Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2001 (03/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 3 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES
VISTO:

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Visto el expediente de registro Nº CE-00042003 del 23 de enero del 2001, presentado por la empresa SIETE MARES S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 265-2000PE/DNE de fecha 17 de noviembre del 2000, prorrogada por las Resoluciones Directorales Nºs. 292-2000-PE/DNE y 301-2000-PE/DNE de fechas 21 y 29 de diciembre del 2000, se otorgo y prorrogo respectivamente, el permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones MASUTOMI SUISAN KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa denominada "YUKO MARU Nº 11", de 349 de Tonelaje Neto, 1,091.89 m3 de capacidad de almacenamiento, con el uso de potera como arte de pesca, por un periodo de vigencia a partir del 22 de noviembre al 22 de diciembre del 2000, del 23 al 31 de diciembre del 2000 y del 1 al 31 de enero del 2001; Que a traves del escrito del visto, la recurrente solicita la prorroga del permiso de pesca indicado por quince (15) dias adicionales del 1 al 15 de febrero del 2001, conforme a lo dispuesto por el Articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 289-2000-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante Informe Nº 0322001-PE/DNE-Dacp, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98PE y 156-2000-PE, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 289-2000-PE y 332-2000-PE, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 0294-JUS; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar el permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 265-2000-PE/DNE prorrogado por Resoluciones Directorales Nºs. 292 y 301-2000PE/DNE a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones MASUTOMI SUISAN KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa "YUKO MARU Nº 11" con indicativo internacional J B Q O, hasta el 15 de febrero del ano 2001, manteniendose los demas terminos y condiciones. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion 17430

El Informe Legal Nº 022-2001-GAJ/COOPOP de fecha 24.01.01 de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, corresponde a la Procuraduria Publica del Sector la representacion judicial del Estado en juicio; Que siendo el Ofrecimiento de Pago y consignacion un MORDAZA judicial no contencioso regulado por el Codigo Procesal Civil, su interposicion a nombre de COOPOP corresponde a la Procuraduria Publica del sector, organo encargado de la Representacion y Defensa Judicial del Estado; Que por convenir a los intereses de la Institucion, la Gerencia de Administracion de COOPOP de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 1251º del Codigo Civil, Articulo 807º del Codigo Procesal Civil, Ley Nº 26636, Decreto Legislativo Nº 650 y su Reglamento y demas normas conexas, procedio a consignar ante el Banco de la Nacion mediante Certificado de Deposito Judicial Nº 2001004600187 la suma de S/. 420.57 nuevos soles por concepto de Beneficios Sociales, correspondientes al ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA al no apersonarse este a las oficinas de la Institucion a cobrar sus Beneficios Sociales, ante lo cual a fin de evitar la innecesaria generacion de intereses sobre dicha suma resulta procedente interponer la respectiva Demanda de Ofrecimiento Judicial de Pago y Consignacion de Beneficios Sociales; Asimismo existiendo orden judicial de retencion del 50% de los beneficios sociales formulado por el Juzgado Especializado de Familia de MORDAZA, expediente numero 205-96 en los seguidos por MORDAZA Vizcaya del MORDAZA contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y estando a que el mencionado ex servidor ha dejado de laborar para la Entidad y corresponde el pago de sus beneficios sociales, se ha cumplido con retener el 50% ordenado, siendo del caso poner esta suma a disposicion del juzgado, es necesario autorizar a la Procuradora Publica del sector proceder a la consignacion de S/. 420.85 ordenado por el Juzgado Especializado de Familia de MORDAZA a fin de evitar incurrir en desacato a lo ordenado en su Resolucion Nº 01 de fecha 30.6.99; De conformidad, con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y Decreto Legislativo Nº 866 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica del PROMUDEH a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga la demanda de ofrecimiento judicial de pago y consignacion de beneficios sociales contra el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y asimismo ponga a disposicion del juzgado especializado de familia de MORDAZA el certificado de deposito judicial indicado en los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion asi como los antecedentes del caso, a la mencionada Procuradora Publica del Sector para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 17506

PROMUDEH
Autorizan a procuradora interponer demanda de ofrecimiento judicial de pago y consignacion de beneficios sociales contra ex servidor de COOPOP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 075-2001-PROMUDEH MORDAZA, 2 de febrero de 2001

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