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Pág. 197271 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de enero de 2001 M T C Nombran miembro del CONAFOVICER en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 019-2001-MTC/15.04 Lima, 12 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 165-98-MTC/ 15.04 se nombró al CPC Julián Castañeda Aguilar, miem- bro del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacio- nales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú - CONAFOVICER, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; Que, mediante Oficio Nº 490-2000-TR/DM el Ministro de Trabajo y Promoción Social propone al señor Ricardo Herbozo Colque como representante del Sector ante el CONAFOVICER, debido a que el CPC Julián Castañeda Aguilar ha renunciado al cargo; Que, en observancia del Artículo 5º del Estatuto del CONAFOVICER aprobado por Resolución Suprema Nº 266-77-VC-1100, el representante del Ministerio de Tra- bajo y Promoción Social, entre otras entidades que señala, debe ser nombrado por resolución del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 y Resolu- ción Suprema Nº 266-77-VC-1100; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al señor Ricardo Herbozo Col- que, miembro del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Re- creacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú - CONAFOVICER, en representación del Minis- terio de Trabajo y Promoción Social. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Trabajo y Promoción Social. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Minis- terial Nº 165-98-MTC/15.04. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 16188 Atribuyen rango de numeración para comunicaciones de larga distancia mediante el uso de tarjetas de pago RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 020-2001-MTC/15.03 Lima, 12 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante el Numeral 97 de los Lineamientos de Políticas de Apertura del Mercado de Telecomunicaciones del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, se crea el Comité Consultivo del Plan Técnico Fundamen- tal de Numeración otorgándosele las funciones de estudio y elaboración de propuestas en materias relativas a la gestión, administración y asignación de la numeración; Que, con Informe Nº 002-2000-MTC/CCPTFN, el Co- mité antes mencionado, luego de la evaluación correspon- diente, recomienda la atribución del rango de numeración para las comunicaciones de larga distancia mediante el uso de tarjetas de pago y demás aspectos vinculados al mismo; Que, consecuentemente debe emitirse el acto adminis- trativo correspondiente;De conformidad con la Ley Orgánica del Sector Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción apro- bada por D.L. Nº 25862; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Comuni- caciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Atribuir el rango de numeración 0-800- 8-00XX, donde X = 0 a 9, con una capacidad de 100 códigos para las comunicaciones de larga distancia mediante el uso de tarjetas de pago. Como consecuencia de la atribución efectuada, el rango de numeración 0-800-8-00XX se excluye de la configuración de numeración 0-800 aprobada para la facilidad Red Inteligente denominada Servicio de Co- bro Revertido. Artículo 2º.- Los operadores de larga distancia po- drán utilizar el código 19XX asignado para las comunica- ciones de larga distancia mediante el uso de las tarjetas de pago. Para los casos de teléfonos públicos de exteriores y del servicio de telefonía móvil celular, en que existen restricciones, los operadores podrán implementar el uso de este código mediante acuerdo de partes. Artículo 3º.- Para la prestación del servicio telefónico mediante el uso de tarjetas de pago, sólo se podrán asignar códigos especiales facultativos 1YX a los operado- res locales, donde Y = 2 a 5 y X = 0 a 9. Artículo 4º.- En el caso que el operador local preste el acceso a través del código 1YX a un concesionario del servicio portador de larga distancia conforme el Artículo 3º de la presente resolución, estará en la obligación de permitir dicho acceso a los demás operadores de larga distancia que lo requiriesen, previo acuerdo, respetando los principios de equidad, no discriminación y neutralidad previstos en la normatividad vigente en materia de telecomunicaciones. Artículo 5º.- Las asignaciones de códigos facultativos 1YX efectuadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Resolución, continuarán vigentes, debiendo los concesionarios respetar lo dispuesto en el artículo precedente. Artículo 6º.- Las solicitudes sobre asignación de nu- meración de códigos para el uso de tarjeta pago que, a la fecha de publicación de la presente Resolución, se encuen- tren en trámite y pendientes de resolución deberán ade- cuarse a las disposiciones contenidas en la presente nor- ma. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 16190 Declaran resuelto contrato de conce- sión suscrito por R.S.L. COM DEL PERU S.R.L. para la prestación de servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 021-2001-MTC/15.03 Lima, 12 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 375-99- MTC/15.03 se otorgó a la empresa RSL COM DEL PERU S.R.L. concesión para la explotación de los ser- vicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional en la República del Perú, habiéndose suscrito el correspondiente contrato de concesión el 1 de diciembre de 1999; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 324-99- MTC/15.03 se asignó a la empresa R.S.L. COM DEL PERU