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Pág. 197258 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de enero de 2001 Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de Defensa y por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de enero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas WALTER LEDESMA REBAZA Ministro de Defensa ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA Ministro del Interior 16248 Incorporan al Hogar Clínica "San Juan de Dios" dentro de los alcances del D.S. Nº 042-92-PCM, para su inscrip- ción en el Registro de Entidades Per- ceptoras de Asignaciones Cívicas Deducibles DECRETO SUPREMO Nº 007-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 179-92-EF, y normas ampliatorias, se incorporó al Hogar Clínica "San Juan de Dios" dentro de los alcances del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 042-92-PCM, a fin de permitir su inscripción en el Registro de Entidades Perceptoras de Asignaciones Cívicas a efecto que las donaciones que se le efectúen, gocen del beneficio tributario previsto en el Artículo VIII del Acuerdo Internacional suscrito entre a Santa Sede y la República del Perú, el 19 de julio de 1980; Que, es conveniente aplicar para el Ejercicio Gravable del año 2001, lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 179- 92-EF y normas ampliatorias; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Por el Ejercicio Gravable del año 2001, incorpórase al Hogar Clínica "San Juan de Dios" dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 042-92-PCM, para efecto que ésta se inscriba en el Registro de Entidades Perceptoras de Asignaciones Cívicas Deducibles y pueda extender por el indicado ejercicio, los comprobantes por las donaciones que perciba para el goce de los beneficios tributarios, de conformidad con lo establecido en el Artí- culo VIII del Acuerdo Internacional suscrito entre la Santa Sede y la República del Perú. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de enero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 16249Encargan al CEPRI Turismo el proceso de promoción de la inversión privada del Proyecto "Concesión del Estado: Teleférico del Cerro San Cristóbal" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 022-2001-EF Lima, 12 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 102-99-PE del 21 de junio de 1999, se estableció que el Proyecto "Concesión del Estado: Teleférico del Cerro San Cristóbal" sea entregado en concesión al sector privado, bajo los mecanismos y procedimientos a que se refieren los Decretos Supremos Nº 059-96-PCM y Nº 060-96-PCM; Que, asimismo, mediante la Resolución Suprema men- cionada se constituyó el Comité Especial encargado de llevar adelante el proceso de promoción de la inversión privada en el mencionado proyecto; Que, la COPRI ha considerado conveniente trasladar el encargo mencionado al CEPRI Turismo; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 059- 96-PCM, su norma reglamentaria el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, Ley Nº 27111 y la Resolución Supre- ma Nº 547-2000-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia de los señores Arturo Ainzuain Márquez y Julio López Aguilar, así como dejar sin efecto el encargo encomendado por la Resolución Suprema Nº 102-99-PE al señor Efraín Alejandro Gamarra Alfaro, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar al CEPRI Turismo el proceso de promoción de la inversión privada del proyecto "Conce- sión del Estado: Teleférico del Cerro San Cristóbal". Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de Defensa y por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas WALTER LEDESMA REBAZA Ministro de Defensa EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 16255 Autorizan viaje de funcionarios de la ONP a Francia para supervisar proce- so de emisión de Títulos de Bono de Reconocimiento y suscribir Acta de Conformidad RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 023-2001-EF Lima, 12 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 007-2001-JF/ONP, la Oficina de Normalización Previsional -ONP-, solicita se autorice