Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2001 (17/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 17 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

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Aprueban cambio de denominacion de la organizacion politica "Coordinadora de Unidad Nacional" por la de "Todos por la Victoria"
RESOLUCION Nº 053-2001-JNE MORDAZA, 16 de enero de 2001 VISTO: El Expediente Nº 1740-2000, iniciado con la solicitud de inscripcion en el Registro de Organizaciones Politicas de la agrupacion politica "Coordinadora de Unidad Nacional", recibida el 20 de noviembre del 2000 y presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chipoco y la senora Zarella MORDAZA MORDAZA Villaorduna, Presidente y Secretaria General, respectivamente, de la organizacion politica nombrada; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el inciso b) del Articulo 88º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, modificado por el Articulo 8º de la Ley Nº 27369 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de noviembre del ano 2000, para la inscripcion de una organizacion politica en el Registro de Organizaciones Politicas, se requiere la MORDAZA de una relacion de adherentes no menor del 1% del total nacional de votantes que participaron en las elecciones generales del 9 de MORDAZA del ano 2000, cifra que equivale a 120,644 firmas segun lo determinado mediante la Resolucion Nº 1309-2000-JNE de fecha 19 de noviembre del 2000; Que es de competencia del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la verificacion de la autenticidad de las firmas de adherentes presentadas por las organizaciones que soliciten su inscripcion en el Registro respectivo, de conformidad con el procedimiento establecido en los Articulos 91º y 92º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, modificados por el Articulo 10º de la Ley Nº 27369; Que de la comprobacion de las firmas de adherentes presentadas por la agrupacion Coordinadora de Unidad Democratica entre el 20 de noviembre del 2000 y el 8 de enero del 2001, se tiene que dicha organizacion ha obtenido un acumulado de ciento veintiun mil seiscientos ochenta y un mil (121,681) firmas de adherentes validas, segun los informes remitidos el 26 de diciembre del ano 2000 mediante Oficios Nºs. 376, 377-2000-JEF/RENIEC; el 5 de enero del 2001 mediante Oficio Nº 026-2001-JEF/RENIEC; el 9 de enero del 2001 mediante Oficios Nºs. 036, 037, 038 y 045-2001-JEF/RENIEC; y, el 15 de enero del presente mediante Oficios Nºs. 059, 079, 080, 081, 082, 083, 084, 085, 086 y 103-2001-JEF/RENIEC; Que la agrupacion politica "Coordinadora de Unidad Nacional" ha cumplido con los requisitos exigidos para la inscripcion de una organizacion politica en el Registro de Organizaciones Politicas, establecidos en los Articulos 88º y 164º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que mediante escrito de fecha 11 de enero del 2001, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chipoco solicito el cambio de la denominacion de la agrupacion "Coordinadora de Unidad Nacional" por la de "Todos por la Victoria"; solicitud que debe atenderse en tanto no lesione ningun derecho de los senalados en el Articulo 89º de la Ley Organica de Elecciones en relacion con las organizaciones politicas inscritas ante el MORDAZA Nacional de Elecciones; Que cumplidos con los requisitos de inscripcion, el MORDAZA Nacional de Elecciones procede inmediatamente a efectuar la inscripcion provisional, la que se convierte en definitiva despues de resueltas las tachas que pudiera formularse dentro de los tres dias naturales siguientes a la publicacion de la presente resolucion o transcurrido dicho plazo sin que se MORDAZA formulado tachas, de conformidad con lo establecido en los Articulos 96º y 101º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones en cumplimiento de lo establecido en los numerales 2) y 3) del Articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el cambio de la denominacion de la organizacion politica "Coordinadora de Unidad Nacional" por la de "Todos por la Victoria".

Articulo Segundo.- Inscribir provisionalmente en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones a la agrupacion politica "Todos por la Victoria", teniendose como personero legal titular al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chipoco y como simbolo la figura de una MORDAZA de bordes de color MORDAZA, encerrada en un cuadrilatero de lineas de color MORDAZA y fondo MORDAZA, senalando domicilio en la Av. Grau Nº 122, distrito de La MORDAZA, provincia de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MARQUILLO, DE MORDAZA MORDAZA, BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 16387

Modifican las circunscripciones electorales de Abancay y Andahuaylas
RESOLUCION Nº 054-2001-JNE MORDAZA, 16 de enero de 2001 VISTO: El Oficio Nº 033-2001/J/ONPE recibido el 12 de enero del 2001, del senor MORDAZA MORDAZA Soldevilla, Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, solicitando la redistribucion de las provincias que integran las circunscripciones electorales de MORDAZA, MORDAZA, Abancay y Andahuaylas, asi como la creacion de una circunscripcion adicional para el departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 1364-2000-JNE de fecha 28 de diciembre del 2000, el MORDAZA Nacional de Elecciones definio 49 circunscripciones electorales, asi como sus respectivas sedes para la constitucion de Jurados Electorales Especiales con motivo de las elecciones generales del ano 2001; Que a solicitud de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, las circunscripciones electorales definidas por el MORDAZA Nacional de Elecciones pueden ser modificadas por razones tecnicas a fin de agilizar las labores propias del MORDAZA electoral, de conformidad con lo establecido en el Articulo 32º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, concordante con el Articulo 26º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales Nº 26487; Que la redistribucion solicitada de las provincias que integran las circunscripciones electorales de Abancay y Andahuaylas, no afecta el MORDAZA iniciado de constitucion de los Jurados Electorales Especiales a instalarse, no siendo el caso con las solicitudes correspondientes a las circunscripciones de MORDAZA y MORDAZA, asi como a la solicitud de creacion de una nueva circunscripcion electoral en el departamento de Cusco; Estando al informe tecnico remitido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales y al analisis efectuado del mismo, el MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar las circunscripciones electorales de Abancay y Andahuaylas de la siguiente manera: Departamento de Apurimac:
ABANCAY ANDAHUAYLAS Provincias de Abancay, Antabamba, Aymaraes, Cotabambas y Grau. Provincias de Andahuaylas y Chincheros. Abancay Andahuaylas

Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y de los Jurados Electorales Especiales a constituirse en los departamentos de MORDAZA, la presente resolucion para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA. MORDAZA ARTEAGA. MORDAZA VALLENAS. MORDAZA MARQUILLO. DE MORDAZA CANO. BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 16388

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