Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2001 (14/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, MORDAZA 14 de enero de 2001

NORMAS LEGALES
Nivel de Tension (kV) 22,9 22,9 13,2 22,9 22,9 22,9 22,9 22,9 22,9 13,2 Nº de Ternas 02 01 01 01 01 01 01 01 01 01

Pag. 197261
Longitud (Km.) 51,26 8,44 0,37 36,19 22,73 79,62 8,52 35,56 26,87 5,54 Ancho de la Faja (m.) 11 11 6 11 11 11 11 11 11 6

Cod. Exp. 21109400

Inicio y Llegada de la Linea Electrica -Tramo Bellavista - Picota - Buenos Aires -Derivaciones Tramo Bellavista - Picota - Buenos Aires -Derivaciones Tramo Bellavista - Picota - Buenos Aires -Tramo Bellavista - Juanjui - Saposoa -Derivaciones Tramo Bellavista - Juanjui - Saposoa -Tramo Bellavista - San MORDAZA de Sisa - San MORDAZA de Alao -Derivaciones Tramo Bellavista - S.J. de Sisa - S.M. de Alao -Tramo Bellavista - Nueva MORDAZA - Barranca -Derivaciones Tramo Bellavista - Nueva MORDAZA - Barranca -Derivaciones Tramo Bellavista - Nueva MORDAZA - Barranca

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes dentro de la faja de servidumbre, no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ELECTRO ORIENTE S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ELECTRO ORIENTE S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolucion, la misma que entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 14559

Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido a Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A., que se identificara con Codigo Nº 31107600, para desarrollar actividades de generacion de energia electrica en las instalaciones existentes de la Central Hidroelectrica La Pelota, que operara en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 3,18 MW, cuyas caracteristicas principales son las siguientes: Potencia instalada (MW) MORDAZA de turbina Caudal (m³/s) Velocidad (R.P.M.) Caida MORDAZA (m) Recurso hidrico : : : : : : 3,18 MW MORDAZA 1,75 900 296 Rio MORDAZA

Otorgan autorizaciones de generacion de energia electrica a Electro Oriente S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 489-2000-EM/VME MORDAZA, 13 de diciembre de 2000 Visto, el expediente Nº 31107600, que incluye los documentos con registro Nº 1276947, sobre otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica de acuerdo con el Articulo 4º del Decreto Ley Nº 25844, presentado por Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A., persona juridica inscrita en la Ficha Nº 06, Asiento Nº 80 del Libro de Sociedades Mercantiles del Registro de Personas Juridicas de Iquitos; CONSIDERANDO: Que, Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A., ha solicitado autorizacion para desarrollar actividades de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica La Pelota, la que tiene una capacidad instalada de 3,18 MW; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el informe favorable Nº 0962000-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25844;

Articulo 2º.- La empresa autorizada esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, por cuenta del interesado dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 14596 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 490-2000-EM/VME MORDAZA, 13 de diciembre de 2000 Visto, el expediente Nº 31108000, que incluye los documentos con registro Nº 1278294, sobre otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica de acuerdo con el Articulo 4º del Decreto Ley Nº 25844, presentado por Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A., persona juridica inscrita en la Ficha Nº 06, Asiento Nº 80 del Libro de Sociedades Mercantiles del Registro de Personas Juridicas de Iquitos; CONSIDERANDO: Que, Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A., ha solicitado autorizacion para desarrollar actividades de generacion de energia electrica en la Central Hidroelec-

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