Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2001 (18/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, jueves 18 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad con el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor arqueologico, historico y artistico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 08, de fecha 1 de diciembre de 2000, propuso se declare monumento al Templo San MORDAZA Apostol de Carumas, ubicado en la MORDAZA MORDAZA esquina MORDAZA MORDAZA - Plaza Mayor del distrito de Carumas, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, por cuanto constituye una relevante edificacion por su emplazamiento, construida integramente en MORDAZA a principios del siglo XIX, ademas de reunir meritos historicos, estilisticos y urbanisticos que justifican su conservacion y declaracion como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion; Con las visaciones de la Direccion General del Patrimonio Monumental y Cultural, la Direccion del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Inmueble, la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 063-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; SE RESUELVE:

Que, mediante Acuerdo Nº 381, de fecha 23 de octubre del 2000, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion la MORDAZA Arqueologica Monumental de "Rancocha", ubicada en el distrito de Atavillos Alto, provincia de Huaral, departamento de Lima; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, `Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion', Decreto Supremo Nº 050-94-ED, `Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura'; y la Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, `Reglamento de Investigaciones Arqueologicas'; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR Patrimonio Cultural de la Nacion la MORDAZA Arqueologica Monumental de "Rancocha", ubicada en el distrito de Atavillos Alto, provincia de Huaral, departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TORD Director Nacional 16363 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 019/INC MORDAZA, 8 de enero de 2001

Articulo Unico.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al Templo San MORDAZA Apostol de Carumas, ubicado en la MORDAZA MORDAZA esquina MORDAZA MORDAZA - Plaza Mayor del distrito de Carumas, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TORD Director Nacional 16362

VISTO, el Acuerdo Nº 318, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion 32, de fecha 28 de agosto del 2000; el Oficio Nº 121-2000CCZAOAAHH, de fecha 9 de noviembre del 2000, presentado por la Comision Calificadora de Zonas Arqueologicas Ocupadas por Asentamientos Humanos al doctor MORDAZA MORDAZA Tord MORDAZA, Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura, y el Dictamen Nº 062000-CCZAOAAHH, emitido por la Comision Calificadora de Zonas Arqueologicas Ocupadas por Asentamientos Humanos en su sesion 21, de fecha 5 de septiembre de 2000; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 091-87-ED del 25 de febrero de 1987 se declara MORDAZA Arqueologica Intangible el area de 17 hectareas + 1,380.00 metros cuadrados con un perimetro de 2,538.11 metros lineales que corresponden al Conjunto Arqueologico de MORDAZA Salado, ubicado en la provincia y departamento de MORDAZA, conforme al Plano de Delimitacion Perimetrico Nº T-2386; Que, con Oficio Nº 445-98-INC/DGPA-D del 16 de MORDAZA de 1998, la Direccion General de Patrimonio Arqueologico transfiere informacion a la Comision Calificadora de Zonas Arqueologicas Ocupadas por Asentamientos Humanos de la existencia del Proyecto de Investigacion, Conservacion y Puesta en Valor de la MORDAZA Arqueologica de MORDAZA Salado, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones; Que, mediante Oficio Nº 382-99-INC/DGPA-D, del 4 de noviembre de 1999, el Director General de Patrimonio Arqueologico informa a la Comision Calificadora de Zonas

Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a diversas zonas arqueologicas ubicadas en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 018/INC MORDAZA, 8 de enero de 2001 VISTO, el Acuerdo Nº 381, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion 38, de fecha 23 de octubre del 2000; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais;

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