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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (20/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 199008 NORMAS LEGALES Lima, martes 20 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, el numeral 17.3 del Artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 909, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, autoriza a las entidades del sector público pagar, con cargo a sus respec- tivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es país miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negocia- ción en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación de asistencia técnica interna- cional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas al Instituto Latinoamericano y del Caribe de Plani- ficación Económica y Social (ILPES), con cargo al presu- puesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas el pago de TRESCIENTOS MIL Y 00/100 DOLA- RES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 300 000,00), al Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificación Económica y Social (ILPES), por el concepto del pago de las cuotas correspondientes a los años 1995, 1996, 1997, 1998, 2000 y 2001. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 18557 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 080-2001-RE Lima, 19 de febrero de 2001 VISTO: El Oficio Nº 068-2001-CONCYTEC-P de 2 de febrero de 2001, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CON- CYTEC), en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la autorización para efectuar el pago parcial de la cuota año 2000 al Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo (CYTED); CONSIDERANDO: Que, el numeral 17.3 del Artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 909-2000, que aprueba la Ley de Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, autoriza a las entidades del sector público pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es país miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negocia- ción en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación de asistencia técnica interna- cional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago parcial de la cuota correspondiente al año 2000 al mencio- nado Programa, con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCYTEC); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCYTEC), el pago de DOCE MIL TRES- CIENTOS TREINTA Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTA-DOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 12 330,00), al Progra- ma Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desa- rrollo (CYTED), por concepto del pago parcial de la cuota correspondiente al año 2000. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCYTEC). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 18558 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 081-2001-RE Lima, 19 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales priori- zados, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas, acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales priorizados, con cargo al presupuesto asignado al Ministe- rio de Relaciones Exteriores para el ejercicio presupuestal 2001; Que, la cancelación de las cuotas priorizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, serán atendidas de acuerdo a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con el numeral 17.1 del Artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 909, que aprueba la Ley de Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el pago de las cuotas y/o contri- buciones a los organismos internacionales que figuran en la relación establecida por el Ministerio de Relaciones Exteriores que se detalla a continuación, por el importe de TRES MILLONES CIENTO SEIS MIL CUATROCIEN- TOS SESENTICUATRO Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 3 106 464,00). ORGANISMO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ASOCIACION LATINOAMERICANA DE 250 000,00 INTEGRACION (ALADI) Cancelación cuota año 2001 y pago parcial cuota año 1995 FONDO CENTRO REGIONAL DE LAS NACIONES 30 000,00 UNIDAS PARA LA PAZ, EL DESARME Y DESARROLLO EN AMERICA LATINA Y EL CARIBE (FCRPDDAL) Pago contribución año 2001 COMISION PERMANENTE DEL PACIFICO 180 664,00 SUR (CPPS) Pago cuota año 2001 FONDO FIDUCIARIO DEL PACIFICO 55 000,00 SUD ESTE (FF/PSE) Cancelación cuota año 1999 y pago parcial cuota año 2000 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD 5 000,00 INTELECTUAL (OMPI) Pago cuota año 1998 y pago parcial cuota año 1999