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Pág. 198745 NORMAS LEGALES Lima, martes 13 de febrero de 2001 nerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante Ordenanzas Nº 02-97-MSI y Nº 03-97- MSI, modificadas por Ordenanza Nº 002-99-MSI, la Municipalidad de San Isidro ha normado los Arbitrios de Seguridad Ciudadana, Limpieza Pública y Ornato, Par- ques y Jardines y Relleno Sanitario, en atención a los servicios que se prestan a la comunidad; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 325-2000- INEI, emitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática se estableció que la Variación Porcentual Acumulada del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana hasta el mes de diciembre del año 2000 fue de 3.73%; Que, el Concejo Distrital de San Isidro, en aplicación de lo dispuesto por el Artículo 69-B de la Ley de Tributa- ción Municipal, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 776, modificado por el Artículo 3º de la Ley Nº 26725, ha considerado conveniente para el ejercicio fiscal del año 2001, reajustar los arbitrios municipales cobrados duran- te el ejercicio fiscal del 2000 con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor; Que, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipali- dades, Ley Nº 23853, el Concejo Distrital aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE REAJUSTA EL IMPORTE DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL AÑO 2001 Artículo Primero.- APLÍQUESE para el ejercicio fiscal del año 2001, las disposiciones contenidas en las Ordenanzas Nº 02-97-MSI y Nº 03-97-MSI, modificadas mediante Ordenanza Nº 002-99-MSI, que regulan los Arbitrios de Seguridad Ciudadana, Limpieza Pública y Ornato, Parques y Jardines y Relleno Sanitario, las mismas que fueron ratificadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Acuerdos de Concejo Nºs. 251 y 252, respectivamente. Artículo Segundo.- DISPONER que para efectos de la aplicación de las Ordenanzas Nº 02-97-MSI y Nº 03-97-MSI, para el ejercicio fiscal año 2001, los impor- tes establecidos en las mismas, serán reajustados con la Variación del Indice de Precios al Consumidor corres- pondiente al año 2000, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 69-B de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto Legislativo Nº 776, modificado por el Artículo 3º de la Ley Nº 26725. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comuníquese, publique y cumpla. GONZALO GARCIA CALDERON MOREYRA Teniente Alcalde 18086 Fijan montos por derecho de emisión mecanizada y determinación del Im- puesto Predial y diversos Arbitrios correspondientes al ejercicio fiscal del año 2001 ORDENANZA Nº 027-MSI San Isidro, 31 de enero del 2001 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; En Sesión Ordinaria de la fecha y con dispensa del trámite de aprobación de Actas;CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Le- gislativo Nº 776, que aprueba la Ley de Tributación Municipal, faculta a la Municipalidad a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a do- micilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 145-2000-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas ha fijado el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el ejercicio 2001 en Tres Mil Nuevos Soles (S/. 3,000); Que, en este sentido, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto, recibos de pago y su correspondiente distribución para el ejercicio fiscal del año 2001; Estando a lo dispuesto por el numeral 3) del Artículo 36º y el Artículo 109º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades, Ley Nº 23853; ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS MONTOS QUE DEBERÁN ABONAR LOS CONTRIBUYENTES POR CONCEPTO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO, DISTRIBUCIÓN Y RECIBOS DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y POR DERECHO DE DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO, DISTRIBUCIÓN Y RECIBOS DE PAGO DE ARBITRIOS POR CADA PREDIO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2001 Artículo Primero.- FÍJESE en S/. 12.00 (Doce y 00/100 Nuevos Soles) el único monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derechos de emisión mecanizada, de actualización de valores, determinación del impuesto, distribución y recibos de pago del Impuesto Predial del ejercicio fiscal del año 2001, así como por concepto de derecho de de- terminación del tributo, distribución y recibos de pago de los Arbitrios de Limpieza Pública y Ornato, Seguridad Ciudadana, Relleno Sanitario y Parques y Jardines por cada predio, correspondiente al ejerci- cio fiscal del año 2001. El monto señalado será abona- do conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas y a la Unidad de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. GASTÓN BARÚA LECAROS Alcalde 18087 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Inician procedimiento disciplinario a servidora de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 136-2001/MDSM San Miguel, 7 de febrero del 2001 LA ALCALDESA DE SAN MIGUEL