Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2001 (17/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, miercoles 17 de enero de 2001

Inscriben provisionalmente formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica presentada por la agrupacion "Todos por la Victoria"
RESOLUCION Nº 055-2001-JNE MORDAZA, 16 de enero de 2001 VISTA: La solicitud de inscripcion de formula presidencial presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chipoco, personero legal de la organizacion politica "Todos por la Victoria", para participar en las elecciones generales convocadas para el 8 de MORDAZA del 2001, recibida el 8 de enero del 2001; CONSIDERANDO: Que los partidos politicos, agrupaciones independientes y alianzas solo pueden presentar una formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de las Republica hasta noventa dias naturales MORDAZA de la fecha de las elecciones, conforme esta establecido en los Articulos 104º y 109º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que la solicitud presentada ha cumplido con los requisitos senalados en el considerando precedente, presentando para su inscripcion la formula integrada por un candidato a la Presidencia de la Republica, y un candidato para la Primera y MORDAZA Vicepresidencia, respectivamente; Que cumplidos con los requisitos de inscripcion, el MORDAZA Nacional de Elecciones procede a efectuar la publicacion de la formula presentada, la que se convierte en inscripcion definitiva despues de resueltas las tachas que pudiera formularse contra cualquiera de los candidatos dentro de los dos dias naturales siguientes a la publicacion o transcurrido dicho plazo sin que se MORDAZA formulado tachas, de conformidad con el procedimiento establecido en los Articulos 110º y 111º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones en cumplimiento de lo establecido en los numerales 2) y 3) del Articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru; RESUELVE: Articulo Unico.- Inscribir provisionalmente la siguiente formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica presentada por la agrupacion: "TODOS POR LA VICTORIA" para las elecciones generales del 8 de MORDAZA del ano 2001: Para Presidente de la Republica: Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SALAVERRY. Para Primer Vicepresidente de la Republica: Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHIPOCO. Para MORDAZA Vicepresidente de la Republica: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AZALDE. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 16389

Que, el Articulo 226º de la Ley de Titulos Valores, Ley Nº 27287, dispone que los formularios oficiales en que se emita el Certificado de Deposito y el Warrant seran aprobados por la Superintendencia de Banca y Seguros; Que, mediante Resolucion SBS Nº 556-86 del 30 de setiembre de 1986, Oficio Circular Nº 655-94 del 8 de febrero de 1994 y Oficio Circular Nº 5411-86 del 11 de noviembre de 1986, esta Superintendencia aprobo el texto uniforme de los Certificados de Deposito y Warrants, Talon y Anexos a los mismos, asi como el texto del primer endoso del Warrant; Que, dichos textos uniformes deben adecuarse a las caracteristicas establecidas en la Seccion Sexta del Libro MORDAZA de la Ley Nº 27287; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del Articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, y el Articulo 226º de la Ley Nº 27287; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar los formularios que deberan ser utilizados para la emision de los Certificados de Deposito, Warrants, sus respectivos anexos y el primer endoso del Warrant, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolucion. Los referidos formularios tienen caracter obligatorio. Las modificaciones de los formularios referidos en el parrafo anterior podran aprobarse mediante Circular de esta Superintendencia. Articulo Segundo.- Los formularios referidos en el articulo anterior deberan presentar los requisitos formales establecidos en los Articulos 224º y 232º, segun corresponda, de la Ley Nº 27287. Adicionalmente, los Almacenes Generales de Deposito deberan procurar las caracteristicas fisicas que consideren necesarias para asegurar su durabilidad y seguridad. Articulo Tercero.- La matricula o libros talonario de los Certificados de Deposito y Warrants que conserve el Almacen General de Deposito debera contener la misma informacion consignada en el anverso de estos. Adicionalmente, debera presentar en el reverso, espacios para anotar la informacion contenida en los Anexos que puedan tener los citados titulos, asi como para anotar las diferentes incidencias, medidas y otros aspectos relevantes referidos a los mencionados formularios. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion regira a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, fecha en que quedaran sin efecto la Resolucion SBS Nº 556-86 del 30 de setiembre de 1986, el Oficio Circular Nº 655-94 del 8 de febrero de 1994 y el Oficio Circular Nº 5411-86 del 11 de noviembre de 1986. Articulo Quinto.- Los Certificados de Deposito, Warrants y sus correspondientes anexos y primer endoso de warrant que se encuentren en circulacion, pendientes de vencimiento o pago a la entrada en vigencia de la presente Resolucion, se sujetaran a lo establecido en la MORDAZA y Tercera Disposicion Transitoria de la referida Ley Nº 27287. Asimismo, los Almacenes Generales de Deposito, previa autorizacion de esta Superintendencia, podran adecuar su stock actual de formularios a los requisitos formales esenciales establecidos en la mencionada ley y en la presente Resolucion, utilizandolos hasta el 30 de junio del ano 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros
(MODELO DE CERTIFICADO DE DEPOSITO)

SBS
Aprueban formularios que deberan ser utilizados para la emision de Certificados de Deposito, Warrants y anexos
RESOLUCION SBS Nº 019-2001 MORDAZA, 16 de enero de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
Nº.............

CERTIFICADO DE DEPOSITO(*) Nº ..............................
Certificado de Deposito con Warrant emitido Certificado de Deposito sin Warrant emitido (DENOMINACION Y DOMICILIO DEL ALMACEN GENERAL) En .......................... el dia ........ de ........................ de 2......, se expide el presente titulo a la orden de ........................................................ domiciliado en ............................................... con D.O.I.1 : ................... Nº ....................., sobre los bienes abajo especificados, asegurados contra el riesgo de .................. en la Empresa ............................................ con domicilio en

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