Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2001 (10/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, sabado 10 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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dente del Tercer Ano de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, en la especialidad de Medicina Fisica y Rehabilitacion del Hospital Nacional MORDAZA Almenara Irigoyen, a la MORDAZA de Sao MORDAZA, Brasil, del 12 de febrero al 2 de marzo de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. 2. ESTABLECER que, a efectos de la autorizacion otorgada en el numeral precedente, la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA LAINES se comprometera a continuar prestando servicios a ESSALUD al termino de la capacitacion indicada en la parte considerativa del presente Acuerdo, por un periodo minimo equivalente al doble de la duracion de la actividad de capacitacion. 3. El presente Acuerdo debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, MORDAZA del inicio del viaje correspondiente. 4. Exonerar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta, para que entre en su inmediata ejecucion. Dicha sesion se llevo a cabo bajo la presidencia del senor MORDAZA Basombrio Zender, Presidente Ejecutivo de ESSALUD, y con la asistencia de los senores Consejeros: MORDAZA Vasi MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Checa, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Paz MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de la Fuente, MORDAZA MORDAZA Cerro y MORDAZA Meier Cresci. MORDAZA MORDAZA ELCORROBARRUTIA Secretario General 17975

espacio de 1 ano a partir del 30.DIC.99 y no haberse reincorporado a su centro de labores, tal como se corrobora con el Oficio Nº 147-2001-INPE-ORH-UryD de fecha 29.ENE.2001, en la que se establece que dicho servidor se encuentra en la condicion de inactivo en la planilla de remuneraciones y CAFAE. Que, ha quedado establecido que el servidor del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ISHIKAWA MORDAZA, ha transgredido el Articulo 10º y 39º del Reglamento de Control de Asistencia y Puntualidad y Permanencia de los Trabajadores del INPE, aprobado mediante RPCR Nº 503-98-INPE-CR-P, asi como el inciso c) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en el inciso k) del Articulo 28º del acotado dispositivo Legal; Estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS - Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 243-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la medida disciplinaria de DESTITUCION al servidor del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ISHIKAWA MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE, la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE o el Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 17962

INPE
Sancionan con destitucion a servidor del Establecimiento Penitenciario MORDAZA MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 344-2001-INPE-P MORDAZA, 8 de febrero de 2001 VISTO, el Informe Nº 006-2001-INPE/CPPAD, de fecha 31 de enero de 2001 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia Nº 8622000-INPE-P de fecha 26 de diciembre de 2000, se instaura MORDAZA administrativo disciplinario contra el servidor MORDAZA ISHIKAWA MORDAZA, por haber incurrido en abandono laboral a su centro de labores en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial MORDAZA MORDAZA Castro. Que, de la evaluacion y analisis de los documentos existentes en auto, se advierte que pese haber transcurrido en exceso el plazo establecido en el Art. 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, para que el servidor del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ISHIKAWA MORDAZA, presente su descargo ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, este no ha hecho uso de su derecho de defensa, subsistiendo por consiguiente los cargos formulados en su contra, habiendose acreditado en autos a traves del Informe Tecnico Nº 067-2000-INPE-ORH/ URD de fecha 11.JUL.00, elaborado por la Jefatura de la Unidad de Remuneraciones y Desplazamientos del INPE y el Oficio Nº 962-00-INPE-DRL-URH de fecha 12.JUN.2000, emitido por el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Direccion Regional MORDAZA, que dicho servidor ha incurrido en la causal de abandono laboral a partir del 30.DIC.99, al haberse declarado improcedente la solicitud de licencia sin goce de remuneraciones por capacitacion no oficializada por

Inician procedimiento disciplinario a servidor del INPE
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 345-2001-INPE-P MORDAZA, 8 de febrero de 2001 VISTO, el Informe Nº 007-2001-INPE/CPPAD, de fecha 1 de febrero de 2001 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante G.D. Nº 024214-2000-INPE-SG de fecha 4.DIC.2000, se remite el Informe Nº 523-2000INPE-OGAJ, de fecha 1.DIC.2000, elaborado por la Oficina General de Asesoria Juridica del INPE, asimismo mediante Oficio Nº 2613-2000-INPE/11-02 de fecha 22.DIC.2000, se remite el Informe Tecnico Nº 1322000-INPE-11-02/URD, elaborado por el Jefe de la Unidad de Remuneraciones y Desplazamientos del INPE, relacionado a la situacion laboral del servidor MORDAZA MORDAZA CHACABANA MORDAZA, quien habria incurrido en abandono laboral a su centro de labores; Del analisis a la documentacion existente en autos se advierte que mediante R.P. Nº 617-2000-INPE-P de fecha 31.OCT.2000, el servidor MORDAZA MORDAZA CHACABANA MORDAZA, fue rotado al E.P.R.C.E.M.S. de Yanamayo. Al respecto mediante Oficio Nº 059-00INPE-DRL-URH-AC de fecha 20.NOV.2000 del Jefe del Area de Control de Personal de la Direccion Regional

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