Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2001 (04/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 4 de febrero de 2001

concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de difusion directa por satelite en todo el territorio de la Republica del Peru; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del Articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el Articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0694-TCC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, el Articulo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentra el servicio de distribucion de radiodifusion por cable; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informes Nºs. 143-99-MTC/ 15.03.UECT y 383-2000-MTC/15.03.UECT, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa TELEVISION DIRECTA DEL PERU S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa TELEVISION DIRECTA DEL PERU S.A.C. concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de difusion directa por satelite por el plazo de veinte (20) anos en todo el territorio de la Republica del Peru. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa TELEVISION DIRECTA DEL PERU S.A.C. para la prestacion del servicio publico de difusion a que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veinticinco (25) clausulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente resolucion. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 17509

VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 2000-003740 y 2000-003740-A de fechas 19 de diciembre del 2000 y 4 de enero del 2001, organizados sobre concesion de ruta del servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en omnibus, solicitado por la EMPRESA DE TRANSPORTES UNIDOS BARRANCA S.A., Informe Tecnico Nº 017-2001-MTC/15.18.04.1.RCM y Memorandum Nº 132-2001-MTC/15.18.04, de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES UNIDOS BARRANCA S.A., mediante los expedientes indicados en vistos, solicita el otorgamiento de concesion de ruta: BarrancaHuacho y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional ha revisado la documentacion presentada segun Informe Tecnico Nº 017-2001-MTC/ 15.18.04.1.RCM concluyendo que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y lo dispuesto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 132-2001-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 047-2001-MTC/15.18.01 MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de la EMPRESA DE TRANSPORTES UNIDOS BARRANCA S.A., la concesion de ruta: Barranca-Huacho y viceversa, para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA : BARRANCA-HUACHO y viceversa : : : : : : : : BARRANCA MORDAZA SUPE-MEDIO MUNDO-HUAURA Diecisiete (17) diarias en cada extremo de ruta Cuatro (4) omnibus Dos (2) omnibus: VG-5004 (1993) y VG-3107 (1991) Dos (2) omnibus: VG-5198 (1993) y VG-5263 (1992) Salida de Barranca: 5.00, 6.00, 7.00, 8.00, 9.00, 10.00, 11.00, 12.00, 13.00, 14.00, 15.00, 16.00, 17.00, 18.00, 19.00, 20.00 y 21.00 horas Salida de Huacho: 5.00, 6.00, 7.00, 8.00, 9.00, 10.00, 11.00, 12.00, 13.00, 14.00, 15.00, 16.00, 17.00, 18.00, 19.00, 20.00 y 21.00 horas Las tarjetas de circulacion seran expedidas con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos MORDAZA mencionados. Segundo.- La presente resolucion debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC.

ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA HORARIOS

Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial en la ruta Barranca-Huacho
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 61-2001-MTC/15.18 MORDAZA, 22 de enero de 2001

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