Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2001 (18/01/2001)


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En los terminos y condiciones siguientes: PRIMERA: ANTECEDENTES

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de enero de 2001

· Flujo de MORDAZA · Listado detallado de ingresos y egresos g.- Informar de manera exacta y pronta sobre aquellos asuntos que le MORDAZA solicitados por la SUPERINTENDENCIA. h.- Cuando menos una vez durante el semestre la persona juridica liquidadora debera publicar en el Diario Oficial, los balances que muestren el estado del BANCO SERBANCO S.A. en Liquidacion. Dicha publicacion se efectuara dentro de los 30 dias calendario posteriores al fin del semestre. i- Presentar un informe de fin de gestion, debidamente auditado, al vencimiento del presente contrato; a la culminacion del MORDAZA liquidatorio, o a la resolucion del presente contrato, en el caso de que estos dos ultimos eventos ocurrieran con anterioridad. El costo de la Auditoria sera por cuenta del BANCO SERBANCO, mediante contrato, previamente autorizado por la SUPERINTENDENCIA. j.- Realizar el saneamiento administrativo, operativo, contable y legal que el BANCO SERBANCO requiera para la buena marcha y conclusion del proceso. k.- Cumplir con las obligaciones y compromisos contenidos en el plan de trabajo presentado en el concurso publico, y presentar un informe trimestral sobre su avance y/o cumplimiento. 3. La informacion solicitada en los literales e y f del numeral anterior, se entregara dentro de los quince (15) primeros dias calendario del mes siguiente al de la fecha de vencimiento. 4. La PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA cumplira sus obligaciones con la diligencia debida, en atencion a la naturaleza del encargo que recibe. 5. La PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA debera contar con la infraestructura y el personal tecnico especializado y de apoyo necesario para realizar las gestiones encomendadas, estando prohibida de contratar personal e infraestructura fisica a nombre del BANCO SERBANCO, asi como de subcontratar personas naturales o juridicas para cumplir con las obligaciones emanadas del presente contrato. El personal asignado a la liquidacion podra ser reemplazado por otro de igual o mayor calificacion previo conocimiento por escrito de la Superintendencia, asimismo podra en cualquier momento requerir el cambio de alguna persona que en su criterio no reuna las condiciones adecuadas. CUARTA: VIGENCIA El plazo del presente contrato es de 12 meses y se computa desde el .............. hasta ............ La SUPERINTENDENCIA podra prorrogar dicho plazo, a juicio del Superintendente de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 115º de la Ley General. QUINTA: RETRIBUCION 1. Una comision fija por unica vez devengada al inicio. 2. Comisiones variables incluido el Impuesto General a las Ventas, derivadas de la aplicacion de las comisiones establecidas en el Anexo Nº 5 Propuesta Economica, que sera incorporado como parte integrante del presente contrato. 3. Solo habra lugar al desembolso de la contraprestacion, cuando se haga efectivo el ingreso a la MORDAZA del BANCO SERBANCO, el producto de las ventas o de las recuperaciones. Cuando se trate de compensaciones o dacion en pago, para que esta sea considerada dentro de la masa computable para el calculo de la retribucion, se requiere que la SUPERINTENDENCIA MORDAZA otorgado su previa autorizacion escrita. El desembolso de la retribucion se efectuara luego de concluida la operacion y que la transferencia quede registrada en la contabilidad del BANCO SERBANCO. En el caso de ventas a plazo u otras modalidades previamente aprobadas por la SUPERINTENDENCIA, la retribucion se MORDAZA efectiva solo despues de haberse registrado el ingreso en la MORDAZA del BANCO SERBANCO por el importe de la correspondiente cuota.

1. La SUPERINTENDENCIA es la entidad encargada de seleccionar a las personas juridicas que deberan efectuar las liquidaciones de las empresas del sistema financiero, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 115º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la SUPERINTENDENCIA, aprobada por la Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General. 2. Mediante Resolucion SBS Nº 455-99 se aprobo el Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros. 3. Mediante Resolucion SBS Nº 638-99 del 14 de MORDAZA de 1999 se aprobo el Reglamento de los Consejos de Acreedores de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros en Liquidacion. 4. Mediante Resolucion SBS Nº ..................... de fecha ...................... se designo a la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA como administradora del MORDAZA liquidatorio de Banco Serbanco S.A. en Liquidacion, en adelante BANCO SERBANCO. SEGUNDA: OBJETO Por el presente documento, la SUPERINTENDENCIA de conformidad al Articulo 115º de la Ley General, encomienda a la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA la conduccion del MORDAZA liquidatorio del BANCO SERBANCO, para lo cual MORDAZA asume las atribuciones y obligaciones consideradas en el presente contrato y las previstas en la Resolucion SBS Nº 455-99, asi como en cualquier otra disposicion que la modifique o complemente. TERCERA: ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES 1. En virtud del presente documento, la PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA gozara plenamente, en lo que respecta al BANCO SERBANCO, de las facultades conferidas por la Resolucion SBS Nº 455-99, la Ley General y las normas pertinentes que emita la SUPERINTENDENCIA. 2. La PERSONA JURIDICA LIQUIDADORA asumira todas las obligaciones derivadas de la Resolucion SBS Nº 455-99, la Ley General, las Bases y del presente contrato. Sin que la relacion que se detalla a continuacion sea taxativa, deberan considerarse de modo especial las siguientes: a.- Salvaguardar los activos de la empresa en liquidacion y los correspondientes derechos de propiedad y posesion. b.- Realizar los activos de la empresa en liquidacion de manera adecuada y, de ser el caso, transferir los pasivos. c.- Cumplir con pagar las obligaciones a cargo del BANCO SERBANCO respetando la prelacion, de acuerdo a la Ley General y a las disposiciones emitidas por la SUPERINTENDENCIA, con los recursos obtenidos segun lo dispuesto en el literal b precedente. d.- Mantener permanentemente actualizada la publicacion de la relacion de los acreedores de la empresa, en los lugares y forma establecidos en la Resolucion SBS Nº 455-99. e.- Rendir cuenta mensual a la SUPERINTENDENCIA de los gastos de mantenimiento y saneamiento administrativo-legal, realizados por cuenta del BANCO SERBANCO. f.- Presentar en forma trimestral a la SUPERINTENDENCIA un informe detallado y sustentado, sobre el desarrollo de la liquidacion con referencia a los progresos obtenidos en la venta de activos, las acciones adoptadas para la recuperacion o realizacion de la cartera, las sumas recaudadas por dichos conceptos, el pago de pasivos, y otros aspectos de interes del MORDAZA liquidatorio. Complementariamente la persona juridica liquidadora debera hacer llegar a la SUPERINTENDENCIA informacion estadistica en diskette referente a: · Balance General (Forma "A") · Estado de Perdidas y Ganancias (Forma "B") · Balance de Comprobacion

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