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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2001 (12/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 197189 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de enero de 2001 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 118-2000-INDECOPI/DIR Lima, 29 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 042-2000-INDECOPI/DIR se desig- nó al señor Gustavo Montero Flores en el cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad; Que el señor Gustavo Montero Flores ha presentado su renuncia al citado cargo; Que la citada renuncia ha sido aceptada en sesión de Direc- torio del Indecopi de fecha 28 de diciembre de 2000; De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Gustavo Montero Flores al cargo de miembro de la Comi- sión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad, con efectividad al 31 de diciembre de 2000, dándole las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 16073 Designan Secretario Técnico de la Comisión Delegada de Reestructura- ción Patrimonial que opera en la Cáma- ra de Comercio y Producción de La Libertad RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 117-2000-INDECOPI/DIR Lima, 29 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 788, el Indecopi se encuentra facultado a delegar funciones por medio de la suscripción de Convenios con organismos, instituciones o entidades públicas o privadas, colegios profesionales o entida- des gremiales de reconocido prestigio; Que en ese contexto, el Indecopi ha suscrito un Convenio de Delegación de Funciones con la Cámara de Comercio y Produc- ción de La Libertad, a través del cual se han delegado funciones relativas al ámbito de la Comisión de Reestructuración Patri- monial; Que resulta necesario designar al funcionario que ejercerá las funciones de Secretario Técnico de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad; Estando al acuerdo adoptado en sesión del Directorio del Indecopi de fecha 28 de diciembre de 2000; De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al señor Abilio Quispe Medina en el cargo de Secretario Técnico de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad, a partir del 1 de enero del 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 16072Aceptan renuncia de miembro de la Comisión Ad Hoc adscrita a la Comi- sión Delegada de Reestructuración Patrimonial que opera en la Universi- dad de Lima RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 119-2000-INDECOPI/DIR Lima, 29 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 104-99-INDECOPI/DIR se designó al señor Eduardo Devoto Acha en el cargo de miembro de la Comisión Ad Hoc adscrita a la Comisión Delegada de Reestruc- turación Patrimonial del Indecopi que opera en la Universidad de Lima, encargada de resolver las incidencias que se presentan en la tramitación de los procedimientos transitorios a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 064-99; Que el señor Eduardo Devoto Acha ha presentado su renun- cia al citado cargo; Que la citada renuncia ha sido aceptada en sesión de Direc- torio del Indecopi de fecha 28 de diciembre de 2000; De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Eduardo Devoto Acha al cargo de miembro de la Comisión Ad Hoc adscrita a la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Universidad de Lima, con efectividad al 31 de diciembre de 2000, dándole las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 16074 OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y CALLAO Disponen anotación preventiva de con- trato de compraventa de inmueble ubicado en la provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL REGISTRAL Nº 434-2000-ORLC/TR Lima, 12 de diciembre de 2000 VISTA, el recurso de apelación interpuesto por Fredy Ccen- hua Bustamante en representación de la COOPERATIVA DE VIVIENDA AYACUCHO, ingresado a este Tribunal el 2 de junio de 2000 mediante Hoja de Trámite Nº 21963, contra la observación formulada por la Registradora del Registro de Propiedad Inmueble de Ayacucho, Dra. Catherine Matos Muna- rriz, a la solicitud de INSCRIPCIÓN DE ANOTACIÓN PRE- VENTIVA DE PROMESA DE VENTA. El título se presentó el 15 de diciembre de 1999, con el Nº 24991. La Registradora denegó la solicitud de inscripción por cuanto: " 1.- Teniendo en cuenta que la escritura pública del 06-06-1973, otorgada ante Notario de Ayacucho, don Basilio Machaca Conde, constituye un contrato de promesa de venta, por haberlo denominado así las partes contratantes. Dicho acto no constituye título de dominio por tanto no es pasible de anotación preventiva. En todo caso, previamente debe celebrarse el contrato definitivo de compra- venta y determinarse los linderos y medidas perimétricas del inmueble, posteriormente es necesario se presente una resolu- ción de subdivisión expedida por la municipalidad, adjuntando los planos y memoria descriptiva suscritos por ingeniero colegia- do y visado por la municipalidad. 2.- Se deja constancia que don JOSÉ ABEL ALFARO PACHECO, ha fallecido, encontrándose registrada la sucesión intestada en la ficha Nº 293 del Registro