenes que establece la Ley para este tipo de procesos de selección; Que, en el Informe de Visto se señala, que la Empresa Pública Petróleos del Perú S.A. es proveedora del citado asfalto líquido RC-250; Que en mérito a lo expuesto, resulta conveniente acogerse, por analogía y extensión, al Artículo 19º de la Ley Nº 26850, cuyo inciso a) exonera de Licitación Pública y Concurso Público las adquisiciones que se realicen entre las Entidades del SectorPúblico, de esta forma viabilizar la respectiva Adjudicación Directa de Menor Cuantía con arreglo a lo dispuesto en su Artículo 20º que prevé su aprobación por Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, concordante con el inciso c) del Artículo 44º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; Estando a la propuesta de la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales y a los Vistos de la Unidad de Asesoría y de la Dirección Municipal de esta Corporación Edilicia, respectiva- mente; De conformidad con la Ley Nº 26850, su Reglamento y sus modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo 1º.- EXONERAR, a la Municipalidad Distrital de La Esperanza del requisito de Adjudicación Directa Sin Publica- ción para la adquisición de 35,209.34 Galones de Asfalto RC- 250. Artículo 2º.- AUTORIZAR, a la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales de la Municipalidad Distrital de La Espe- ranza, la adquisición del Líquido Asfáltico en mención, median- te un Proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía y hasta por un monto de S/. 124,225.59 (CIENTO VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO Y 59/100 NUEVOS SO- LES). Artículo 3º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, Ministerio de Economía y Finanzas, Contraloría General de la República, a la Dirección Municipal y a las Unidades de Planificación y Presupuesto, Asesoría Jurídica, Abastecimiento y Servicios Generales, Contabilidad y de Teso- rería de la Municipalidad de La Esperanza; la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. RODOLFO RAZA URBINA Alcalde 16012