Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2001 (10/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de febrero de 2001

a) Impuesto Predial b) Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario. Articulo Tercero.- El presente beneficio, alcanza a las deudas por concepto de multas administrativas aplicadas hasta el 31/DIC/2000 otorgando un beneficio de reduccion para su cancelacion dentro de los plazos del beneficio, consistente en la rebaja del 40% del monto de la multa. Articulo Cuarto.- Para las deudas sobre las que existan compromiso de pago fraccionado, solo es aplicable el beneficio por el saldo pendiente, siempre que sea cancelado al contado. Articulo Quinto.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza y la prorroga, si fuera necesario. Articulo Sexto.- El presente dispositivo entrara en vigencia, al dia siguiente de su publicacion. Encargando a la Oficina de Imagen Institucional una MORDAZA de difusion masiva y a la Oficina de Rentas, su cumplimiento. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumplase. MORDAZA CHACALTANA YEREN MORDAZA 17832

de MORDAZA para los efectos a que se contrae el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 04-95-MTC. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 17927

Fijan monto de dieta que percibiran regidores por asistencia efectiva a sesiones de concejo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2001 La MORDAZA, 12 de enero del 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA; Visto en Sesion Extraordinaria de la fecha, los Dictamenes de la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica presentados en relacion al monto de las Dietas que deben percibir los senores Regidores por cada Sesion de Concejo a la que asistan, durante el Ejercicio Presupuestal 2001; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo prescrito en el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por la Ley Nº 26317, el monto de las Dietas se fija de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de cada Municipio y por Acuerdo del respectivo Concejo Municipal, adoptado una vez al ano; Que, la percepcion de la Dieta esta condicionada a la asistencia efectiva de los senores Regidores a las Sesiones de Concejo, quienes adicionalmente cumplen labores en apoyo a la Municipalidad y a la Comunidad en general directamente o a traves de las Comisiones que integran, lo que les demanda mayor tiempo de trabajo; Que, conforme al primer parrafo del Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades concordante con el Art. 2º de la Ley Nº 26317, el Concejo Municipal debe sesionar ordinariamente cuando menos una vez cada quince (15) dias y los senores regidores pueden percibir Dietas hasta por un MORDAZA de cuatro (4) Sesiones al mes; Que, el monto mensual de las Dietas ha sido previsto en el Presupuesto de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 072-2000 de fecha 16 de noviembre del 2000 para el presente ano Fiscal; Estando a lo expuesto; por MAYORIA y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- FIJAR en una (1) Unidad Impositiva Tributaria, el monto de la Dieta que percibira cada Regidor del Concejo Distrital de La MORDAZA, durante el Ejercicio Presupuestal 2001 por su asistencia efectiva a Sesion de Concejo, abonandose hasta por un MORDAZA de dos (2) Sesiones. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Director de la Oficina de Administracion el cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 17926

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen denominacion de MORDAZA del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2001 La MORDAZA, 2 de febrero de 2001 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 1º del Reglamento de Nomenclatura Vial y Areas de Recreacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-MTC, es competencia de los Gobiernos Locales asignar la nomenclatura a las vias publicas y areas de recreacion publica; Que, es politica de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA fomentar y reconocer el MORDAZA solidario de las personas dedicadas a las labores sociales; Que, la MORDAZA MORDAZA de Calcuta ha dejado a la humanidad un legado de MORDAZA y servicio a los mas pobres, ensenando con el ejemplo que los "actos de MORDAZA son siempre actos de paz"; Que, en consecuencia, es pertinente designar al MORDAZA ubicado entre las calles Punta MORDAZA y San MORDAZA, de la urbanizacion El MORDAZA La MORDAZA, III Etapa con el nombre de "Teresa de Calcuta"; Estando al merito de lo expuesto y de acuerdo a las facultades senaladas en los Articulos 2º y 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- DESIGNAR al MORDAZA ubicado entre las calles Punta MORDAZA y San MORDAZA de la urbanizacion El MORDAZA La MORDAZA III Etapa como MORDAZA "Teresa de Calcuta". Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA del presente Decreto de Alcaldia a la Municipalidad Metropolitana

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