Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2001 (21/01/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 21 de enero de 2001

Que, la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional ha revisado la documentacion presentada segun Informe Tecnico Nº 1002-2000-MTC/ 15.18.04.1.ATR concluyendo que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y lo dispuesto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 127-2001-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 036-20001-MTC/15.18.01 MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de la Empresa de Transportes "EXPRESO LOS CHANKAS" S.R.L., las concesiones de ruta: Andahuaylas-Ayacucho y Andahuaylas-Cusco y viceversa, para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: A.- RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA HORARIOS B.- RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA HORARIOS : ANDAHUAYLAS - MORDAZA y viceversa : ANDAHUAYLAS : MORDAZA : ANDAHUAYLAS - CHINCHEROS - URIPA : CHINCHEROS - URIPA : Una (1) diaria en cada extremo de ruta : Tres (3) omnibus : Dos (2) omnibus de placas de rodaje UD-3012 (1985) y UQ-4950 (1992) : Un (1) omnibus de placa de rodaje UI-5136 (1981) : Salida de Andahuaylas: 18.30 horas Salida de MORDAZA 19.00 horas : ANDAHUAYLAS - MORDAZA y viceversa : ANDAHUAYLAS : MORDAZA : ABANCAY : ABANCAY : Una (1) diaria en cada extremo de ruta : Tres (3) omnibus : Dos (2) omnibus de placas de rodaje UI7821 (1989) y VG-2238 (1997) : Un (1) omnibus de placa de rodaje UI-5136 (1981) : Salida de Andahuaylas: 18.00 horas. Salida de Cusco: 18.00 horas.

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Suspenden examenes de admision convocados para el Programa de Capacitacion Academica para el ascenso de magistrados del Poder Judicial y Ministerio Publico, y para el Programa de Formacion de Aspirantes
RESOLUCION Nº 001-2001-AMAG-CD MORDAZA, 19 de enero del 2001 EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA CONSIDERANDO: Que, la Sexta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 26623, que creo el Consejo de Coordinacion Judicial, suspendio la competencia y atribuciones del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, siendo estas asumidas por el Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, disposicion que ha sido derogada por el Articulo Primero de la Ley Nº 27368, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de noviembre de ano proximo pasado; Que, la MORDAZA Disposicion Final y Transitoria de la Ley Nº 27368, dispuso la designacion del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, estableciendo que dentro de los quince dias siguientes a la vigencia de dicha ley, asumiria inmediatamente sus funciones previstas en los Articulos 5º y 6º de la Ley Nº 26335, Ley Organica de la Academia de la Magistratura; Que, el Consejo Directivo ha quedado instalado por sesion realizada el dia 4 de los corrientes; Que, el Consejo Directivo es el mas alto organo de la Academia de la Magistratura, correspondiendole, entre otras facultades, la aprobacion de los reglamentos academicos; Que, con fecha 16 de enero ultimo, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolucion Directoral Nº 0112001-AMAG-DG, Reglamento del Concurso Publico de Meritos para la Admision al Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso dirigido a magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico e igualmente con fecha 18 de enero se ha publicado la Resolucion Directoral Nº 0152001-AMAG-DG, Reglamento del MORDAZA Concurso Publico de Meritos del PROFA para el Curso Especial de Preparacion de Aspirantes del Poder Judicial y del Ministerio Publico; Que, los indicados Reglamentos no han sido puestos a consideracion del Consejo Directivo para su aprobacion, conforme a las Disposiciones Legales vigentes; Que, siendo ello asi, y en tanto los citados Reglamentos no MORDAZA aprobados conforme a Ley, estos deben ser dejados sin efecto, disponiendose la suspension de los examenes de admision convocados; Por lo que, de conformidad con el mandato legal y acuerdo del Pleno del Consejo Directivo, y en ejercicio de sus atribuciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 011-2001-AMAG-DG, Reglamento del Concurso Publico de Meritos para la Admision al Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso dirigido a magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 015-2001-AMAG-DG, Reglamento del MORDAZA Concurso Publico de Meritos del PROFA para el Curso Especial de Preparacion de Aspirantes del Poder Judicial y del Ministerio Publico. Articulo Tercero.- Suspender los examenes de admision convocados para el Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso de Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico asi como para el Programa de Formacion de Aspirantes.

Las tarjetas de circulacion seran expedidas con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos MORDAZA mencionados. Segundo.- La presente resolucion debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Cuarto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 16532

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