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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (03/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 198128 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de febrero de 2001 CARLOS FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la República HENRY PEASE GARCÍA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de febrero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 17535 DECRETOS DE URGENCIA DECRET O DE URGENCIA Nº 015-2001 AUTORIZA OPERACION DE ENDEUDAMIENT O INTERNO BAJO LA MODALIDAD DE EMISION DE BONOS SOBERANOS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en concordancia con los esfuerzos que viene desarrollando el Gobierno Central para el fortalecimien- to de la economía nacional, es necesario desarrollar un mercado de deuda soberana con la finalidad de promo- ver el mercado de capitales peruano; Que, para tal fin, el Gobierno Central emitirá Bonos Soberanos hasta por S/. 500 000 000,00 (QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, se adopta esta medida extraordinaria en mate- ria económica y financiera porque lo requiere el interés nacional, en tanto permitirá una administración más eficiente de la deuda pública; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Autoriza Emisión de Bonos Sobera- nos Autorízase la emisión de Bonos Soberanos hasta por S/. 500 000 000,00 (QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), que tendrán las siguientes características: - Moneda :Nuevos Soles - Tasa de interés :La que se determine de acuerdo al mercado - Negociabilidad :Libremente Negociables - Registro :Mediante anotaciones en cuenta en CAVALI ICLV S.A. En la Bolsa de Valores de Lima Artículo 2º.- Programa de Emisión de Bonos Soberanos La emisión de Bonos Soberanos que se aprueba en el artículo precedente se efectuará de acuerdo con el "Programa de Emisión de Bonos Soberanos 2001", que como anexo forma parte de este Decreto de Urgencia.Artículo 3º.- Autorización Autorízase al Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir toda la documentación que se requiera para implementar lo dispuesto en este dispositivo legal. Artículo 4º.- Servicio de la Deuda El servicio de amortización, intereses, comisio- nes y demás gastos que se deriven de la emisión de Bonos Soberanos que se autoriza en el Artículo 1º de esta norma legal, serán atendidos con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de la Deuda Pública. Artículo 5º.- Exoneración de Concurso Público Exonérase al Ministerio de Economía y Finanzas de lo establecido en la Ley Nº 26850 y demás normas complementarias y reglamentarias para la contrata- ción de los sistemas operativos y los servicios de aseso- ría necesarios para implementar la emisión de Bonos Soberanos que se aprueba en el Artículo 1º de esta norma legal, autorizándolo a contratar dichos servicios de manera directa. Artículo 6º.- Normas Reglamentarias Autorízase a la Dirección General de Crédito Públi- co del Ministerio de Economía y Finanzas a determinar las características adicionales de los Bonos Soberanos cuya emisión se autoriza en el Artículo 1º de este dispositivo legal, de acuerdo con los procedimientos y demás normas reglamentarias y complementarias, que se dicten mediante Resolución Ministerial de Economía y Finanzas. Artículo 7º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de febrero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas PROGRAMA DE EMISION DE BONOS DE DEUDA SOBERANA 2001 OBJETIVO :Emitir bonos soberanos en el mercado local para el desarrollo del mercado de capitales. UNIDAD RESPONSABLE :Dirección General de Crédito Público MONEDA :Nuevos Soles MONTO :Hasta S/. 500 Millones que se colocarán por tramos TASA DE INTERES :Por definir al momento de cada colocación PLAZO DE COLOCACION :Hasta el 31 de diciembre de 2001 MECANISMO DE COLOCACION :Subasta Pública REGISTRO :Anotaciones en cuenta - CAVALI. NEGOCIABILIDAD :Libremente negociables PROGRAMA DE SUBASTAS ESTIMADO :Semestre I S/. 300 MM Semestre II S/. 200 MM 17536