Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2001 (03/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 3 de febrero de 2001

Los documentos aludidos anteriormente no restringen, limitan ni impiden la MORDAZA de otros titulos que permitan el saneamiento legal de los inmuebles y derechos correspondientes. Articulo 8º.- Las inscripciones registrales a que se refieren los articulos precedentes seran realizadas de manera provisional por el lapso improrrogable de 30 dias calendario, contados a partir de la fecha de publicacion del aviso a que se refiere el Articulo 5º del presente Decreto Supremo. Transcurrido este plazo sin que MORDAZA mediado oposicion judicial de terceras personas, procedera la conversion en inscripcion definitiva a solicitud de la empresa CONSORCIO INDUSTRIAL UCAYALI S.A. - CIUSA en Liquidacion. Articulo 9º.- El presente Decreto sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de febrero del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 17540

Autorizan contratacion directa de servicios de correo electronico y soporte tecnico de licencias a fin de garantizar operatividad del Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico (SIAF-SP)
DECRETO SUPREMO Nº 019-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, una de las prioridades del Gobierno de Transicion es asegurar la transparencia en la utilizacion de los recursos publicos; Que, el Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico (SIAF-SP) es una herramienta que permite registrar y transmitir informacion sobre los gastos e ingresos que efectuan las 557 Unidades Ejecutoras del Gobierno Central a nivel nacional, constituyendose en un instrumento basico para asegurar la transparencia en la utilizacion de los recursos publicos y la fiscalizacion del gasto publico por parte de la ciudadania; Que, para la operacion del SIAF-SP se hace indispensable contar con un Soporte Informatico y un Servicio de Transmision de Informacion Codificada que garantice la operatividad del sistema, la interconexion con las diferentes Unidades Ejecutoras asi como un acceso a nivel nacional al sistema; Que, para la contratacion de un MORDAZA proveedor del servicio de Desarrollo del Sistema de Correo Electronico Codificado para el periodo julio-diciembre de 2000, con fecha 14 de MORDAZA de 2000 se llevo a cabo el acto publico para el otorgamiento de la Buena Pro, en MORDAZA Convocatoria, del Concurso Publico Nº 0032000-EF/43; Que, sin embargo, mediante Resolucion Nº 266/ 2000.TC-S1 del 4 de setiembre de 2000, el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado declaro nulo el mencionado Concurso; Que, no habiendo sido posible cumplir dentro de los plazos programados con la seleccion de un MORDAZA proveedor y a fin de evitar la suspension de la operacion del SIAF-SP a nivel nacional, se continuo utilizando los

servicios del proveedor anterior con conocimiento de este, no obstante haber vencido su contrato; Que, asimismo, durante el ano 2000 se incremento sustancialmente el numero de usuarios del sistema a nivel nacional generandose la necesidad de utilizar un numero mayor de licencias Oracle a las efectivamente adquiridas, situacion que se produjo con conocimiento del proveedor de las mismas; y, adicionalmente, se tuvo que continuar solicitando los servicios de Soporte Tecnico de las licencias respectivas, incluso luego del vencimiento del contrato respectivo en MORDAZA de 2000; Que, resulta imperioso garantizar la continuidad operativa del SIAF-SP dado que constituye un instrumento basico para asegurar la transparencia en la utilizacion de recursos publicos; Que, es necesario regularizar la contratacion de los servicios y bienes a los que se refieren los considerandos anteriores para lo cual se cuenta con la conformidad de los proveedores involucrados; Que, adicionalmente, a fin de asegurar la continuidad en la operacion del SIAF-SP, es necesario autorizar la contratacion directa de los servicios de Correo Electronico Codificado y de Soporte Tecnico de Licencias Oracle en tanto se culmina con los procesos de seleccion correspondientes; Que, la falta de los referidos bienes y servicios podria afectar gravemente la operatividad del SIAF-SP y, por tanto, el logro de los objetivos de transparencia; Que, dicha circunstancia constituye una situacion de urgencia prevista en los Articulos 19º literal c), y 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en consecuencia resulta necesario exonerar al Ministerio de Economia y Finanzas del requisito de Concurso Publico para la contratacion del Servicio de Correo Electronico Codificado, de Licitacion Publica para la adquisicion de Licencias Oracle y de Adjudicacion Directa con Publicacion para la contratacion del respectivo servicio de Soporte Tecnico; De conformidad con lo establecido en los Articulos 19º, 20º y 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y en el Articulo 44º literal c) de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Declarar de interes prioritario el desarrollo y continuidad del Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico (SIAF-SP), en tanto instrumento basico para asegurar la transparencia en la utilizacion de los recursos publicos y la fiscalizacion del gasto publico por parte de la ciudadania. Articulo 2º.- Declarar en Situacion de Urgencia las siguientes contrataciones por parte del Ministerio de Economia y Finanzas: a. Servicio de Desarrollo del Sistema de Correo Electronico Codificado por el periodo comprendido desde setiembre de 2000 hasta el 30 de MORDAZA de 2001, en tanto se realice el Concurso Publico correspondiente; y, en consecuencia, exonerase al referido Ministerio del requisito de Concurso Publico para la contratacion del mencionado servicio, autorizandosele a efectuar un MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia hasta por un monto de S/. 151 500,00 (Ciento Cincuenta y Un Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas. b. Servicio de Soporte Tecnico Oracle, por el periodo comprendido desde junio de 2000 hasta MORDAZA de 2001 y en tanto se realice el MORDAZA de Adjudicacion Directa con Publicacion correspondiente; en consecuencia, exonerase al referido Ministerio del requisito de Adjudicacion Directa con Publicacion, autorizandosele a efectuar un MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia hasta por un monto de S/. 149 000,00 (Ciento Cuarenta y Nueve Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas. c. Adquisicion de Licencias Oracle efectuadas entre junio de 2000 y el 31 de enero de 2001; exonerandose al referido Ministerio del requisito de Licitacion Publica, autorizandosele a efectuar un MORDAZA de Adjudicacion

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