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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (03/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 198141 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de febrero de 2001 Que, efectuada la notificación de la indicada Resolu- ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada ha presentado su descargo correspondiente, sin desvirtuar los cargos imputados; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente Resolución y observadas las garantías y procedimientos establecidos, ha comprobado que la acción realizada constituye falta disciplinaria, acordando por unanimi- dad recomendar al Despacho Ministerial imponerle la sanción de VEINTE (20) días de Suspensión sin goce de remuneraciones, conminándosele, además, a morigerar su conducta; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "b" y 28º Incs. "a" y "j" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Públi- co y al Art. 155º Inc. "b" de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servi- dores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en el Acta Nº 150-2000-COPEPROAD-PNP de 25.OCT.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director Gene- ral de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC TF PNP Rosa Antonia MUÑOZ SEMINARIO, con VEINTE (20) días de Suspensión sin goce de remuneraciones, por Faltas Disciplinarias (Incumplimiento de normas y Actos de Inmoralidad). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolución a la interesada, a partir del día siguiente de su notificación y/o publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA Ministro del Interior 16941 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0097-2001-IN/PNP Lima, 22 de enero del 2001 Visto, el Acta Nº 143-2000-COPEPROAD-PNP de 2.OCT.2000 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Ci- viles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario ins- taurado a la EC TB PNP Bertha MANRIQUE SAN- CHEZ (43) CIP. Nº 70022989. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 6429-DI- PER-PNP de 11.SET.2000, se instauró proceso administrativo disciplinario a la EC TB PNP Bertha MANRIQUE SANCHEZ, por la presunta comisión de actos de inmoralidad y abandono de cargo, al encon- trarse faltando a sus labores desde el 1.SET.97 hasta la fecha, siendo además presunta autora del Delito de Usurpación de Autoridad al haber hecho uso de los sellos de la Jefatura Provincial PNP de JAUJA, utili- zando indebidamente la post firma del Jefe de la citada dependencia para confeccionar el Oficio Nº 278-VIII- RPNP-SRJ-JP del 16.FEB.98 dirigido al Jefe de la División de Control DIPER-PNP, con la finalidad de lograr el desbloqueo de su cuenta de ahorros del Banco de la Nación; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolu- ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo correspondiente;Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al proceso seguido contra la referi- da servidora, observando las garantías y procedimien- tos establecidos, habiéndose determinado que las accio- nes realizadas constituyen faltas graves, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de Destitución; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "d" y 28º Incs. "j" y "k" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sec- tor Público y a los Arts. 155º Inc. "d" y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servi- dores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 143-2000-COPE- PROAD-PNP de 2.OCT.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director Gene- ral de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC TB PNP Bertha MANRIQUE SANCHEZ con Destitución; por Faltas Disciplinarias (abandono de cargo y actos de inmorali- dad), con fecha 1.SET.97, en vía de regularización. Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolución a la interesada, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presen- te Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA Ministro del Interior 16945 Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial a presuntos responsables de delito de apropiación ilícita RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0094-2001-IN/PNP Lima, 22 de enero del 2001 Vistos, los Partes Nºs. 01, 16 y 47-99-DIRLOG.PNP/ INSPECTORIA.1 de fechas 13.ENE.99, 27.MAY.99 y 22.OCT.99 respectivamente, concernientes a la investi- gación administrativo - disciplinaria efectuada por la Inspectoría de la Dirección de Logística PNP con rela- ción a la no recepción de prendas policiales destinadas a la XII-RPNP-PUNO, valorizadas en S/. 310,045.00 Nuevos Soles. CONSIDERANDO: Que, de las investigaciones efectuadas sobre la no recepción de prendas policiales, por parte de la XII- RPNP-PUNO, se concluye que Alfredo Ramiro MARTÍ- NEZ GABALDONI representante legal de la Empresa "SAN ROQUE TRANSPORTE E.I.R.L." y el ex emplea- do Edward Humberto RAMÍREZ ALDAVE se apropia- ron ilícitamente de los referidos bienes considerados en las Pecosas Nºs. 1098, 1229, 1238 y 1474, valorizadas en S/. 123,015.00 Nuevos Soles; asimismo que María Luisa QUIÑONES DÁVILA representante legal de la Empre- sa "TOP BUSINESS GROUP S.R.L." ha incurrido en el mismo delito contemplado en el Artículo 190º del Código Penal al no haber hecho entrega de los bienes consigna- dos en las Pecosas Nºs. 326 y 327 del 18.MAR.97 valori- zadas en S/. 187,030.00 Nuevos Soles, habiéndose concertado en ambos casos con el Mayor PNP Sergio