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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (03/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 198137 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de febrero de 2001 DIRECTIVA Nº 001-2001-MITINCI/VMT/DNT REGLAMENTO DEL JUEGO LUCKY 16 / LUCKY PLAYER 21 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Definiciones: Para los efectos de este Reglamento se entiende por: a.- Lucky 16/ Lucky Player 21: al juego de casino que puede ser realizado complementariamen- te al juego de Black Jack en la misma mesa de juego. El objetivo de cada jugador es conseguir con sus dos primeras cartas una puntuación de “16” o de “21”. En el primer caso, una carta con valor “6” y otra con valor “10” para ser ganador del Lucky 16. En el segundo caso, un “As” y otra carta con valor “10” para ser ganador del Lucky Player 21. b.- DNT: a la Dirección Nacional de Turismo. c.- Dirección Ejecutiva: a la Dirección Ejecutiva de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas de la Dirección Nacional de Turismo. d.- Inspector: al Inspector de Juego de la DNT. e.- Explotador: al titular de la sala de juego donde se explotan los juegos de casino. f.- Dealer: al personal del explotador encargado de conducir el desarrollo del juego. También puede ser identificado con el nombre de “Crupier” o “Tallador”. g.- Partida: A la secuencia que se inicia con la colocación de las apuestas por los jugadores y que culmina con la determinación del resultado de las mismas en el juego. h.- Black Jack: Al juego de casino aprobado por la DNT mediante la Directiva Nº 001-99-MITINCI/VMT/ DNT, incluyendo las modificaciones que se hubieren realizado y que se encuentra registrado con el código JC0001. i.- Apuesta: A la apuesta del juego tradicional de Black Jack que obligatoriamente cada jugador debe realizar para participar en el Lucky 16/Lucky Player 21. j.- Apuesta complementaria: A la apuesta inicial pero opcional que cada jugador puede realizar adicio- nalmente a la apuesta del juego tradicional de Black Jack. La apuesta complementaria será una cantidad fija e idéntica para todos los jugadores. k.- Combinación ganadora de Lucky 16: Aquella constituida por una carta con valor “6” y una carta con valor “10” en las dos primeras cartas recibidas por un jugador que realizó la apuesta complementaria. l.- Combinación ganadora de Lucky Player 21: Aquella constituida por un As y una carta con valor “10” en las dos primeras cartas recibidas por un jugador que realizó la apuesta complementaria. Artículo 2º.- Del material para el juego: Para el desarrollo del Lucky 16/Lucky Player 21, adicional- mente a los materiales requeridos para el funciona- miento del Black Jack, la sala de juego del explotador deberá contar con el siguiente material: a.- Casilleros complementarios: En la mesa de juego de Black Jack debe incluirse siete zonas marca- das destinadas para las apuestas complementarias de los jugadores. b.- Marcador: Ficha con la que se identifica a los jugadores que han obtenido 16 ó 21 puntos, con sus dos primeras cartas y en la forma establecida en el Artículo 1º, inciso a) de la presente Directiva. c.- Selector de premio complementario: Botón que debe ser presionado por aquel participante que tenga una combinación ganadora de Lucky 16 o Lucky Player 21 para establecer el premio que le corresponde en el Lucky 16/ Lucky Player 21. d.- Selector de jugador afortunado: Botón que debe ser presionado por aquel participante que tenga una combinación ganadora de Lucky 16 o Lucky Player 21 para establecer si le corresponde doblar su premio en el Lucky 16/ Lucky Player 21.e.- Tablero: Unidad de exhibición en el que se indica entre otros aspectos, el premio complementario que recibe el titular de una combinación ganadora de Lucky 16 o Lucky Player 21 y la posición que resulta de la selección del jugador afortunado. Artículo 3º.- Del valor de las cartas: El valor de las dos primeras cartas que reciben los participantes del Lucky 16/Lucky Player 21, será el siguiente: El As tendrá un valor de once (11) puntos. Las figuras identificadas con las letras “K”, “Q” y “J” tendrán un valor de diez (10) puntos. Las demás cartas que se encuentran enumeradas del dos (2) hasta el diez (10) tendrán el valor que aparece en sus respectivas caras. CAPÍTULO II DE LAS REGLAS APLICABLES AL JUEGO Artículo 4º.- Del funcionamiento del juego: En el juego de Lucky 16/Lucky Player 21 se aplican las siguientes reglas: a.- Los participantes de un juego de Black Jack pueden opcionalmente participar en el Lucky 16/Lucky Player 21 si al inicio de la partida realizan la apuesta complementaria, de acuerdo al monto establecido por el explotador. b.- Los jugadores que han obtenido una combinación ganadora de Lucky 16 o Lucky Player 21 son identifica- dos con un marcador y se continúa el juego de Black Jack de acuerdo a sus propias reglas. c.- El dealer solicita a los jugadores que han obtenido una combinación ganadora de Lucky 16 o Lucky Player 21 que opriman el selector del premio complementario, el cual al azar escoge un premio cuyo monto puede oscilar entre cinco y mil veces la apuesta complementa- ria. d.- El dealer solicita a los jugadores que han obteni- do una combinación ganadora de Lucky 16 o Lucky Player 21 que opriman el selector de jugador afortuna- do, el cual va a exhibir un número de posición en la mesa de juego y si éste coincide con la posición que le corres- ponde al jugador que oprimió el botón, el jugador doblará su premio. e.- No serán consideradas combinaciones ganadoras de Lucky 16 o Lucky Player 21 las manos separadas por un jugador. Artículo 5º.- De las reglas aplicables ante erro- res en el juego: El personal de la sala de juego procurará corregir en forma inmediata los errores detectados en las partidas. Cuando un jugador no esté de acuerdo con la decisión del personal de la sala de juego podrá solicitar la presencia del Inspector o en su defecto, presentar un escrito ante la Dirección Ejecu- tiva explicando los hechos y razones que sustentan su reclamo. CAPÍTULO III DE LAS OBLIGACIONES FORMALES Artículo 6º.- De la información sobre las reglas del juego Lucky 16/Lucky Player 21: En un sitio visible de la sala de juego debe aparecer el presente Reglamento. Asimismo, en cada mesa de Black Jack donde se practique el Lucky 16/Lucky Player 21 debe- rán estar a disposición de los usuarios en forma gratui- ta cartillas que informen sobre las instrucciones de este juego. Artículo 7º.- De la información sobre los lími- tes de las apuestas: Los límites mínimo y máximo para las apuestas complementarias deberán exhibirse en un sitio visible de la mesa donde se practique el Lucky 16/Lucky Player 21. Estos límites podrán modi- ficarse durante las horas de funcionamiento de la sala de juego, previa comunicación a los jugadores que se encuentran en la mesa y después de concluir dicha partida. 17447