Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2001 (18/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, jueves 18 de enero de 2001 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Pag. 197429

Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones- OSIPTEL, correspondiente al ejercicio del ano 2001. Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas de OSIPTEL la implementacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ano 2001, asi como la afectacion de los montos programados y la ejecucion del gasto correspondiente, de acuerdo a lo distribuido por cada Gerencia. Articulo Tercero.- Disponer que el Plan Anual a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion se ponga a disposicion del publico, de conformidad con lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 3º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 03998-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Gerente General (e) 16463

Articulo 1º.- Adicionar a la Resolucion Jefatural Nº 4169-2000-RPM de fecha 26 de octubre del 2000 en via de regularizacion, la relacion de 17 derechos mineros que no han cumplido con el pago del derecho de vigencia y/o penalidad correspondiente al ano 2000, que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Jefe Institucional 16407

SUNAT
Aprueban estructura organizacional de la SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 012-2001/SUNAT MORDAZA, 17 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo Nº 639 aprobo -en su Articulo 2º - la estructura organica basica de la Superintendencia Nacional de la Administracion Tributaria; Que el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 032-92EF dispuso la aprobacion del Estatuto de la Superintendencia Nacional de la Administracion Tributaria - SUNAT; facultandose a su titular -en su Articulo 6º literal f)- a aprobar o modificar la estructura organica de la SUNAT; Que mediante el Articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT se aprobo el Texto Unico Ordenado del Estatuto de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 0042001/SUNAT se modifico el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT con la finalidad de mejorar el desempeno institucional de la SUNAT; Que resulta conveniente adecuar la estructura organizacional al Estatuto de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; En uso de las facultades conferidas en los incisos c) y l) del Articulo 6º del Estatuto de la SUNAT, modificado por la Resolucion de Superintendencia Nº 004-2001/ SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la siguiente estructura organizacional de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y el organigrama correspondiente que, como anexo, se integra a la presente Resolucion: ALTA DIRECCION Superintendente Nacional de Administracion Tributaria Superintendente Nacional Adjunto de Administracion Tributaria ORGANOS DE APOYO COMITE DE ALTA DIRECCION SECRETARIA GENERAL Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Publicas Departamento de Administracion Documentaria Departamento de Archivo Central

RPM
Adicionan relacion de derechos mineros que no han cumplido con el pago del derecho de vigencia y/o penalidad correspondiente a la R.J. Nº 4169-2000RPM
RESOLUCION JEFATURAL Nº 011-2001-RPM MORDAZA, 12 de enero del 2001 VISTO, el Informe Nº 024-2001-RPM/DGDC, de fecha 10 de enero del 2001 de la Direccion General de Desarrollo Corporativo referente al cumplimiento del pago del derecho de vigencia correspondiente al ano 2000; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Jefatural Nº 4169-2000-RPM de fecha 26 de octubre del 2000 se aprobo la relacion de derechos mineros que no cumplieron con pagar el Derecho de Vigencia y/o Penalidad correspondiente al ano 2000; Que, de conformidad al Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 052-99-EM, se asigna al Registro Publico de Mineria las funciones consignadas en el Articulo 44º y en los incisos h) y p) del Articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, y en los Articulos 27º, 37º, 74º, 76º, 77º y 93º e incisos d) y f) del Articulo 122º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM; Que, de acuerdo al Articulo 76º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, se expedira la resolucion colectiva de todos los denuncios, concesiones y petitorios cuyos titulares no cumplieron con el pago oportuno del derecho de vigencia y/o penalidad, indicandose el nombre del petitorio, denuncio o concesion y su extension, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM;

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