Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2001 (17/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de enero de 2001

por motivos de indole particular, obteniendo una ampliacion de Licencia a cuenta de Vacaciones programadas en mes de MORDAZA del 2000, induciendo a error de derecho a la Direccion de Personal quien emitio la Resolucion Administrativa Nº 068-2000-DISA-IV-LE-DP de fecha 16 de febrero del 2000, por la cual se le concedio Licencia por motivos de indole personal del 1 de febrero al 1 de marzo del 2000; Que si bien, la autoridad judicial es la competente para determinar si un documento es falso, como presuntamente ha ocurrido en el presentado caso, si se configuran indicios razonables que conllevan a afirmar que los Certificados de Nacimiento y de Defuncion correspondientes al menor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA han sido expedidos irregularmente con datos inexactos, proveidos voluntaria y maliciosamente por el T.A.P. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LUDENA; Que en relacion a este MORDAZA hecho, el T.A.P. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA tambien ha incumplido sus obligaciones previstas en el Articulo 21º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276, cumplimiento personal y diligente de los deberes que impone el servicio publico, y en los Articulos 127º y 131º del Decreto Supremo Nº 00590-PCM, conducirse con honestidad en el desempeno de los cargos asignados, ademas con decoro y honradez en su MORDAZA, asi como supeditar sus intereses particulares a las condiciones de trabajo y las prioridades fijadas por la autoridad competente; Que en su descargo de fecha 20 de octubre y recepcionado el 23 de octubre del 2000 respectivamente, el T.A.P. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no presenta fundamentos de hecho o de derecho validos ni medios probatorios concisos e idoneos que desvirtuen las consideraciones y conclusiones expuestas en el Informe Inicial Nº 007-2000-DISA-IV-LE de fecha 4 de octubre del 2000, asi como tampoco los expresa en su manifestacion de fecha 17 de noviembre del 2000, limitandose tan solo a negar los extremos de cada una afirmaciones expresadas en el referido informe inicial; Que estos hechos cometidos por el T.A.P. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los dos (2) hechos MORDAZA descritos se encuentran debidamente acreditados, configurandose la comision de faltas administrativas graves de caracter disciplinarias previstas en el Articulo 28º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276, incumplimiento de las normas establecidas en la Ley y el Reglamento, que merecen la imposicion de una sancion disciplinaria inmediata y ejemplar en uso de la prerrogativa otorgada en el Articulo 170º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, teniendo en consideracion la reincidencia del autor, criterio a considerar para la aplicacion de la correspondiente sancion disciplinaria segun preve el Articulo 154º inciso a) de la MORDAZA legal acotada; Que los hechos descritos, revisten la gravedad del caso determinadas por las circunstancias y forma en que se cometieron, la concurrencia de varias faltas y los efectos que produjeron estas, criterios para determinar la naturaleza de los hechos y evaluar la gravedad de las faltas administrativas cometidas, senaladas en el Articulo 151º incisos a), b), c) y e) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Con la opinion favorable de la Direccion Ejecutiva de Administracion, la Direccion de Personal y la Asesoria Legal; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 21º inciso a), 26º inciso c), 28º inciso a) y demas pertinentes del Decreto Legislativo Nº 276, los Articulos 127º, 131º, 150º, 151º incisos a), b), c) y e), 152º, 153º, 154º inciso a), 155º inciso c), 158º, 160º, 170º y demas pertinentes del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y las normas contenidas en el Decreto Supremo Nº 0294-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer la sancion disciplinaria de Cese Temporal por doce (12) meses sin Goce de Remuneraciones al T.A.P. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asistente Administrativo I Categoria SP-F, de la Administracion DISA-IV-LE, por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion Directoral.

Articulo 2º.- Disponer que la presente Resolucion Directoral forme parte del Legajo Personal del mencionado servidor. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion de Personal lo concerniente a la notificacion y aplicacion al mencionado servidor, la sancion disciplinaria impuesta por la presente Resolucion Directoral. Articulo 4º.- Disponer que la Direccion de Personal efectue las acciones conducentes a la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, de la presente Resolucion Directoral. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA S. MORDAZA MORDAZA Director General Direccion de Salud IV MORDAZA Este 16405

MTC
Designan miembros del Directorio del Fondo MIVIVIENDA en representacion de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP
RESOLUCION SUPREMA Nº 008-2001-MTC MORDAZA, 16 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2000-ITINCI, se modifico la conformacion del Directorio del Fondo MIVIVIENDA, el cual estara integrado por los Ministros de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, un representante de la Corporacion Financiera de Desarrollo COFIDE y dos representantes de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas CONFIEP; Estando a la propuesta remitida por la Presidencia de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26912 y los Decretos Supremos Nºs. 001-99-MTC y 040-2000-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a los senores MORDAZA SCHEELJE MORDAZA y MORDAZA MORDAZA FERRADAS, como miembros del Directorio del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, en representacion de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 16436

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