Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2001 (17/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 197335 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de enero de 2001 Otorgan permisos de pesca a PERUJAP S.A.C. para operar embarcaciones de bandera japonesa en la extracción del recurso calamar gigante o pota RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 010-2001-PE/DNE Lima, 12 de enero del 2001 Visto el expediente de registro Nº CE-00008003 con escri- to del 10 y 11 de enero del 2001, presentado por la empresa PERUJAP S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés OGAWA SUISAN KABUSHIKI KAISHA. CONSIDERANDO : Que mediante Resolución Ministerial Nº 332-2000-PE del 19 de diciembre del 2000 se prorrogó hasta el 31 de marzo del 2001, el Régimen Especial para la extracción comercial del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), establecido por Resolución Ministerial N° 289-2000-PE. El esfuerzo de pesca por embarcación calamarera para el presente Régimen Especial, será hasta un máximo de captura nominal de 600 TM/mes permitiéndose una tole- rancia del 5%; en este régimen no son de aplicación los numerales 6.4.1, 6.5.1., 7 y 8.2 del Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Reso- lución Ministerial Nº 047-98-PE, modificado por las Reso- luciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE;Que a través de los escritos del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcación pesquera calamarera “EIHO MARU Nº 63” de 343 TN, en la extracción del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero mediante Informe Nº 011- 2001-PE/DNE-Dacp, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y sus modificato- rias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-98-PE modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE, las Resoluciones Ministe- riales Nºs. 289-2000-PE y 332-2000-PE, el Procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería aprobado por Decreto Supre- mo Nº 007-2000-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a la empresa PERUJAP S.A.C. representante legal en el Perú del armador japonés OGAWA SUISAN KABUSHIKI KAIS- HA, para operar la embarcación pesquera de bandera japonesa cuyas características se detallan a continuación, en la extracción del recurso calamar gigante o pota (Dosi- dicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa. EMBARCACION TN CAPAC. DE INDICATIVO SISTEMA DE ARTE DE VIGENCIA DEL INTERN ALMAC.(TM) INTERNAC. PRESERV. PESCA PERMISO DE PESCA EIHO MARU 63 343 890.42 7JJS CONGELADO POTERA 12.1.2001 -12.2.2001 Artículo 2º.- El permiso de pesca otorgado por el artículo precedente está sujeto al Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Reso- lución Ministerial Nº 047-98-PE modificado por las Reso- luciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE, en lo aplicable, a las condiciones y compromisos asumidos conforme a las Resoluciones Ministeriales Nºs 289-2000- PE y 332-2000-PE que establece el régimen especial y la prórroga, respectivamente, para la extracción comercial del calamar gigante o pota, normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento jurídico pesquero nacional, cuyo incumplimiento será causal de suspensión o caduci- dad del derecho otorgado según corresponda. Artículo 3º.- La eficacia de la presente resolución y el inicio de las operaciones de pesca de las embarcación pesquera calamarera citada en el Artículo 1º de la presen- te resolución, está condicionada a la entrada en vigenciadel permiso de pesca y la comunicación que efectúe la Dirección Nacional de Extracción del Ministerio de Pes- quería a la Dirección General de Capitanías y Guardacos- tas del Ministerio de Defensa, después de efectuada la inspección técnica correspondiente y de la instalación del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de la referida embarcación. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción 16297 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 011-2001-PE/DNE Lima, 12 de enero del 2001 Visto el expediente de registro Nº CE-00009003 con escritos del 10 y 11 de enero del 2001, presentado por la empresa PERUJAP S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés SHICHIGAHAMA GYOGYO KABUSHIKI KAISHA. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 332-2000-PE del 19 de diciembre del 2000 se prorrogó hasta el 31 de marzo del 2001, el Régimen Especial para la extracción comercial del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), establecido por Resolución Ministerial N° 289-2000-PE. El esfuerzo de pesca por embarcación calamarera para el presente Régimen Espe- cial, será hasta un máximo de captura nominal de 600 TM/mes permitiéndose una tolerancia del 5%; en este régimen no son de aplicación los numerales 6.4.1, 6.5.1., 7 y 8.2 del Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aproba- do por Resolución Ministerial Nº 047-98-PE, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE; Que a través de los escritos del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcación pesquera calamarera “RYOEI MARU Nº 68” de 354 TN, en la extracción del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas;Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero mediante Informe Nº 010- 2001-PE/DNE-Dacp, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y sus modificato- rias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-98-PE modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE, las Resoluciones Ministe- riales Nºs. 289-2000-PE y 332-2000-PE, el Procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería aprobado por Decreto Supre- mo Nº 007-2000-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a la empresa PERUJAP S.A.C. representante legal en el Perú del armador japonés SHICHIGAHAMA GYOGYO KABUS- HIKI KAISHA, para operar la embarcación pesquera de bandera japonesa cuyas características se detallan a con- tinuación, en la extracción del recurso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales perua- nas fuera de las veinte (20) millas de la costa.