Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2001 (17/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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Lugar de pago del credito: Cargo en la cuenta del depositante (primer endosante) Banco Oficina Nº de cuenta

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de enero de 2001

DC

SIGUIENTES ENDOSOS DEL WARRANT
............................................................. Lugar y Fecha ............................................................. Firma del Endosante Nombre del endosante: ................................ DOI1 ___________________ Nº ................. ............................................................. Firma del Endosatario DOI1 ___________________ Nº ................. Certificacion: (Razon social del AGD) certifica que el presente primer endoso ha quedado registrado en su matricula o libro talonario, asi como en el respectivo Certificado de Deposito, en el caso de haber sido emitido. ................................................................................... Fecha de Registro del Primer Endoso ...................................... Nº de Folio y Tomo .................................................................... P. Almacenes Generales de Depositos ( Razon Social) Firma e identificacion del Representante Legal

Que, mediante Ley Nº 27287 del 17 de junio de 2000 se aprobo la Ley de Titulos Valores, regulando el Titulo de Credito Hipotecario Negociable y derogando el Articulo 239º MORDAZA referido; Que, asimismo, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley de Titulos Valores faculta a la Superintendencia a expedir las disposiciones complementarias aplicables a los Titulos de Credito Hipotecario Negociables que MORDAZA endosados a las empresas del sistema financiero nacional, en garantia de los creditos directos o indirectos, que estas concedan; Que, resulta necesario adecuar la regulacion emitida por esta Superintendencia a las disposiciones que sobre el Titulo de Credito Hipotecario Negociable ha establecido la Ley de Titulos Valores; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica, y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7 y 9 del Articulo 349º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento del Titulo de Credito Hipotecario Negociable, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, quedando derogada a partir de esa fecha la Resolucion SBS Nº 838-97 del 28 de noviembre de 1997. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros REGLAMENTO DEL TITULO DE CREDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE Alcance Articulo 1º.- El presente Reglamento establece disposiciones complementarias a las contenidas en la Ley de Titulos Valores, Ley Nº 27287, que seran aplicables a los Titulos de Credito Hipotecario Negociables que MORDAZA endosados a las empresas del sistema financiero, en garantia de los creditos directos o indirectos que estas concedan. Definiciones Articulo 2º.- Para efectos del presente Reglamento considerense las siguientes definiciones: a) Ley General: Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias. b) Empresas: empresas de operaciones multiples contenidas en el literal A del Articulo 16º de la Ley General y empresas de arrendamiento financiero. c) Ley de Titulos Valores: Ley de Titulos Valores aprobada por Ley Nº 27287 del 17 de junio de 2000. d) Titulos: Titulos de Credito Hipotecario Negociables. Contenido de los titulos Articulo 3º.- Cuando los titulos MORDAZA endosados a favor de las empresas, estos deberan contener, adicionalmente a lo dispuesto por el Articulo 241º de la Ley de Titulos Valores, lo siguiente: a) Monto del credito y de la garantia. b) Cronograma de pagos o fecha de vencimiento o pago del credito. c) Forma y lugar de pago. d) Otras condiciones. Titulos incompletos Articulo 4º.- En caso el propietario, conforme al Articulo 242.3º de la Ley de Titulos Valores, MORDAZA autorizado a una empresa a completar las informaciones referidas al credito garantizado, esta debera incluir el plazo o los plazos de vencimiento del credito, los intereses acordados y demas condiciones del mismo, asi como la referencia al contrato que origina el credito y la fecha en que este fue suscrito, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 10º de la referida Ley.

AMORTIZACIONES Y RETIRO DE BIENES3 Fecha Bienes V/Retirado Saldo Obligaciones V/Abonado Saldo Firma del Endosatario del Warrant

1.

Indicar el MORDAZA de Documento Oficial de identidad (D.O.I.) que corresponda. Asi por ejemplo: DNI: Documento Nacional de Identidad o documento que lo sustituya CI: Carne de identidad CE: Carne de extranjeria PAS: Pasaporte RUC: Registro Unico de Contribuyentes

2. 3.

Indicar el periodo de capitalizacion y demas condiciones contractuales relevantes de la obligacion garantizada. Este recuadro sera llenado y firmado por el representante autorizado del endosatario del warrant con la informacion debidamente sustentada por los respectivos documentos de liberacion y/o retiro parcial.

16356

Aprueban el Reglamento del Titulo de Credito Hipotecario Negociable
RESOLUCION SBS Nº 020-2001 MORDAZA, 16 de enero de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus respectivas modificatorias, en adelante Ley General, establecio en el Articulo 239º disposiciones generales respecto del Titulo de Credito Hipotecario Negociable; Que, la Resolucion SBS Nº 838-97 del 28 de noviembre de 1997, aprobo el Reglamento del Titulo de Credito Hipotecario Negociable, en adelante el Reglamento, estableciendo los requisitos formales y las caracteristicas que debe contener el referido titulo, asi como las condiciones para su adecuada ejecucion y el MORDAZA operativo para que las empresas del sistema financiero puedan conceder creditos con la hipoteca que este titulo representa;

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