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Pág. 198733 NORMAS LEGALES Lima, martes 13 de febrero de 2001 en gastos de propaganda, según los medios de difusión a utilizar, precisando el nombre de éstos, la cantidad destinada a cada uno, según el formato que se anexa y forma parte de la presente Resolución, y por separado indicará la fuente de financiación. Artículo Tercero.- Cualquier modificación que se produzca en la proyección de los gastos de la campaña electoral será informada al Jurado Nacional de Eleccio- nes en la misma forma. Artículo Cuarto.- Dentro de los sesenta días poste- riores a la proclamación oficial electoral, los partidos políticos, agrupaciones independientes y alianzas par- ticipantes presentarán al Jurado Nacional de Eleccio- nes, con el carácter de declaración jurada, la relación de los gastos efectuados en la campaña electoral. Artículo Quinto.- El Jurado Nacional de Eleccio- nes podrá solicitar la información adicional que juz- gue necesaria, la que será entregada en el plazo no mayor de tres días naturales de efectuado el requeri- miento, sin perjuicio de las indagaciones que puedapracticar para establecer la exactitud de la informa- ción presentada. Artículo Sexto.- El Jurado Nacional de Elecciones pone a disposición de la ciudadanía las declaraciones presentadas y los resultados de las indagaciones practi- cadas. Artículo Sétimo.- El incumplimiento de las dispo- siciones de esta Resolución será puesto en conocimiento del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General PRESUPUESTO DE GASTOS DE CAMPAÑA ELECTORAL ELECCIONES GENERALES 2001 AGRUPACION POLITICA: CAMPAÑA : PRESIDENCIAL / CONGRESAL TIPO DE GASTO NOMBRE DEL CARACTERISTICAS DEL AVISO / GASTO FINANCIAMIENTO TOTAL MEDIO PERIODO CANTIDAD/Nº TARIFA TOTAL PROPIOS DONACIONES OTROS INVERSION CONTRATADO DE AVISOS UNITARIA GASTOS PRENSA RADIO TELEVISION AFICHES PANELES PERSONAL AFICHES MOVILIZACION VIATICOS PRESENTACIONES OTROS OTROS 18080 ADUANAS Aprueban estructura de solicitudes electrónicas y modifican el procedi- miento "Autorización de Operadores" INTA-PE.00.08 RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 000 ADT/2001-000277 Callao, 9 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Art. 5º de la Ley General de Aduanas estable- ce que “Para el desarrollo y facilidades de las actividadesaduaneras, ADUANAS podrá expedir normas y esta- blecer procedimientos que regulen la emisión, transfe- rencia, uso y control de la información relacionadas con tales actividades, sea ésta soportada en medios docu- mentales, magnéticos o electrónicos, las que se reputará legítima salvo prueba en contrario”; Que, ADUANAS ha venido trabajando en función de sus lineamientos de modernización de sus servicios y en la automatización de la totalidad de sus procedimientos aduaneros, llevándolos a soportes de almacenamiento y medios electrónicos de transmisión de datos; Que, mediante Resolución de Intendencia Nacional Nº 000 ADT/1999-002097 del 23.DIC.99, se aprueba el Procedimiento INTA-PE.00.08 Autorización de Opera- dores (Versión 2), adecuado al Sistema de la Calidad de Aduanas; Que, como resultado de la revisión y evaluación del mencionado Procedimiento, con el fin de obtener mayor simplicidad y rapidez tanto en la captura de la informa-